003_No. 3 (1 mayo 1846) |
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Ta I. E,nncELOiv, de iVlao o ile 15.16. Núnnero 3.
DOLETIN ENCICLOPÉDICO
DE
XO^LES AUTES,
Á NUESTROS SUSCRITORES.
Cuando insertamos en el n.° 1. 0 de nues-tro
Boletin las preguntas que sobre el nuevo
Teatro de Trinitarios se nos habían dirigido,
creimos de buena fé que serian contestadas'
en el próximo número por los sugetos á quie-nes
mas directamente aludían y especial-mente
por el arquitecto que habia puesto
su firma al pié de los dibujos de las facha-das
de aquel edificio, faltando á nuestro
entender al decoro de su profesion y á las
reales órdenes que en materia de obras ur-banas
se hallan vigentes. Llegó la hora de
entrar en prensa nuestro segundo número
y contra todas las esperanzas que concibié-ramos,
las contestaciones á dichas pregun-tas
en la parte relativa al nuevo teatro no
liabian parecido. Figurósenos entonces muy
conveniente hablar clara y categóricamente,
no para entrar en el terreno indigno de las
personalidades, como gratuitamente se ha
querido suponer, sino para nombrar las per-
5
3i
BOLBTIN ENCICLOPBDICO
sonas que segun nuestro modo de ver se ha-bian
hecho dignas de elogio ó de censura
en el complicado negocio de la obra en cues
-tion , obligándolas por aquel medio á con-testar
victoriosamente á las preguntas que
respectivamente las incumbian, ó poniéndo-las
en el caso de probar con su silencio, que
no las era dado tomar cartas en el asunto
sin dejar á descubierto la justicia con que
podian ser atacadas. Ajado por otra parte
nuestro amor propio al ver postergados los
arquitectos españoles á un quidam que se ti-tula
tal sin haber pasado nunca de un simple
maquinista de teatro, de un mero tramoyista;
incomodados por la palabrería de un sugeto
que sin conocer quizás una jota de nobles ar-tes,
habia osado decir que en Barcelona no
existia arquitecto alguno capaz de proyectar y
dirigir el Teatro que debla engalanarse con
el título de prhnero entre los de Europa;
incomodados con tan justos motivos, escri-bimos
unas cuantas líneas sobre el nuevo
edificio, en los términos comedidos que co-nocen
ya nuestros lectores. Nuestro lengua-je
fué claro y categórico en verdad; pero
no por esto se le puede tachar de indecoro-so.
Así es que á pesar del poco gusto que
debió de encontrar en su lectura el digno
Mecenas del tramoyista, no pudo sin em-bargo
acudir á los tribunales para que se
nos impusiese alguna multa ó cuando menos
se nos obligase á guardar silencio sobre un
asunto que tanto interesa al honor de los
artistas españoles y en especial al de los ar-quitectos
de Barcelona, cuya capacidad se
ha querido poner en duda en la ereccion del
nuevo Teatro. Y no podia ser de otra ma-nera
: cuando las órdenes terminantes de]
Gobierno sobre imprenta no hacen mas re-ferencia
que á la POLÍTICA, ¿cómo creer que
un artículo sobre NOBLES ARTES pudiese
comprometerá sus autores? ¿Cómo creer
que los celosos magistrados, que las dignas
autoridades á quienes el Gobierno de S. M.
ha encargado la rigurosa observancia ele sus
órdenes sobre imprenta , pudiesen prestar
oido á las quejas injustas que sobre nuestro
Boletin se las dirigiera? Esto era imposible
y así lo ha demostrado la experiencia. El
hombre puede con sus relaciones y em
-pleando medios obscuros, alcanzar sobre
otros hombres de su misma índole un influ-jo
que raye en poderoso; pero cuando se
trata de incorruptos magistrados, de auto-ridades
sin tacha como las que rigen en Bar-celona
, aquellas relaciones y estos medios
son completamente estériles. Pero á pesar
de estas justas reflexiones, hemos de con-fesar
que hay hombres que viven tan bien
con la fortuna, que hasta logran tenerla prós-pera
cuando los demas la tienen poco favo-rable.
En tal caso se encuentra el Mecenas
de que antes hemos hablado. En efecto, las
circunstancias en que el país se encuentra ,
lían movido á nuestro digno Gefe Superior
Político á dar un paso , que si no destruye
enteramente la fuerza de lo que nos hemos
propuesto decir sobre el nuevo Teatro, des-virtua
por lo menos un tanto el buen efecto
que entre los aficionados á nobles artes po-dian
producir nuestros escritos. Con la afa-bilidad
y buen decir que sientan tan bien en
la Autoridad Superior civil de la provincia, se
nos ha mandado que nos abstuviésemos de ci-tar
nombres en nuestros artículos sobre aquel
edificio y de parangonar nuestros artistas y
operarios con los extrangeros. Este mandato
que nos hemos propuesto acatar, si quiera
no sea mas que para corresponder á la sua
-vidad y dulzura con que se nos ha impuesto,
no nos priva empero de que podamos cen-surar
la obra en cuestion, y decir todo lo
que en defensa de nuestros artistas nos su-giera
nuestro buen deseo, todo lo que pueda
contribuir á dejar probado que se hizo una
injusticia á los arquitectos de Barcelona
cuando se dijo que no eran capaces de pro-yectar
y dirigir aquella obra, hallándose co-mo
se hallan dispuestos algunos de ellos í►
demostrar en lucha artística todo el atrevi-
DE NOBLES ARTES.
35
miento de tan gratuito aserto. Sin citar nom.
bres propios, sin hablar literalmente de ex-trangeros
podemos escribir: así nos lo ha di-cho
nuestro respetable Gefe Superior Polí
tico ; nuestros lectores nos comprenderá)
fácilmente.
Los REDACTORES.
t5ecdflccen 11dgg ir^Bati' a.
Real cédula en que se fijan las prerogativas de
los Arquitectos y de los Maestros de obras
en su defecto, con indicacion de la conducta
que deben observar las Corporaciones civiles y
eclesiásticas en el nombramiento de los MAES-TROS
MAYORES DE OBRAS respectivos. (")
DON FERNANDO SÉPTIMO POR LA GRACIA DE
DIOS, REY de Castilla, etc. Á los del mi Consejo,
Presidentes, Regentes y Oidores de mis Audien-cias
y Chancillerías, Alcaldes, Alguaciles (le mi
Casa y Corte, Corregidores, Asistentes, Goberna-dores
militares y políticos, Alcaldes mayores y
ordinarios, y (lemas Jueces y Justicias de todas las
ciudades, villas y lugares de estos mis Reinos y
Señoríos, tanto á los que ahora son, como á los
que serán de aquí adelante, y á todas las demas
personas á quienes lo contenido en esta mi Cédula
toca ó tocar pueda en cualquier manera , SABED:
Que observando mi augusto Abuelo que á pesar de
la proteccion y auxilios que habia dispensado pa-ra
su fomento á las tres Nobles Artes, Pintura,
Escultura y Arquitectura, no se cogia el fruto
que debia esperarse, porque se veían emprender
y llevar á efecto varias obras costosas (le poca du
-racion y de ninguna hermosura, expuestas á mu-chos
riesgos y censuras; llamó particularmente su
atencion la irregularidad (le los retablos, adornos
y techumbres (le los templos, porque construidos
sin la pericia del arte, y agenos del buen gusto,
unos perecian lastimosamente en las llámas, y
otros desdecian de la magnificencia de aquellos sa-grados
lugares, y para evitar tantos daños encar-gó
á todos los Prelados Eclesiásticos de] Reino en
circular expedida por la primera Secretaría de Es-
('*) Esta real cédula está mandada observar estris-tamonte
por real órden (le 17 de Febrero de 1835.
tado y del Despacho en 25 de Noviembre (le 1777,
que siempre que hubiesen de hacer obras de algu-na
entidad, dispusiesen que los diseños fuesen pre-sentados
préviamente con la correspondiente ex-plicacion
á la Real Academia de San Fernando
por medio de su Secretario, para que examina-dos
atenta, breve y gratuitamente, advirtiese el
mérito ó errores que contuviesen; (le cuya circu-lar
se remitió al Consejo un ejemplar para que
respecto á las obras públicas profanas se hiciese
conforme á aquel encargo la prevencion corres-pondieute
á todos los Magistrados y Ayuntamien-tos,
á fin de evitar se malgastasen caudales en obras,
que debiendo servir ¡le ornato y (le modelo, exis-tian
como monumentos de deformidad, ignorancia
y mal gusto. Por otra Real órden de 41 de Octu-bre
de 1779 dispuso, que pues los muchos expe-
(tientes que se seguian sobre permiso para emplear
caudales en obras públicas, al paso que eran em
-barazosos al Consejo y sus dependientes, distraían
notablemente á la Academia de las atenciones de
su instituto, ya por la monstruosidad de los dibu-jos
que se presentaban, y ya por la lectura de
las muchas especies que las partes mezclaban en
dichos expedientes en que aquel establecimiento
facultativo no debia introducirse, no se admitie-sen
instancias relativas al objeto sin que los pla-nes
y dibujos trajesen nota firmada del Secretario
(le la Academia de haber sido visados y aproba-dos
por ella; y esta prevencion se repitió en Real
órden, que con fecha 24 de Junio de 1784 se co-municó
á la Real Academia de San Cárlos de Va-lencia,
á la cual tocaba la retision de los planos
ó diseños de obras públicas que se intentasen en
los pueblos de su respectivo distrito. Advertida
por el propio mi augusto Abuelo la inobservancia
de los Estatutos de la Real Academia de San Fer
-nando, se sirvió mandar en circular, quexpi-
[lió la dicha primera Secretaria de Estado y del
Despacho en 28 (le Febrero de 4787, que con ar-reglo
al número 33 (le los indicados Estatutos,
oingun Tribunal , Ciudad , Villa ni Cuerpo cele-siástico
ó secular, concediese título de Arquitecto
iii de Maestro de obras, ni nombrase para dirigir-as
al que no hubiese sido examinado rigurosamen-e
por la Academia de San Fernando ó la de San
:árlos de Valencia: que los Arquilentos ó Maestros
nayores de las capitales y Cabildos Eclesiásticos
)rincipales del Reino fuesen precisamente Acadé-nicos
de mérito de una de las dos expresadas, á
luyo fin siempre que hubiese vacante, avisarían
lichos Cuerpos á una de ellas del sueldo asigna-lo,
y sugeto que determinaban elegir para apu-
•ar si era tal Académico; y que subsistiese lo pre-
,enido en las anteriores Reales órdenes que que-lan
referidas. Sin embargo de todas estas sobe-
36
B )LETIN ENCICLOPÉDICO
ranas resoluciones, eran tantos los recursos que
motivaba su inobservancia, que mi augusto Pa-dre
tuvo por indispensable que el Consejo y Cá-uiara
recordasen á los Ayuntamientos, Reverendos
Obispos y Prelados regulares las órdenes circula-das
para el puntual cumplimiento de lo dispuesto
acerca de la previa presentacion á la Academia de
los dibujos de obras públicas que se hiciesen , y
así lo encargó á ambos Supremos Tribunales en
Real órden de 23 de Julio de 1789, á cuya vir-tud
, y por lo respectivo á las obras públicas pro-fanas,
expidió el Consejo la circular correspon-cliente
á las justicias en 30 de Agosto de aquel año.
En el de 1793 se presentaron al Consejo el plano y
condiciones que se habian formado para la reedi-licacion
de un puente sobre el rio Gébalo, y conco
se pasasen á informe de la Academia, y en su
; irtud pusiese cinco reparos al proyecto de la obra;
fueron vanos los recursos que hizo el Arquitecto
encargado de ella, refutando su dictámen, y exi-giendo
expresase las razones en que fundaba sus
reparos, ó desvaneciese las que aquel daba, cu-yas
contestaciones dilataron la determinacion del
asunto, hasta que en 9 de Marzo de 1798, consi-derándole
el Consejo de interes público, elevó á
mi augusto Padre la oportuna consulta, y por su
Real resolucion á ella, que se comunicó al pro-pio
Consejo en Real órden de 20 de Diciembre del
mismo año de 1798, se sirvió prevenir el medio de
concluir el expediente para que pudiese egecutar-se
la obra del puente, y dispuso que para que en
lo sucesivo se evitasen semejantes dilaciones y gas-tos,
ocupar inútilmente al Consejo y á la Acade-mia,
y un desaire á este recomendable Cuerpo
científico por la insubordinacion de sus discípulos,
se expidiese nueva circular para la observancia
de las de 1777 y 779 ya referidas. Enterado el
Consejo de esta Real órden, y de la que se le co-municó
en 17 de Agosto de 4800, para que so-brecartase
la circular de la Secretaria del Des-pacho
de Estado de 4787, á fin de que nadie ale-gase
ignorarla, con la declaracion de ser nulos los
títulos de Arquitectos y de Maestros de obras ó
Albañiles que desde la fecha de aquella hubiesen
dado los Prelados, Cabildos, Ayuntamientos y
Gremios , expidió la provision impresa de 5 de
Enero de 1801 , con insercion de la indicada cir-cular
de 1787 y del Estatuto en ella citado, y con
las prevenciones conformes á todas las soberanas
resoluciones que van referidas. Posteriormente y
á virtud de Real órden de 11 de Enero de 4808,
se expidió tambien circular por el Consejo en 29
del propio mes, haciendo extensivo á las obras pú-blicas
sagradas y profanas que se intentasen de
Pintura y Escultura, lo que estaba mandado para
las de Arquitectura, respecto de la previa presen-t.
acion de los dibujos ó diseños á las Reales Acade-mias
de las Nobles Artes; y encargando á los Pre-lados
y Autoridades eclesiásticas celasen por medio
de las visitas que no se permitiesen en los templos
efigies ó pinturas que por su deformidad, lejos de
excitar, entibiasen la devocion (le los fieles. Á to
-das estas disposicionesobrevino la
guera ele independencia, y como por consecuencia de sus
estragos en lòs templos y demas edificios públicos
era de creer que se irian reedificando y reparan-do
segun fuesen recuperándose los pueblos che la
miseria á que aquella los redujo, se demostró la
necesidad de circular nuevamente las Reales órde-nes
anteriores, cuya inobservancia era general,
no obstante el recomendado interes de la seguri-dad
y ornato de las obras públicas y el del es-plendor
y progresos de las Nobles Artes y honor
de la Nacion; y habiéndomelo representado así la
Real Academia de San Fernando, tuve á bien por
mi Real órden de 3 de Agosto (le 1814 encargar al
mi Consejo la nueva circulacion propuesta con las
adiciones conducentes á lograr el exacto cum-plimienlo
de cuanto estaba prevenido eh el par-ticular;
en cuya virtud y de la Real resolucion
que di á la consulta que me hizo en el asunto el
propio mi Consejo, se expidió mi Real Cédula de
2 de Octubre de aquel año de 1814, en la cual,
refiriendo el tenor de todas y cada una de las Rea-les
determinaciones del ramo, se refundieron en
tres artículos para su mas puntual observancia.
Todavía continuaron faltando á ella, y en los abu-sos,
la mayor parte de los pueblos del Reino, de
los que reiteradamente fué dándome noticia la Real
Academia de San Fernando; y para cortarlos do
raiz y conseguir el cuniplimiento y egecucion de
mi citada Real Cédula, mandé al mi Consejo que
al efecto expidiese la circular correspondiente ,
como lo hizo con fecha 30 de Marzo de 4816. Así
el asunto, en papel de 5 de Noviembre de 1826,
me hizo presente la expresada Real Academia de
San Fernando que liabia sido tan general la in-terpretacion
siniestra dada á mi indicada Real Cé-dula
de 1811, que en los doce años trascurridos tan
solo una Ciudad habia con su anuencia provisto
el destino de Maestro mayor de su Ayuntamiento,
y un Cabildo Catedral dádolaparte del sugeto que
habia elegido , pues limitando el sentido de la
propia Real Cédula, se habia creído generalmen-te
que para Maestros mayores de las Ciudades
habian de elegirse precisamente Académicos de
mérito de las Reales Academias y no Arquitectos
de ellas, y que á pretexto del corto número (le
aquellos Profesores, tomando la voz de Maestros
de obras, y dando este dictado á los meros prác-ticos
del pais, fueron antepuestos á los aproba-dos
de Arquitectos: que si la Real Cédula ante-
DE NOIII.T_S ARTES.
3"7
rior se expidió por resultas de los estragos de la
guerra de la independencia, otras novedades pos-teriores
reclamaban, su reproduccion , pues que
el prurito innovador de la época ele la llamada
Constitucion dió sobrado mérito á las Diputaciones
Provinciales y Ayuntamientos, bajo el especioso
pretexto de proteger la industria, para declarar y
autorizar como libre sin el requisito (le exámen,
el egercicio de las artes (le Agrimensura y Arqui-tectura:
que por desgracia abundaban ahora estas
mismas ideas, tanto, que se creia sola la obllga-cion
(le reservar á los Arquitectos y Académicos
las obras públicas costeadas por las Corporaciones
á fin de que se hiciesen con magnificencia y dig-nidad,
y no se advertia que cuando el Gobierno se
propuso estas circunstancias despues ele creada la
Academia, tenia ya fijada su atencion desde los
tiempos mas remotos en la seguridad general y
particular; y últimamente me manifestó la propia
Real Academia que para establecer en el dia de
un modo terminante y tal que cortase de una vez
hasta la sombra de interpretaciones, lo que habia
de observarse en la materia, habia celebrado
acuerdo, y convenido en él en solicitar la expe-dicion
de una nueva Real Cédula, que abrazando
cuanto resultaba de mis soberanos Decretos, con-ciliase
los intereses públicos con el mayor esplen-dor
de las Nobles Artes, convenieñcia y fomento ele
sus verdaderos profesores, y que á este fin me pro-ponia
las reglas que estimaba del caso; y confor-mándome
con ellas, he venido en mandar lo si-guiente:
PRIMERO.
Que en conformidad á mi Real Cédula de 2 de
Octubre de 1814 se guarde y cumpla el estatuto
33 de la Academia de San Fernando, en su párra-fo
tercero, sobre la aprobacion ele Arquitectos y
Maestros de obras, continuando la prohibicion de
que ningun Tribunal, Ciudad, Villa ni Cuerpo al-guno
eclesiástico ó secular, conceda título de Ar-quitecto
ni de Maestro de obras ó ele albañilería,
siendo nulos y de ningun valor todos los que pu-diesen
haberse dado desde su publicacion por los
Prelados, Cabildos, Ayuntamientos y Gremios,
debiendo ser consignados dichos títulos en las Es-cribanías
ú Oficinas por donde fueron expedidos,
segun previene la Real Provision de 5 de Enero
de 1801.
SEGUNDO.
Que con arreglo á la misma Real Cédula, y á la
Circular ele 28 de Febrero de 1787, no pueda ser
nombrado para dirigir las obras de arquitectura
de cualquier clase que sean, el que no se haya su-getado
al riguroso exámen de la Academia ele San
Fernando ó la de San Cárlos en el reino de Valen-cia,
San Luis de Zaragoza y la Concepcion de Va-lladolid,
creadas por Ini augusto Abuelo con pos-terioridad
á la citada Circular.
TERSCERO.
Que los Arquitectos Maestros mayores de las
Capitales y Cabildos eclesiásticos del Reino sean
precisamente Académicos de mérito ó Arquitectos
de San Fernando, ó (le San Cárlos si fuere en el
reino de Valencia, y de San Luis de Zaragoza y
Concepcion de Valladolid en sus respectivos dis-tritos;
para lo cual siempre que haya vacante de
este empleo, lo avisen á dichas Academias, con
expresion del sueldo asignado y (le los sugetos dig-nos
de desempeñarlos, que hayan determinado
elegir antes de darles posesion, cuya eleccion será
libre, aunque guardando la prerogativa á los Aca-démicos
de mérito respecto de los Arquitectos, y
á estos la que por sus facultades y mayor suficien-cia
se adquirieron sobre los Maestros de obras au
-torizados por las mismas con facultades restrictas.
CUARTO.
Que al recibo de esta mi soberana voluntad, los
Ayuntamientos de las Capitales, las Intendencias
de Provincia y Cabildos eclesiásticos del Reino,
den cuenta á la Academia de San Fernando, ó á
las que corresponden por su distrito, de los suge-tos
que ocupan el empleo de Maestros mayores y
sus dotaciones, con nota expresa de la graduacion
y procedencia del título que los autoriza para
egercer la profesion, á fin de recoger los que pa-dezcan
el vicio de nulidad , y acordar lo mas opor-tuno
al servicio del público y total cumplimiento
de cuanto se halla prevenido acerca de este parti-cular.
QUINTO.
Que quedando siempre en su fuerza y vigor la
órden circular de 25 de Noviembre de 1777, ex-pedida
á todos los Reverendos Obispos y Prelados
del Reino, por la que se previene se presente á
una de las referidas Academias para su aprobacion
el diseño de los retablos y demas obras de los Tem-plos,
se guarde y cumpla la de 20 de Diciembre
ele 1798 , expedida á todos los Ayuntamientos,
Cuerpos, Magistrados y personas á quienes com-pitiese,
con especial encargo de que antes de di-rigir
al mi Consejo los proyectos , planes y dibu-jos
de obras de Arquitectos, se presenten á la
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BOLETIN ENCICLOPI:DICO
Academia para su exámen y aprobacion ó enmien-da,
en caso de necesitarla, con la explicacion
conveniente por escrito de los dibujos en plantas,
alzados y cortes de las fábricas, ó por informe
facultativo de las mismas, para que examina-do
todo atenta, breve y gratuitamente por la
cotnision cle Arquitectura, advierta la misma Aca-demia
el mérito ó errores que contuviesen, dándo-se
de todo la certificacion correspondiente por el
Secretario de la misma Academia.
SEXTO.
Que conforme á lo prevenido por los Sagrados
Cánones , y en cumplimiento de la Real órden de
11 de Enero de 1808, se presenten á la Academia
los diseños de pinturas ó Ele estátuas que hayan
de fijarse ó colocarse en sitios públicos y Templos
á expensas de los caudales tambien públicos , ó
de comunidades ó de otros cuerpos , conto tambien
se presentarán á la misma Academia los dibujos
que hayan de grabarse de las efigies sagradas pa-ra
exponer á la devocion pública , y los que pro-tendan
retratar mi Real Persona, la de la Reina y
domas Personas Reales, cual tengo prevenido por
mi Real órden de 12 de Febrero de 1817, publica-da
en la Gaceta de 26 de Abril del mismo año.
SÉPTIMO.
Últimamente es mi soberana voluntad que se
exija la responsabilidad por falta de cumplimiento
respective de cuanto va expresamente mandado,
y que segun el tenor del párrafo sexto del citado
estatuto 33 de la Academia de San Fernando, las
multas en que incurren los contraventores, se exi-jan
prontamente y sin la menor dilacion por cual-quiera
de los Alcaldes de mi Casa y Corte , Te-nientes
de Corregidor y demas Autoridades del
Reino que para ello fuesen requeridos, sin formar
autos ni proceso alguno, sino en fuerza solamente
del exorto que para ello despachare el Nice-pro-tector;
y exigidas estas multas, se entregarán
íntegramente á la Academia , á cuyos usos las
aplico.
Remitidas las antecedentes prevenciones al mi
Consejo por mi primer Secretario del Despacho en
Real órden de 31 de Julio del año próximo pasa-do,
las examinó , y con vista de lo que en su ra-zon
expusieron mis Fiscales, acordó su cumpli-miento
en 14 de Marzo del corriente, y en su vir-tud
se expide esta mi Cédula: la cual os mando á
todos y á cada uno Ele vos en vuestros lugares,
distritos y jurisdicciones, veais, guardeis, cum-plais
y egecuteis, y haga.is guardar, cumplir y
egecutar en la parte que os corresponda, sin con-travenirla,
permitir ni dar lugar á su contraven-cion
en manera alguna. Y encargo á los muy Re-verendos
Arzobispos, Reverendos Obispos, Cabil-dos
clo las Saetas Iglesias, Prelados Regulares y
ciernas Jueces Eclesiásticos de estos mis Reinos v
Señoríos, contribuyan al cumplimiento y obser-vancia
de lo que va mandado en lo que les cor
provi-responda, dando para elo las órdenes y
-dencias que tuvieren por oportunas: así es
Ini voluntad; y que el traslado impreso de esta
mi Cédula, firmado de D. Valentin de Pinilla, mi
Escribano de Cámara mas antiguo y de Gobierno
del mi Consejo, se le dé la misma té y crédito que
á su original. Dada en Villafranca de Ebro á 21
de Abril de 1828. — YO EL REY.
§eccion %rtística.
PINTURA - RETRATOS.
Consejos sobre este género de pintura,
por M. Ilclaistre (* ).
Cuando se hace un retrato deben tenerse pre-sentes
cuatro cosas: la fisonomía, la actitud, el
colorido y el troje Ele la persona que se representa.
L Fisoivobtfa.—Se da este nombre al acorde que
tienen entre sí y con las lemas partes del cuerpo
las facciones del rostro. Este acorde constituye el
carácter particular de cada indisicluo y hace que
su vista nos hiera de modo que lo reconozcamos
inmediatamente.
La nariz , por su poca movilidad, es Ele las par-tes
del rostro la que contribuye mas eficazmente á
dar la semejanza á la fisonomía. Siguen los ojos y
en especial la expresion (le la vista. Por lo que res-peta
á la boca debe dibujarse sencillamente y re-producir
su movimiento mas habitual, pues fuera
un defecto hacer reir un retrato; siendo habitual-mente
seria la persona que representa.... Debe evi-tarse
igualmente el hacer pequeñas bocas por se-guir
la moda ó por agradar á las personas que se
retratan....
hIay otra circunstancia que se olvida frecuente-mente
en un retrato y que ayuda poderosamente
á su semejanza: tal es la indicacion de la estaturà
de la persona.... ¿Cómo juzgamos Ele las dimensio-nes
Ele un objeto? Coniparandolos con los cuerpos
(*). Cours méthodique du dessein et de la peinture ,
Paris, 1812. Tom. 11 . púg. 312,
DE NOBLES A11TES.
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que los rodean. Y tocante á los retratos, no es el
marco que los circuye el término de comparacion
mas inmediato? Para figurar pues la elevacion ó
pequeñez del talle, basta subir ó bajar en el cua
-dro la cabeza del retrato.
11. ACTITUD. —Esta voz se deriva del italiano at-titud
ine y expresa la posicion ele todo ser viviente
y de cada uno ele sus miembros. La actitud debe
ser adecuada á la edad, sexo, condicion é inclina-ciones
de la persona que se representa. Hay ac-titudes
de dos clases: de reposo y de movimiento;
las primeras convienen á todas las edades, sexos
y condiciones, las últimas son propias en general
de la infancia y de la juventud; pero en las clases
inferiores se las encuentra tambien en la edad ma
-dura. Las actitudes ele movimiento no convienen en
ningun caso á la edad avanzada, porque es la
época en que el trabajo ha cesado y porque de dia
en dia nos abandonan las fuerzas.
Cualquiera que sea el género de actitud, si se
quiere acercarse á la naturaleza es preciso huir
siempre ele la afectacion y envaramiento: á las mu-geres
sobre todo debe dárselas una postura gracio-sa,
colocando su rostro ele frente á la luz, para
disminuir las masas ele sombra y dar mayor realce
á la frescura y brillo de sus carnes.
III. COLORIDO. - El colorido de la cara, mas
bien que como efecto del arte, ha de aparecer en
el lienzo como la reflexion de la naturaleza. Esta
parte del retrato de suyo tan importante y que á
primera vista parece referirse exclusivamente á
la pintura policroma ó ele varios colores, es tam-bien
peculiar á la monocroma ó de un color solo ,
pues si con esta no pueden imitarse diversos tonos,
es posible por lo menos atender á su valor relativo.
Una persona morena, por ejemplo, tendrá una
tinta mas subida necesariamente que la que sea
rubia; y no será difícil expresar el viso de los
ojos, el de las cejas y cabellos, como tambien el
del bermellon de los labios y el del encarnado ele
las mejillas.
Para la imitacion perfecta del colorido son nece-sarias
dos cosas: precision de tonos y habilidad para
encontrar teclas las causas que pueden darles real-ce.
Se consigue lo primero comparando los tonos
que uno ha producido con los que nos da la natura-leza.
Para dar realce á los tonòs es preciso ilumi-nar
el original de molo que resalte la frescura ó
el calor de sus carnes y disponer entorno suyo
aquellos objetos cu yo color se refleje ventajosa-mente,
ó antes bien que se refleje apenas; pues
todo reflejo ademas de ser engañador, tiende á
desnaturalizar el tono principal. En Un , se ha de
arreglar un fondo que por la subordinacion de sus
Untas aumente el efecto del retrato.
1V. TRAJE. - El vestido generalmente hablan-do
debe ser sencillo; adornarlo demasiado seria
hacer ultraje á la naturaleza. El modo habitual de
cubrir la cabeza contribuye tambien poderosamen-te
á la semejanza; por esto debe ponerse sumo
cuidado en conservarlo cuando se haga un retrato.
Un hombre calvo que para hacerse retratar se pu-siese
una peluca sin intencion de llevarla en lo
sucesivo; una muger que llevando constantemen-te
gorro se presentase al retratista con la cabeza
descubierta y peinada con el mayor esmero, se-rian
enteramente desconocidos en el lienzo.
Tocante al vestido se puede decir lo mismo; na-da
mas absurdo que hacerse retratar con vestido
nuevo, pues por una parte nadie ha de conocerlo,
y por otra no ha de formar pliegue alguno en ra-zon
á no haber sido llevado nunca, ofreciendo
exactamente el aspecto de un vestido de madera
labrado por el tornero.
Las personas deben retratarse pues, con el
traje en que se acostumbra verlas; si por este
motivo se pierde algo de frescura, algo ele pren
-sado, en cambio se obtiene mas verdad y la
compensacion resulta á favor del arte. Tocante
á este punto referiremos una anécdota, conta
-da por Diderot. « Un jóven fué consultado por
su familia acerca el modo como quería que se
hiciese retratar su padre, cuyo oficio era el de
cuchillero. —Ponedle, contestó, su vestido ele tra-bajo,
su gorra de forja y su delantal; que se le
vea en su banco con una lanceta u otro instrumen-to
en la mano en actitud de probarlo ó de afilarlo
y sobre todo no olvidarse de que lleve sus anteo-jos.
— Estas disposiciones no fueron observadas;
se le envió un hermoso retrato de su padre de
cuerpo entero con una herniosa peluca, un ele-gante
vestido, una rica media y una preciosa caja
ele polvo en la mano. El jóven que en el carácter
tenia gusto y apreciaba en él la verdad, dando las
gracias á su familia, la escribió : —« Nada que val-ga
la pena ha hecho el pintor ni vosotros; yo os
habia pedido mi padre de cada dia y solo me ha-beis
enviado mi padre ele los domingos. » Tenia ra-zon
aquel jóven; es preciso que cada uno se halle
vestido segun su condicion y conforme á sus hábi-tos;
la precision del traje en un retrato ayuda
frecuentemente á darlo á conocer.
Lo que acabamos de decir tocante á la puntua
-lidad en el traje se aplica indistintamente al dibu-jante,
al pintor y al estatuario. En efecto, nada
mas ridiculo que aquellos retratos de hombres
modernos disfrazados ele griegos ó de romanos;
que aquellos retratos de grandes príncipes calili-cados
de eminentemente cristianos, trasformados
en divinidades paganas. El Luis X1Y de la puerta
ele San Martín en Paris no ofrece mas á primera
vista que un Hércules con peluca; mientras que
40
BOLBTIN ENCICLOPÉDICO
el Enrique IV de la Puerta Nueva de aquella vill:
figura la imágen completa del Bearnés, como e
Napoleon de la Plaza Vendome recuerda al ven-cedor
de Marengo y ele Austerlitz, aquel en fin qui
conduja tantas veces las armas francesas á la vic-toria.
Así, pues, cuando un pintor ó un esculto.
egecuta un retrato, sobre todo el de un personagi
célebre por su talento, por su virtud ó por el ran
-go que ocupa, debe acordarse siempre que trabaj<
por el porvenir mas que por el presente y que des-de
entonces es en cierto modo reponsable á la pos-teridad
de los errores que en lo sucesivo puedh
originar á consecuencia de los cambios por él adop-tados.
No debe titubear nunca en imitar escrupu-losamente
el traje, por ridículo que pudiese pare-cerle,
pues este suele ser con frecuencia bastante
extravagante, para dejar (le ofrecer ideas falsas á
los extrangeros, sin que. se busquen todavía nue-vos
medios para desnaturalizarlo; testigo de esto
el uso de llevar botas adoptado por todos los Fran-ceses
desde principios de este siglo, uso que indu-jo
á decir al sabio profesor chiaao Kiang-tzé que to
-dos eran cabalerizos. Donde nos halaríamos hoy
dia si los Egipcios, los Griegos y los Romanos se
hubiesen hecho representar en sus parceles, en
sus estatuas ó en sus medallas con trajes de pura
fantasia? No solo nos fuera imposible figurarlos
ple un modo conveniente , sino que los datos histó-ricos
no ofrecerían certidumbre alguna. No imite-mos
el siglo de Luis XV en el cual las mugeres se
hacian retratar á la manera de Dianas, Venus, Ce-res
ó Porronas, al mismo tiempo que los hombres
se representaban como Apolos ó Alejanctros, sin
que en unas y otros se alterasen en nada los toca-dos
frisados y crespados, con bucles empolvados al
estilo de entonces.
Digamos en suma que los retratos son particu-larmente
los que ayudan á conocer el traje de los
diferentes pueblos y ele las diversas épocas; los
que permiten seguir los progresos de la civiliza-cion
por la perfeccion del vestido. Un retrato es
un monumento histórico, que de un extremo á otro
debe ser elevado religiosamente con arreglo al ti-po
que le conviene. El uso de las corazas entre los
Francos prueba que se ha llegado al reinado de
Pepin el Breve. El empleo de las armaduras com
-pletas en Francia, anuncia que se ha entrado en el
siglo undécimo, pues antes ele aquella época se
empleaban tan solo las cotas de malla. En el siglo
XIV el uso de las corazas se hace general y el uso
de llevar braguetas recuerda el tiempo de Fran-cisco
I. Fnt.re los antiguos Romanos se hallaban en
tan grande honor los retratos, que al decir (le Pli-nio,
se conservaban en armarios especiales los
bustos de cera que representaban los antepasa-
(los, con el fin de que cada pompa fúnebre pudie-se
ser acompañada por todos los miembros de una
misma familia, los cuales por este medio asistían
á ella en realidad ó en imágen.
V. Política artística respecto á los falsos ►NTr-
LIGENTes. — Para que un retrato sea reputado por
bueno, no hasta que artísticamente hablando reu-na
todas las cualidades requeridas; es preciso ade-mas
que el que lo ha hecho tenga la habilidad ele
hacer resaltar su mérito. Desde luego aconsejare-mos
que jamas se enseñe un bosquejo, si no es á
los artistas que son nuestros amigos y á los verda
-deros inteligentes, pues que solo delos pueden
esperarse buenos consejos. Esta regla debería ob-servarse
hasta que la obra estuviese enteramen-te
acabada y barnizada, y diremos mas, hasta
que se hallase colocada en su marco.
Pero si como puede suceder se tuviese que de-rogar
este principio por ciertas consideraciones
particulares y el pintor se hallase en la absoluta
necesidad ele enseñar su trabajo á personas extra-ñas
á las nobles artes y al buen gusto, entonces
fuera prudente no pedirlas su parecer, sobre todo
si estuviese presente el modelo, en razon á que
por exacto que sea un retrato, no puede jamas
sostener con ventaja el paralelo con la naturale-za.
Y conco debe preverse todo, si diese la casua-liclad
que aquellas personas se adelantasen por
sí mismas á emitir su opinion, debería apresurar-se
el pintor á distraer con disimulo su atencion bá-cia
otro objeto, ó bien no siendo esto posible, ase-gurarlas
que sus observaciones son justas, pero
que esto depende de no estar concluido el trabajo.
De este modo, afectando mucha deferencia á sus
juicios, el pintor evitará el tener que cambiar
nada; ó si lo pedido fuese poca cosa, aparentando
retocarlo en su presencia, quedará alhagado su
:►mor propio , aumentando en su opinion la facilidad
y el talento del artista. Para ver sobre este particu-ar
cuanto conviene estar prevenido, estractare-nos
del Vasari la siguiente anécdota:
«Hallándose un cija el Papa en el taller de Mi-
;uel-Ángel y examinando una estatua de mármol
tuc acababa de labrar este artista, sin tener en
;l arte ningun conocimiento, le dijo : «la nariz de
,sta estatua es demasiado grande.» Al oir semejan-e
desatino, apresuróse el escultor á dar razon á
u Santidad y fingiendo deseos de enmendar el de-celo
en su presencia, tomó en una mano el mar-illo
y en la otra el cincel con un poco ele polvo
!e mármol que iba dejando caer á medida que
pareutaba retocar la nariz defectuosa. En lin ,
»ando le pareció haber esparcido bastante poli o
para inspirar confianza á sus espectadores,. vol-iéndose
al papa, le elijo: «Adesso, Sanatíssiuco
'odre, che gliene pare ? » (Qué le parece ahora á
uestra Santidad?) — « 0 signor D1icl:el-Antelo
DE NOBLES ARTES.
41
.qli arete dato la vita. » (Oh señor Miguel-Ángel ,
le ha (lado Y. la vida ).
Los muchos casos que podríamos citar por el
estilo del que acabarnos de referir, demuestran
cuan poco puede fiarse el artista del parecer de
aquellos que nada conocen en las artes, hasta que
punto debe simular someterse á los consejos que no
se le dan por verdaderos inteligentes ó por verí-dicos
prácticos; y cuan poco puede contar al pro-pio
tiempo con el valor de los elogios que al acaso
le sean dados por personas ignorantes en el arte.
J. 0. y B.
Seeclon de caminos y canales.
BOLETIN
DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS.
En el número 4.° del h..° año de la pu-blicacion
de este periódico correspondiente
al 45 de Enero , pero impreso posteriormente
á la distribucion del Prospecto de nuestro
Boletin, se lee una advertencia de la redaccion,
dirigida á explicar la marcha que se propone
seguir la misma en sus trabajos periodísti-cos
sucesivos. Si hemos de dar credito á las
palabras de aquella advertencia, el Boletin de
Caminos, Canales v Puertos va á salir del tris-te
estado de abandono y abyeccion en que se
encontraba, vá á ofrecer en sus colunas no
solo abundantes materiales de instruccion, si
que tambien numerosas pruebas ele que es
digno de llevar el nombre de todo un Cuer-po
facultativo. No queremos hacernos la ilu-siou
de que el contenido de nuestro Prospecto
y señaladamente el del n.° 4.° de nuestro
$oletin hayan podido contribuir en una pe-queña
parte á que los redactores del perió-dico
oficial que nos ocupa, tomasen la resolu-cion
que manifiestan en su expresada adver-tencia
; cualquiera que sea la causa que á
ello les haya inducido , nosotros que antes
que arquitectos somos españoles, nos hemos
complacido en la lectura de aquellas líneas ,
tanto por contener bastantes ideas iguales
ó parecidas á las que emitimos en nues-tro
primer impreso , cuanto por creer que en
lo sucesivo ocupará el Boletin de Caminos de
España un lugar mas decoroso entre las pu-blicaciones
de su especie que ven la luz pú-blica
en los paises civilizados del globo.
Hagamonos ahora cargo de algunas de las
ideas que emiten los redactores del Boletin
de Caminos en la citada advertencia , siquiera
no sea mas que para tomar en nuestro perió-dico
una especie de acta de sus futuros com-promisos
, siquiera no tengan mas objeto
nuestras palabras que advertir á dichos re-dactores
que estamos dispuestos á pedirles
cuenta del modo y forma como sabrán cum-plir
lo que han prometido en el escrito á que
nos referimos.
Destinada la parte oficial del Boletin de Ca-minos,
Canales y Puertos á «insertar estric-tamente
las leyes , decretos , reglamentos ,
circulares y órdenes del gobierno , y de la
Direccion , así como tambien la organiza-cion
, servicio y movimiento de esta, del
Cuerpo de ingenieros y de su Escuela espe-cial,
» poco tendríamos que decir acerca de
ella , si la experiencia no hubiese demostra
-do ques la que ocupa mayor número de
páginas del periódico. Creemos que hubiera
sido mas conveniente , aunque con algun au-mento
en el precio de suscripcion , que la
parte oficial del Boletin se hubiese impreso en
foliacion particular , destinando íntegras las
46 páginas de cada número á la parte pura-mente
científica ó facultativa. No hacerlo así,
será quedarse siempre muy cortos en la pu-blicacion
de los conocimientos que pueden
interesar á los ingenieros y á los empleados y
constructores que de los mismos dependen.
Por lo que respeta á la parte no oficial
del Boletin, desde luego aprobamos la divi-sion
en secciones conforme la tenemos noso-tros
adoptada, porque en efecto es la mas á
propósito para encontrar ordenadas las mate-rias
que en publicaciones de esta clase se
comprenden.
111ucho nos complace que en la seccion de
obras publicas se inserten los trabajos de que
habla la advertencia y sobre todo que se dé
cabida en ella á las dilucidaciones ó discusiones
mesuradas y provechosas que sobre los diferen-tes
ramos de su profesion se establezcan entre
los ingenieros; pero muchísimo mas nos bu-hiera
agradado que despojandose en esta ma-teria
del mezquino espíritu de Cuerpo los in-dividuos
de la redaccion, hubiesen abierto sus
colunas á los demás facultativos que mesura-
(lamente y con beneficio de la nacion y quizás
con provecho del mismo cuerpo de ingenie-ros
, hubiesen creido conveniente promover
y sostener algunas de aquellas discusiones.
Tambien estamos conformes con las ideas
que emiten los Redactores del Boletin de Ca-minos
acerca. las secciones de industria y de
ciencias ; si bien que en esta parte quisiéra-
6
4Z
flOLETIN ENC1CLor ntro
mos que los artículos que se publicasen tu-viesen
una conexion mas íntima con la cien-cia
del ingeniero que la que se nota en varios
(le los escritos publicados por la Redaccion en
una y otra de aquellas secciones.
La seccion de variedades tiene muchos pun-tos
de semejanza con la parte de nuestro Bole-tin
que hemos distinguido con el mismo nom
-bre; con esto es fácil conocer que debe merecer
nuestro asentimiento. Diremos sin embargo ,
que los artículos sobre viajes é historia , si
bien muy recomendables para la instruccion
y solaz del literato , los encontramos poco á
propósito para ocupar al ingeniero , siempre
que no lleven por objeto la descripcion de al-guna
obra de importancia ó la explicacion de
algun descubrimiento no conocido entre no-sotros.
La biografía de los ingenieros y hom
-bres célebres en el estudio de las ciencias y
de la industria, nos hubiera gustado mas si
hubiese formado el objeto de una seccion par-ticular.
La seccion de bibliografía tiene la misma
tendencia que la de nuestro Boletin ; por esto
tocante á ello nos conformamos completamen-te
á las ideas de los Redactores ingenieros.
Tambien nos gusta que en la crónica se dé no-ticia
de TODOS LOS HECHOS relativos á las obras
públicas y á los agentes que en ellas se ocu-pan
, pues haciendolo así tal vez podrán irse
corrigiendo algunos de los varios abusos que
tanto en aquellas como en estos se irán le-yendo
quizás en las columnas de nuestro pe-riódico.
Ya es hora de que se ponga coto á
estos abusos ; ya es hora de que los ingenie-ros
de caminos, lo mismo que sus dependien-tes,
den á conocer prácticamente que no es
un sarcasmo la exhibicion del curso previo
de moral para entrar en la Escuela especial
del ramo. No es esto decir que no haya mu-chos
hombres virtuosos y puros en el Cuerpo
de Caminos ; pero basta que uno solo tenga
elástica la conciencia, para desacreditar á los
demás y poner un eterno borron á la institu-cion
que lo ha acogido.
Por lo que tocaá la seccion de anuncios la cree-mos
hasta cierto punto superflua desde el mo-mento
que se ha adoptado ya la de bibliografía.
En efecto , dar á conocer á los ingenieros una
obra por su simple título sin ponerles de mani
-tiesto su mérito científico , es exponerles á
malgastar el dinero y á perder el tiempo en su
lectura, si la obra es mala, ó á privarles del
estimulo que les hubiera movido á comprarla
en caso de ser verdaderamente buena.
Tales son las secciones que entran en el
plan modificado por la nueva Redaccion del
Boletin de Caminos; todas son interesantes y
desempeñadas con perseverancia y buen celo,
no solo han de hacer un bien inmenso á la
mayoría de lectores á que están destinadas,
sino que pueden contribuir poderosamente á
rectificar la desfavorable opinion que se iba
ya formando de los ingenieros encargados de
este periódico. Por nuestra parte desistimos
desde ahora del propósito que teníamos he-cho
de censurar concienzudamente el conteni-do
de los números correspondientes á los tres
primeros años de la publicacion que nos ocu-pa;
bástanos la especie de confesion que im-plícitamente
encierra la advertencia y los ve-hementes
deseos de enmienda que en ella se
manifiestan, para correr un velo á lo pasado
y atender tan solo á lo que vaya viniendo.
Una excepcion haremos tan solo y será tocante
al número en el que con fines poco caritativos
se copia la diatriba de Betancourt contra los
arquitectos de su época. La oficiosidad de la
Redaccion del Boletin de Caminos tocante á
este documento, bien merece una prueba de
buen celo por parte de la Redaccion del Bole-tin
de Nobles Artes; no faltará esta prueba.
Terminaremos estas líneas observando á la
Redaccion del Boletin oficial , que hemos ha-llado
á faltar dos secciones en la explanacion
de su pensamiento: una destinada exclusiva-mente
á la Arquitectura civil, á las obras de sus
Profesores y al Periódico publicado por varios de
los mismos; y otra dedicada enteramente á los
Ferro-carriles y Puentes colgantes tan en voga en
nuestros dias. En la seccion de arquitectura
civil hallarian los ingenieros un campo tan
noble como vasto para probar con armas de
buena ley la insuficiencia que suponen en los
arquitectos; la seccion de ferro-carriles y
puentes colgantes les serviria para dejar pro-bada
la injusticia que se les hace tal vez,
cuando la pública fama les supone sin apenas
con conocimiento alguno en uno de los ramos
en que con mas honor del Cuerpo y con me-nos
gravámen de la Nacion podrian ser em
-pleados. —J. 0. y B.
HIJUELA DE G1IANOLLERS.
Si bien por delicadeza debia al parecer retraer-me
de entrar en nada que tuviese relacion con la
carretera de tiich, ya porque no se atribuyese a
oficiosidad mia, habiendo desempeñado el cargo de
director de las carreteras de esta provincia que se
costean con fondos especiales, ya por la circuns-
DE POBLES ARTES.
43
tancia de haber sido el autor del proyecto por el
Congost, que con ligeras modificaciones presenta-das
por algunos Ingenieros del ramo ha aprobado
la Direccion general de Caminos; ya en fin por ha-ber
emprendido esta tarea uno de mis dignos com
-pañeros de redacion; sin embargo, no he repa-rado
en emitir mi simple parecer acerca del estado
fatal de la hijuela de Granollers y trozos (le camino
inmediatos que segun se asegura opinan los Inge-nieros
civiles que deben abandonarse, para de-mostrar
hasta la evidencia los notables perjuicios
que se acarrean al público obrando con ligereza
y sin la suficiencia necesaria, como se ha obrado
en la parte facultativa de la hijuela y trozos de
canino indicados.
En 1.° Abril de 1842, al encargarme ele la direc-cion
de los trabajos emprendidos ya en la carre-tera
de Vich, que consistían en la conclusion de
los tres trozos que median entre las inmediaciones.
del Pueblo (le Mollet y de la Villa de Granollers,
formando un total de 17.705 varasde Burgos, á mas
de las 2.200 varas pasado el referido pueblo que
con tanto acierto había dirigido en el año 1839 mi
amigo y compañero, el académico de mérito D.
Felix Rivas, tuve ocasion de prevenir las funestas
consecuencias que debian seguirse con notable per-juicio
del país, no solo por la pérdida de cuantiosos
intereses, sino tambien por alguna desgracia, cuya
exposicion no se ha podido remediar todavía en el
mismo trozo ele la espresada hijuela.
La poca detencion con que obraron los ingenie-ros
de entonces, máxime al adoptar la linea actual
de esta hijuela, es causa hoy dia, no solo de la
pérdida de los 15.000 DUROS que sin el menor
fruto se han invertido en aquel corto trecho de
2.548 varas para mejorarlo y repararlo, sino tam-bien
de la inutilidad de los 5.000 Ds. en que se
tostó por asiento (* ). De modo que este primer
error habrá ocasionado la pérdida de 72.121 DU-ROS
que montan los trozos que se proponen
abandonar ahora los mismos ingenieros, en razon
al pésimo estado de la anotada hijuela y dificulta-des
que hallan para remediarlo.
No es mi ánimo oponerme á lo que tienen pen-sado
los citados ingenieros en la nueva via que ha
(') Insignificante cantidad por cierto para aquel es-cabroso
trecho, cuyos resultados han sido tan poco sa
cau-tisfactorios á los esquilmados Asentistas, que han
-sado pérdidas de consideracion á los tres ó cuatro que
han intervenido en él , teniendo que abandonar la obra
hecha y herramientas y aun dando algunas sumas de
dinero para salir de obligacion tan pesada á que les
condujo la confianza de la exactitud en el presupuesto,
la falta (le perfiles y datos ciertos y la contradiccion en
que envolvian al Asentista algunos capitulos de la con-tréta,
conforme se lo manifesté repetidas veces á S. E.
de reemplazar á los trozos que van á quedar abañ-donados;
repruebo sí la falta de oportunidad con
que al parecer se trata de engolfar á esta Provin-cia
en nuevos gastos de consideracion, tratándose
como se trata de buscar otra linea mas á propó-sito,
segura y cómoda para ir á Barcelona que la
actual. Afortunadamente ésto mismo propuse á
S. E. la Diputacion en la memoria que tuve el
honor de dirigirla en 6 de Setiembre de 4842, pues
en ella esplícitamente reprobaba la línea seguida y
describia la que en mi concepto debia haberse
adoptado para no aventurarse entre otros, á los
graves perjuicios que altora deplora ya la provin-cia
al verse precisada á hacer un inesperado gas-to
de tantísima consideracion; y todo, pues es la pura
verdad, por no haberse estudiado y meditado el
plan cual exigen las reglas del arte y como impe-riosamente
lo reclamaba el empleo de los cauda-les
que á los autores del proyecto se confiaron.
Se trata nada menos , entre el coste de la que
se proponen abandonar, y el de la nueva que
ha de substituirla del gasto aproximadamente de
unos 140,000 DUROS, mientras se quedan en pro-yecto
otras interesantísimas vías de comunica-cion
y otras recomendables mejoras de no poca
importancia para el país, que en su consecuencia
si no quedan frustradas para siempre, permane-cerán
estacionadas por largo tiempo con disgusto
general de los pueblos. — Miguel Garriga y Roca-.
Scecfla_szs tang°ibataa.
COMUNICADO DEL Sr. GAFAS. (*)
Del sentido literal de este curioso docu-mento
se deducen algunas consecuencias,
que no podemos pasar por alto, sin faltar al
deber que en el prospecto de nuestro perió-dico
nos impusimos.
1.° Que para disminuir considerable-mente
el valor del edificio que fué conven-to
é iglesia de P.P. Trinitarios, se supuso
que esta última se hallaba enteramente del e-riorada
y que amenazaba ruina en su, mayor
palle; este supuesto es completamente gra
exceptua el coro de la misma, y-tuito, si se
lo saben todos los que asistieron á las ¡un-ciones
dadas en ella por el inimitable Mr.
(*) Suplemento al Fomento del 29 de Marzo
(le este año.
44
BOLETIN ENCICLOPtDICO
Aüriol de Paris. Por nuestra parte podemos
asegurar sin temor de ser desmentidos, que
la obra derruida, á pesar de su edad, no
cedia en nada á la solidez del nuevo edifi-cio.
2.' Que en la primera medicion del
área ocupada por el edificio , los peritos ar-quitectos
encontraron 2.322 palmos cua
-drados menos que los últimos peritos que
practicaron igual medicion. La diferencia
es tan notable que no puede dejar de po-ner
en un verdadero compromiso científico
á los primeros medidores, si como se asegu-ra
por el autor del comunicado que comen-tamos,
no Iran sido combatidos geométri-camente
los resultados ofrecidos por los
últimos peritos. Por el honor de nuestra
profesion deseamos que al aclarar este ne-gocio,
se ponga de manifiesto que la dife-rencia
obtenida en las dos mediciones, fué
quizás motivada por las dificultades que pu-dieron
ofrecer á los peritos que las practi-caron
los escombros del antiguo edificio
que ocupaban su localidad , ó por una mala
inteligencia en la comprension de los terre-nos
que debían ser valorados.
3. , El valor de 8 rs. 17 ms. que se-gun
el comunicante se asignaron por palmo
superficial al terreno de este edificio, hace
subir su valor á 665.754 rs. vn. , no con-tando
mas que con los 78.324• palmos cua
-drados obtenidos por los primeros peritos.
Pero "aquel valor por palmo es del todo des-preciable,
como se dice muy bien en el co-municado,
si se atiende á la localidad en
que se encuentra el edificio derruido y al
subido precio á que se hallaban los solares
de Barcelona cuando se verificó aquella ven-ta.
Se dirá que siendo una finca monacal
nunca podia estimarse en tanto como si hu-biese
pertenecido á una propiedad particu-lar;
esto es una verdad, pero la rebaja ex-cede
de mucho á lo que debia disminuir por
razon de dicha circunstancia. Siendo de pro-piedad
particular el edificio en cuestion , el
palmo superficial de su terreno no hubiera
bajado de 40 rs. vn. enn la época de la ven–'I
ta, y enagenándole á pública subasta, no
se hubiera licitado á menos de 24 rs. el
mismo palmo en consideracion á su natu-raleza;
y esto sin contar con el valor del edi-
Cicio , que no hubiera sido menor de 40.000
rs. Por lo que puede decirse que valiendo la
cosa vendida 1.919.776 rs. segun la medi
-cion de los primeros peritos y 1.975.304 rs.
conforme á la medicion de los últimos , la
Nacion sacó por ella tan solo 665.734 rs. ;
es decir apróximadamente el tercio del valor
verdadero. Estos resultados no necesitan
comentarios. Por el honor de los Sres. que
han intervenido en este enredado negocio,
deseabamos ver refutados los asertos de]
comunicante; pero se ha guardado silencio,
á pesar de los graves cargos que encierran :
nuestros lectores se habrán anticipado como
nosotros á dar el fallo que , habiendo jus-ticia
, debe emitir el tribunal competente.
J. 0.y li.
COï1TLSTACION Á LAS PREGUNTAS
INSERTAS EN EL N.° 1 .° DE ESTE
BOLETIN, Pág. 46. ( )
PRIMERA rREGUNT:> >—El nuevo Teatro que se esta
construyendo en Trinitarios es edificio Ptuvaao ó
PÚBLICO?
Contestacion. —Es EDIFICIO PUBLICO.
Para probar la exactitud de nuestro aserto, de-jeinos
hablar á los autores de arquitectura.
BAILS en su Diccionario de Arquitectura civil,
art. Edificio, pone:
(*-) Teniamos ya impreso el primer pliego do este
número cuando se nos ha acercado D. Mariano Llopart
para manifestarnos en nombre de D. Joaquin Maria
Gispert que no era exacto que este hubiese proferido
las expresiones que contra el saber é idoneidad de los
Arquitectos de Barcelona se le atribulan; añadiendo
que si algo hahia dicho acerca nuestros compañeros de
profesion, habia sido tan solo haciendo referencia á los
dos 6 tres arquitectos con quienes habia tenido la des-gracia
de tratar. No es del momento entrar en las re-zones
que nos indujeron á dar crédito a lo que se ase-guraba
haber dicho el Sr. Gispert de la clase de Profe-sores
á que nos honramos de pertenecer ; diremos úni-camente,
que no teniendo unas objeto el citar su nom
-hre y el hacer alusion á su persona que legar á la n a-nifestacion
que por encargo suyo nos ha hecho el Sr.
Llopart, facultándonos ampliamente para publicarla,
desde ahora nos damos por satisfechos y consideramos
terminados los ataques legales que nos habiamos pro-
DE NOBLES ARTES.
la
EDIFICIO PÚBLICO. El que se fabrica para uso de
las personas de todas clases, como las iglesias,
fuentes, TEATROS, hospitales, etc.
VALzaNiA en sus Instituciones de arquitectura
pág. 49 dice:
Los edificios públicos profanos son aquellos cu-yo
destino es ya la conveniencia y utilidad, ya la
ostentacion, ya EL RECREO DEI. Púla.ICO.
MILIZZIA en sus Principios de arquitectura civil,
tom. I1, cal). IV pone los teatros en la sexta sub-division
de los edilicios públicos.
QUÀTRÉMÉRE DE QUINCY en su Diccionario histó-rico
ele arquitectura, art. Betinlent dice:
EDIFICIO PÚBLICO. Se llama así el que es de uso
del público, como las casas consistoriales, las bol-puesto
dirigirle, hasta dejar puesto en el lugar que se
merece el honor de una profesion que creimos ultra-jada.
Por lo que respeta á los arquitectos que lamenta el
Sr. Gispert haber conocido en el negocio del Teatro en
cuestion, nos limitaremos á decirle, que no solo á nues-tro
modo de ver les hace una manifiesta injusticia, ha-blando
de su capacidad en lo términos poco favorables
con que lo hace, sino_ que consideramos bastante im-propio
su lenguaje sobre el particular, tratándose de
Profesores que no dudamos podrian probar en lucha
artística todo lo aventurado de sus asertos. Pero si to-cante
á este punto no estamos conformes con él, no su-cede
otro tanto con respecto á lo que se dice del arqui-tecto
D. José Oriol Mestres; pues es muy cierto que no
es culpa del Sr. Gispert el haber encontrado un Profe-sor
que faltando á lo que se debe á si propio y al honor
de su profesion, haya contribuido con una exótica firma
á que, sorprendiendo al Ayuntamiento, se le haya dado
el permiso para edificar las fachadas del nuevo Teatro ,
que de otro modo no hubiera conseguido.
Cerraremos esta nota suplicando al Sr. Gefe Superior
Político nos dispense por esta vez la citacion de nom
en nuestro Boletin , ya que se dirige hasta-bres propios
cierto punto á satisfacer los deseos manifestados por
su Señoría; rogando al propio tiempo al Sr. Gispert que
nos proporcione ver la nueva fachada á medida que se
vaya elevando, para amenizar nuestro periódico- con
la descripcion minuciosa de las bellezas y defectos que
nos haga ver en ella la mas detenida y concienzuda
critica.
Si nos priva de este gusto, si el tapar con tablas
y esteras la nueva fachada ha tenido por principal objeto
impedir á nuestra redaccion que pueda templada y ar-tisticamente
hacer de la misma el correspondiente aná-lisis,
le diremos desde ahora, que quedará momentá-neamente
satisfecho su deseo; pero cuando el tiempo
corra aquel velo de nueva estofa, sabremos resarcir-nos
de la privacion inusitada en que se nos habrá teni-do,
dejando evidenciado á la faz de toda España, que en
materia de Nobles Artes lo mismo que en agricultura,
hay plantas exóticas quo no logran arraigarse, desde el
momento que se las separa de su terreno primitivo.
J. Oriol y Bernadel.—A. Rovira y Trias
sas, las bancas, los hospitales, los hospicios; etc.
¿Y para que poner mas ejemplos, cuando todos
los autores definen los edificios públicos como Bails,
Valzania y Quatremere de Quincy? Se dirá que el
Teatro de Trinitarios no es edilicio público porque
se construye con fondos particulares? Contestar
por la afirmativa seria desconocer los autores de
arquitectura de mas nota y la genuina significa-cion
de las voces privado y publico. Nosotros cree-mos
que lo que da el carácter de pública á una
obra , no es precisamente que sea costeada por
el público, esto es, echando mano de los fondos
nacionales, proNinciales ó comunales, sino el que
se halle destinada al uso del público, ya sea gratui-tamente,
ya sea exigiendo una retribucion de an-temano
fijada. Y sino- que se nos diga, si podria
denominarse público un palacio, por ejemplo, que
la Nacion hubiese costeado para uso de un ciuda-dano
y en recompensa de inmensos servicios pres-tados
por él á la patria; que se nos diga por la in-versa
si se le ocurrirá á nadie considerar corno á
obra privada un ferro-carril destinado á la tras-lacion
de viageros y al transporte de las manufac-turas,
mediante una retribucion señalada. El due-ño
de un edificio privado puede admitir en él á las
personas que le acomoden, puede cerrarlo ú abrir-lo
cuando mejor le parezca, puede tenerlo arre-glaclo
interiormente á medida de su gusto; podrán
hacer otro tanto los dueños del nuevo Teatro, tan
luego como hayan dado en él la funcion primera?
Que se nos conteste si es posible.
SEGUNDA PREGUNTA. —En cualquiera de estos su-puestos,
está arreglado á las disposiciones del BAN-DO
DE BUEN GOBIERNO?
Contestacion. — Ni en uno ni en otro.
Admitamos en primer lugar que el Teatro en
cuestion sea un edificio particular. El art. 5.° del
Bando de buen gobierno, revisadò y adicionado por
el Ayuntamiento constitucional de 1842 , previe-ne
lo siguiente :
La altura total de los edificios, con inclusion de la
baranda del terrado ó de la cubierta del tejado, no po-drá
ser mayor de 97 palmos, sea la calle ó plaza de ma-yor
ó menor anchura, sin que parte alguna del edificio
ni otro objeto colocado sobre el mismo pueda exceder de
dicha ele-sacian..... Sise faltase á lo prevenido, incurrirá
en la multa de 100 rs. el dueño del edificio, con obliga-cion
ademas de sugetarse á lo que se disponga y en la
de 1000 rs. el director de la obra.
La simple lectura de este articulo y la sola vista
del nuevo Teatro demuestran evidentemente, que
se ha infringido el Bando de buen gobierno, sin
que por parte del Excmo. Ayuntamiento se haya
tomado ninguna providencia.
Supongamos ahora la realidad , es decir, que
4G
BOLETIN ENCICLOPLDICO
el nuevo Teatro es un edificio público. Tambien
se ha infringido el bando en este supuesto, pues
la fachada de la calle de S. Pablo no está confor-me
con el dibujo presentado al Ayuntamiento y
aprobado por este Cuerpo. Luego si se obra co-mo
la justicia reclama, los artículos 1 • 0 y 30 deben
tener á su tiempo la aplicacion oportuna.
TERCERA PREGUNTA. — Estuvo en su derecho el
Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad cuando apro-bó
las fachadas (le aquel edificio por el mero hecho
de ser certificadas como copia del original por un
arquitecto?
Contestacion. — No lo estuvo, porque solo po-dia
admitir aquellas fachadas, cuando se hubiese
probado en ellas que el original era hecho por
persona autorizada.
Aquí debemos tambien considerar la cuestion
bajo el doble punto de vista de ser el edificio pri-vado
ó público. Supongámosle privado; el articu-lo
12 del cap. II de la Ordenanza artística de la
real Academia (le Nobles artes de San Fernando,
aprobada por S. M. dice así:
Son concedidas al arquitecto amplias facultades para
poder medir, tasar, IDEAR y dirigir toda clase de obras
públicas y particulares en lo civil é hidráulico, sin ex-cepcion
ni limitacion alguna, en todos los dominios de
S. M. , con arreglo á la plenitud de conocimientos que
se refieren en el art. 1
El art. 10 del cap. III de la misma Ordenanza
concede á los maestros de obras iguales faculta-des
que á los arquitectos, pero con limitacion á
toda clase de edificios comunes ó particulares.
Ahora bien, en la circular (le 29 de Julio de 18441,
pasada por la Excma. Diputacion provincial á los
Ayuntamientos constitucionales (le la provincia, se
recomienda á estos la observancia de la Real Ce-dula
de 21 de Abril de 1828 que insertamos en la
seccion legislativa de este número y por lo mis-mo
les recuerda la prohibicion de no admitir nin
-gun dibujo en solicitacion de permiso para edifi-car
que no lleve la circunstancia de haber sido
IDEADO por persona que antes se hubiese segetado
al riguroso exámen de una de las Academias de
nobles artes de Espaíia. Los dibujos de las facha-das
en cuestion llevaban en su pié: «Es copia del
original» sin indicar si el proyecto ó idea de aque-llos
dibujos era de algun arquitecto ó maestro de
obras, los únicos autorizados para hacerlos en el
caso para nosotros negado de que el nuevo Tea-tro
fuese un edificio privado; luego el Ayunta-miento
no debla conceder el permiso de edificar
sin cerciorarse antes del origen de los dibujos en
cuestion, pues no haciéndolo de este modo se ex-ponia
á permitir que fuese infringido como real-mente
lo fué, el art. 12 de la Ordenanza artística
que arriba hemos transcrito. Pero si á nuestro
modo de ver no obró el Ayuntamiento en este
asunto conforme á las reales órdenes vigentes,
tal vez no será del todo por culpa suya. Aquella
corporacion tiene un verdadero asesor en lo que
atañe á edificios y este es su Maestro mayor (le
obras. Ignoramos el parecer literal que emitiria
este Profesor cuando informó sobre las fachadas
del nuevo teatro de Trinitarios; pero creemos que
se limitó á decir que «considerándolo cono á edi-ficio
público debían ir aquellas á la aprobacion (le
la Academia de S. Fernando , y que tomándolo
como á edificio privado podia concederse el per-miso
que se solicitaba. » ¿Es este lenguaje indeci-so
el que debía haber empleado el informante? No
hubiera sido mas honroso para él decir categóri-camente
que debía negarse el permiso, porque
tratándose de un edificio público no llevaban los
dibujos la aprobacion de la Academia? Pero ad-mitamos
la segunda hipótesis, arquitectónicamen-te
hablando inadmisible, admitamos decimos, que
el nuevo Teatro fuese un edificio privado; ¿ no de-bia
haber exigido la presentacion del original pa-ra
cerciorarse de la idoneidad del autor de aquel
trabajo ? ¿Puede ni debe confundirse el Profesor
que ha ideado una obra con el que ha de dirigir-la?
Pero si el Maestro mayor de obras del Ay untá-tniento
pudo cometer una falta no hablando en el
lenguaje claro y resuelto que la importancia dei
objeto demandaba , el Profesor que certificó los
dibujos presentados la cometió á nuestro enten-cler
mucho mas grave, porque sirvió de instru-mento
para lograr lo que sin su extemporanea
firma se hubiera negado. Que la certificacion hu-biese
recaido sobre dibujos hechos por un profesor
aprobado, lejos de haber sido una mengua para el
firmante, hubiera probado al contrario una lau-dable
deferencia hácia uno de sus compañeros;
pero valerse á sabiendas de un ardid que se dirigia
á sorprender el Ayuntamiento , no solo es vergon-zoso
en sí mismo, sino que es indecoroso para el
que puso la firma, y poco satisfactorio para los
que llevan su título. Porque una de dos; ó el fir-inante
tiene saber suficiente para hacer unos cti-bujos
de teas mérito que los presentados ó no lo
tiene: en el primer caso prostituye su firma apro-bando
un trabajo que él lo hubiera ¡lecho mejor;
en el segundo caso esta firma no tiene mas signi
-ficado que la percepcion de un mezquino sala-rio
(*r ) á costas de su reputacion artística.
Consideremos por último como á edificio públi-
(*) La gruesa suma de 2Q rs. diarios. fQuú miseria!
DE NOBLES ARTES. fi
co el Teatro que nos ocupa. ¿ Se han llenado los
requisitos que para este caso se detallan en las
reales disposiciones de 25 de Noviembre de 1777 y
23 de Julio de 1789 ? Porque no se han mandado
á la Academia de S. Fernando los dibujos que tan-to
se encomian por los que no son conocedores en
Nobles Artes? ¿ Porqué no lo ha aconsejado así el
arquitecto certificador, ya que se hace lenguas de
un estilo de arquitectura que pocos años atrás ca-lificaba
de bárbaro y de gusto estragado ó cosa se-mejante
en una memoria leida ante una sociedad
naciente? Habrá apostasías tarnbien en Nobles
Arles?
CUARTA PREGUNTA. — Qué objeto llevaria la for-macion
del presupuesto (te esta fachada, suponien-dola
TODA DE méenioL , cuando la vemos subir en su
mayor parte de simple ladrillo, es decir, mas po-bre
que la del edificio mas modesto (le los que de
nueva planta se construyen en Barcelona ?
Contestacion. —Ignoramos los datos que tendria
el preguntante para decir que debla ser toda de
mármol la fachada principal del nuevo Teatro ;
por nuestra parte podemos asegurar que nos sor-prendió
sobre manera aquella pregunta, pues des-de
que empezó á hablarse de este edificio, se nos
significó que no se trataba mas que de especula-cion
y que por consiguiente se desterraría de él
todo lo que fuese magnificencia ó lujo. Tal vez se
creería que los precios de mármoles pedidos por
el Sr. Comisionado del Liceo eran con el objeto
de emplear este material en la fachada referida;
en tal caso se habria padecido equivocacion, pues
nos consta que los mármoles indicados se desti-naban
tan solo á la formacion de la primera gra
0. y B. -dería interior del edilicio. — J.
INCENDIOS.
Cuando en una poblacion culta como Barcelona
se discurren todos los medios de embellecimiento
para ponerla al nivel de las mas civilizadas; cuan-do
movidos por el impulso que agita en este siglo
á todos los grandes pueblos que á cual mas celoso
de las glorias de su patria desea ocupar el lugar
mas distinguido; cuando por fin la industria en
nuestra Ciudad y sus alrededores torna tal desar
-rolo que son infinitos los establecimientos fa-briles
é industriales que contiene y en los que ci-fran
su fortuna un sin-número de familias; muy
extraño se hace el que no se haya pensado en or
compañía de bomberos-zapadores, pa--ganizar una
ra acudir á apagar los incendios y evitar sus pro-gresos,
siempre que fuese necesario. Y no se diga
que la falta (le medios sea un obstáculo que impi-da
el establecimiento de tan útil institucion, pues
que á nuestro modo de ver muy poco seria el sa-crilcio
que tendria que hacer el Excmo. Avunla-miento
para procurarse los instrumentos y útiles
de que tal vez carezca ; pero aun cuando esto no
fuese posible , no por ello debe dejarse desaperci-bida
semejante idea, pues está al alcance de todos
que en igualdad de circunstancias, seria mucho
mayor el bien que podria prometerse (le una ins-titucion
organizada cual corresponde, que no del
sistema de confusion y desórden que reinan en
aquellos casos.
No faltan elementos en esta Ciudad para lograr
el indicado objeto; invítese á los Arquitectos y
Maestros de obras por la Academia de San Fer
-nando y no dudamos que todose apresurarán
gustosos á ofrecer sus servicios para contribuir ti
un fin tan laudable.
Animados por nuestra parte (le los mejores sen-timientos
á favor de todo lo que tienda al bien ge-neral,
nos ofrecemos por de pronto á no ser los úl-timos
en contribuir con nuestros cortos alcances al
memorado objeto, esperando que nuestras miras
serán secundadas por nuestros comprofesores, si
conto es de suponer, mereciesen estas leves in-dicaciones
la correspondiente acogida de nuestro
Ayuntamiento. José Ráfuls.
Seccion bibliogrۇf ea.
CURSO METÓDICO DEL DIBUJO Y DE LA PINTURA, Con un
atlas de 31 láminas , por Luis Delaistre, miembro (le la
Sociedad libre de las Bellas Artes. ( Paris, Carillan-
Goeury, 1812).
El Curso metódico está dividido en tres partes: la 1.a
se ocupa de la geometría, arquitectura y perspectiva li-near;
la 2. a trata de la anatomía del hombre, proporcio-nes
del cuerpo humano, expresion de las pasiones, fisonomía
y ponderacion ó ciencia del equilibrio de los cuerpos ;
la 3. a tiene por objeto los retratos, el paisage, la anat.-
mía vegetal y veterinaria, la composicion del asunto, la
perspectiva aérea y la química de los colores.
El buen órden y sencillez en la exposicion de las ma-terias;
la exactitud en las definiciones y la buena elec-cion
de los conceptos; la bermanacion de los principios
teóricos con los resultados prácticos obtenidos por una
larga experiencia; la pureza y correccion de las lámi-nas
con que Mr. Delaistro aclara sus explicaciones; ta-les
son en nuestro sentir las circunstancias que reco
-miendan la preciosa obra deste acreditado artista.
%Tarieda(Jee.
REAL ÓRDEN SOBRE CONCESION DEL TÍTULO DE ARQUITEC-To.
—A consecuencia de una solicitud dirigida á S. 11l.
por los alumnos de la Escuela especial de arquitectura
de la real Academia de nobles artes de S. Fernando,
previo el informe de esta academia y considerando ser
justo respetar derechos adquiridos, conciliándolos sin em-bargo
con lo que exige la conveniencia pública y el lus-
48
BOLETIN ENCICLOPÉDICO
trede tan importante profesion, S. M. se ha servido dis-poner
por real órden de 23 de Marzo último, que se con-coda
el improrogable plazo de seis meses para solicitar
el exámen del modo y forma usados hasta de Octubre
de 181s y presentar la obra de pensado que haya de
servir para la censura del ejercicio de dicho exámen ;
• que los aspirantes al título de arquitecto acrediten te-ner
25 años y presenten certificacion de la academia
donde hubieren estudiado; que quede facultada la ex-presada
Academia para expedir los títulos de arquitec-tos
á todos los que hayan sido aprobados hasta el dia
como tales, á los que tengan incoados sus expedientes
de exámen y á los comprendidos en las disposiciones
anteriores , etc.
REGALOS ñ DOS ARTISTAS. —Los distinguidos artistas
D. Vicente Lopez, primer pintor de cámara y D. Ber-nardo
su hijo, acaban de recibir de S. 111. una nueva
prueba de su real aprecio. La Reina ha regalado al pri-mero
un magnifico reloj de oro, y al segundo unos
botones ele brillantes para el pecho.
A)IALGA LA DE DOS ESCUELAS.—Se nos escribe de la Cor-te,
pero lo creemos un sueño, que se trabaja en Madrid
para refundir en una sola Escuela, la de Arquitectura
de la real Academia de nobles artes de S. Fernando y
la especial de Caminos, Canales y Puertos, formando
por consiguiente un solo cuerpo con los alumnos apro-bados
de ambas escuelas. Difcultosísima nos parece
esta amalgama; poro como podría reportar grandes
ventajas á la Nacion y á los mismos alumnos citados,
partiendo en ella de ciertas bases que explanaremos tal
vez, si la noticia que damos hoy á nuestros suscritores
adquiriese mas visos de probabilidad en adelante; he-mos
querido llamar ya desde ahora la atencion sobre
este punto, seguros de hacer un bien á nuestros compro-fesores
y en especial á los que tienen su título de una
de las Academias de nobles artes de las provincias.
EXPOSICIONES DE LOS ARQUITECTOS EN DEMANDA DE 505
DERECHOS ADQUIRIDOS. —Las exposiciones dirigidas á
S. M. por los arquitectos de Valencia, Zaragoza y Mur-cia
Iran sido muy bien acogidas por el Sr. Ministro de
la Gobernacion de la Península, quien las lla pasado
á la real Academia de nobles artes de S. Fernando para
• que dé el correspondiente informe y poder en su vista
fijar de una vez las atribuciones de los Arquitectos y de
los Inçenieros de caminos, canales y puertos. Impor-tantísimo
es el servicio que puede prestar la citada real
Academia á la causa que defienden los exponentes y
por esto no podemos menos que esperar que tomará
esta cuestion vital con todo el celo é interes que su im-portancia
reclama.
CANAL DE NAVEGACION Y RIEGO DESDE LAS INMEDIACIONES
DE CAHPREDON AL LLANO DE BARCELONA. —Concedida por
el Gobierno la facultad do formar los planos de este gi-gantesco
proyecto, tenemos entendido que no se piensa
en hacer ningun uso de ella y que se ha abandonado
por consiguiente la idea.
CA3tINo DE HIERRO DE TARRAGONA Á FALSET 6 11IonA DE
EDno PASANDO Pon REUS. —El gobierno ha concedido la
construccion de este camino y su explotacion bajo un
pliego de condiciones parecido á los de las domas con-cesiones
de este género. De Tarragona á Reus es muy
•
fácil este proyecto; para mas adelante ofrecerá dificul-tades
sin duda , que si pueden ser allanadas por el In-geniero,
no lo serán con tanta sencillez por el Econo-mista.
PUDLICACION INTERESANTE. — Un millon de hechos; nle-morandum
universal de ciencias, artes y letras, traducido
del francés, corregido y adicionado por los Sres. Aca-démicos
y Prc,fesores en• la Universad literaria de Bar-celona:
D. Agustin Yañez, D. Ramon Martl de Eixald, D. Ra-mon
Ferrer y Garcés, D. Juan Adell , D. José Oriol y Ber-nadet,
D. Manuel Xihi y Fontanals, D. Laureano Figue-rola,
D. Juan Cortada.
Al leer al frente del prospecto de esta publicacion
unos nombres tan ventajosamente conocidos en la re-pública
de las letras y de las ciencias, cremes excusa-dos
todos los encomios que podriamos tributarla; (lo
cuyo mérito nos ocuparemos sin embargo tan luego co-mo
haya visto la luz pública su primera entrega. Entre
tanto la recomendamos á nuestros suscritores.
ANÉCDOTAS SODRE EL NUEVO TEATRO DE TRINITARIOS. -
Preguntando un inteligente á un profano cual sería el
uso de las ocho capilliticas que se veian en la fachada
principal de aquel edificio, ron el tono de la inspira-cion
contestó inmediatamente : «servirán para colocar
los cuatro evangelistas y sus secretarios. »
—(eNo les parece á V.V. mejor ahora esta fachada,
preguntaba un paseante de la Rambla, que antes de
quedar oculta por ese biombo de madera? Ciertamen-te,
contestó otro, porque á esta fachada le sucede lo
que (e las mugeres feas, que nunca son tan hermosas
como cuando llevan tirado su velo.
—Porque se tapa con tablas la fachada principal de
Trinitarios, demandaba cierto curioso? —Porque los
florentinos son muy propensos á resfriados, respondió
un médico-cirujano.
— Los arquitectos de Barcelona se empeñan en cen-surar
la nueva fachada , decia un peon caminero, y es
porque se han olvidado que les está inhibido meterse
en puentes y domas obras de nuestro rano. Que la cen-surasen
los ingenieros de caminos, canales y puertos,
fuera pasable; ¿pero los arquitectos, hablar de puentes
y tajamares?
—Un jóven asomó sus narices á la rendija que sepa-raba
dos de aquellas tablas y al momento oyó una voz
bronca que le preguntaba: - ¿ Qué mira V.?—La lin-terna
mágica?—Si se aguarda V. un poco, llegará
el maquinista y verá tambien la fantasmagoría.
—Un peon del nuevo teatro preguntaba á otro cual
de los dos que se hallaban al lado de una mesa era el
verdadero director de la obra: no sé decirlo , contestó
este; pero puedo asegurar que el que habla como noso-tros
es el notario, pues ole consta que ha dado fe' á los
dibujos de su prójimo.
— Preguntado un esterero si sabia el uso che las este-ras
con que se tapaba el segundo cuerpo de la nueva fa-chada,
contestó con mucha flema : es muy óbvio; ser-virán
para evitar que los ardores del sol derritan los
cascos á los dos directores y á su notario.....
IMP. DE LA AGENCIA GENERAL DE BARCELONA
Á CARGO DE D. JOAQUIN SARDAÑON5.
Calle del Hospital, núm. 20. -- /846_
Descripció
| Puntuació | |
| Títol | Boletín enciclopédico de nobles artes. No. 03 (1 mayo 1846) |
| Matèria | Arquitectura -- Espanya -- Revistes |
| Editor | Biblioteca de Catalunya |
| Data de publicació | 2010 |
| Tipus de recurs | Text |
| Format | |
| Font | Publicació original: Barcelona : [s.n., 1846-18-- (Barcelona] : Impr. de Roberto Torres) |
| Llengua | spa |
| Relació | http://cataleg.bnc.cat/record=b1213340~S10*cat |
| Gestió de drets | Còpia permesa amb finalitat d'estudi o recerca, citant la font "Universitat Autònoma de Barcelona". Per a qualsevol altre ús cal demanar autorització. |
Descripció de la pàgina
| Títol | 003_No. 3 (1 mayo 1846) |
| Transcript | Ta I. E,nncELOiv, de iVlao o ile 15.16. Núnnero 3. DOLETIN ENCICLOPÉDICO DE XO^LES AUTES, Á NUESTROS SUSCRITORES. Cuando insertamos en el n.° 1. 0 de nues-tro Boletin las preguntas que sobre el nuevo Teatro de Trinitarios se nos habían dirigido, creimos de buena fé que serian contestadas' en el próximo número por los sugetos á quie-nes mas directamente aludían y especial-mente por el arquitecto que habia puesto su firma al pié de los dibujos de las facha-das de aquel edificio, faltando á nuestro entender al decoro de su profesion y á las reales órdenes que en materia de obras ur-banas se hallan vigentes. Llegó la hora de entrar en prensa nuestro segundo número y contra todas las esperanzas que concibié-ramos, las contestaciones á dichas pregun-tas en la parte relativa al nuevo teatro no liabian parecido. Figurósenos entonces muy conveniente hablar clara y categóricamente, no para entrar en el terreno indigno de las personalidades, como gratuitamente se ha querido suponer, sino para nombrar las per- 5 3i BOLBTIN ENCICLOPBDICO sonas que segun nuestro modo de ver se ha-bian hecho dignas de elogio ó de censura en el complicado negocio de la obra en cues -tion , obligándolas por aquel medio á con-testar victoriosamente á las preguntas que respectivamente las incumbian, ó poniéndo-las en el caso de probar con su silencio, que no las era dado tomar cartas en el asunto sin dejar á descubierto la justicia con que podian ser atacadas. Ajado por otra parte nuestro amor propio al ver postergados los arquitectos españoles á un quidam que se ti-tula tal sin haber pasado nunca de un simple maquinista de teatro, de un mero tramoyista; incomodados por la palabrería de un sugeto que sin conocer quizás una jota de nobles ar-tes, habia osado decir que en Barcelona no existia arquitecto alguno capaz de proyectar y dirigir el Teatro que debla engalanarse con el título de prhnero entre los de Europa; incomodados con tan justos motivos, escri-bimos unas cuantas líneas sobre el nuevo edificio, en los términos comedidos que co-nocen ya nuestros lectores. Nuestro lengua-je fué claro y categórico en verdad; pero no por esto se le puede tachar de indecoro-so. Así es que á pesar del poco gusto que debió de encontrar en su lectura el digno Mecenas del tramoyista, no pudo sin em-bargo acudir á los tribunales para que se nos impusiese alguna multa ó cuando menos se nos obligase á guardar silencio sobre un asunto que tanto interesa al honor de los artistas españoles y en especial al de los ar-quitectos de Barcelona, cuya capacidad se ha querido poner en duda en la ereccion del nuevo Teatro. Y no podia ser de otra ma-nera : cuando las órdenes terminantes de] Gobierno sobre imprenta no hacen mas re-ferencia que á la POLÍTICA, ¿cómo creer que un artículo sobre NOBLES ARTES pudiese comprometerá sus autores? ¿Cómo creer que los celosos magistrados, que las dignas autoridades á quienes el Gobierno de S. M. ha encargado la rigurosa observancia ele sus órdenes sobre imprenta , pudiesen prestar oido á las quejas injustas que sobre nuestro Boletin se las dirigiera? Esto era imposible y así lo ha demostrado la experiencia. El hombre puede con sus relaciones y em -pleando medios obscuros, alcanzar sobre otros hombres de su misma índole un influ-jo que raye en poderoso; pero cuando se trata de incorruptos magistrados, de auto-ridades sin tacha como las que rigen en Bar-celona , aquellas relaciones y estos medios son completamente estériles. Pero á pesar de estas justas reflexiones, hemos de con-fesar que hay hombres que viven tan bien con la fortuna, que hasta logran tenerla prós-pera cuando los demas la tienen poco favo-rable. En tal caso se encuentra el Mecenas de que antes hemos hablado. En efecto, las circunstancias en que el país se encuentra , lían movido á nuestro digno Gefe Superior Político á dar un paso , que si no destruye enteramente la fuerza de lo que nos hemos propuesto decir sobre el nuevo Teatro, des-virtua por lo menos un tanto el buen efecto que entre los aficionados á nobles artes po-dian producir nuestros escritos. Con la afa-bilidad y buen decir que sientan tan bien en la Autoridad Superior civil de la provincia, se nos ha mandado que nos abstuviésemos de ci-tar nombres en nuestros artículos sobre aquel edificio y de parangonar nuestros artistas y operarios con los extrangeros. Este mandato que nos hemos propuesto acatar, si quiera no sea mas que para corresponder á la sua -vidad y dulzura con que se nos ha impuesto, no nos priva empero de que podamos cen-surar la obra en cuestion, y decir todo lo que en defensa de nuestros artistas nos su-giera nuestro buen deseo, todo lo que pueda contribuir á dejar probado que se hizo una injusticia á los arquitectos de Barcelona cuando se dijo que no eran capaces de pro-yectar y dirigir aquella obra, hallándose co-mo se hallan dispuestos algunos de ellos í► demostrar en lucha artística todo el atrevi- DE NOBLES ARTES. 35 miento de tan gratuito aserto. Sin citar nom. bres propios, sin hablar literalmente de ex-trangeros podemos escribir: así nos lo ha di-cho nuestro respetable Gefe Superior Polí tico ; nuestros lectores nos comprenderá) fácilmente. Los REDACTORES. t5ecdflccen 11dgg ir^Bati' a. Real cédula en que se fijan las prerogativas de los Arquitectos y de los Maestros de obras en su defecto, con indicacion de la conducta que deben observar las Corporaciones civiles y eclesiásticas en el nombramiento de los MAES-TROS MAYORES DE OBRAS respectivos. (") DON FERNANDO SÉPTIMO POR LA GRACIA DE DIOS, REY de Castilla, etc. Á los del mi Consejo, Presidentes, Regentes y Oidores de mis Audien-cias y Chancillerías, Alcaldes, Alguaciles (le mi Casa y Corte, Corregidores, Asistentes, Goberna-dores militares y políticos, Alcaldes mayores y ordinarios, y (lemas Jueces y Justicias de todas las ciudades, villas y lugares de estos mis Reinos y Señoríos, tanto á los que ahora son, como á los que serán de aquí adelante, y á todas las demas personas á quienes lo contenido en esta mi Cédula toca ó tocar pueda en cualquier manera , SABED: Que observando mi augusto Abuelo que á pesar de la proteccion y auxilios que habia dispensado pa-ra su fomento á las tres Nobles Artes, Pintura, Escultura y Arquitectura, no se cogia el fruto que debia esperarse, porque se veían emprender y llevar á efecto varias obras costosas (le poca du -racion y de ninguna hermosura, expuestas á mu-chos riesgos y censuras; llamó particularmente su atencion la irregularidad (le los retablos, adornos y techumbres (le los templos, porque construidos sin la pericia del arte, y agenos del buen gusto, unos perecian lastimosamente en las llámas, y otros desdecian de la magnificencia de aquellos sa-grados lugares, y para evitar tantos daños encar-gó á todos los Prelados Eclesiásticos de] Reino en circular expedida por la primera Secretaría de Es- ('*) Esta real cédula está mandada observar estris-tamonte por real órden (le 17 de Febrero de 1835. tado y del Despacho en 25 de Noviembre (le 1777, que siempre que hubiesen de hacer obras de algu-na entidad, dispusiesen que los diseños fuesen pre-sentados préviamente con la correspondiente ex-plicacion á la Real Academia de San Fernando por medio de su Secretario, para que examina-dos atenta, breve y gratuitamente, advirtiese el mérito ó errores que contuviesen; (le cuya circu-lar se remitió al Consejo un ejemplar para que respecto á las obras públicas profanas se hiciese conforme á aquel encargo la prevencion corres-pondieute á todos los Magistrados y Ayuntamien-tos, á fin de evitar se malgastasen caudales en obras, que debiendo servir ¡le ornato y (le modelo, exis-tian como monumentos de deformidad, ignorancia y mal gusto. Por otra Real órden de 41 de Octu-bre de 1779 dispuso, que pues los muchos expe- (tientes que se seguian sobre permiso para emplear caudales en obras públicas, al paso que eran em -barazosos al Consejo y sus dependientes, distraían notablemente á la Academia de las atenciones de su instituto, ya por la monstruosidad de los dibu-jos que se presentaban, y ya por la lectura de las muchas especies que las partes mezclaban en dichos expedientes en que aquel establecimiento facultativo no debia introducirse, no se admitie-sen instancias relativas al objeto sin que los pla-nes y dibujos trajesen nota firmada del Secretario (le la Academia de haber sido visados y aproba-dos por ella; y esta prevencion se repitió en Real órden, que con fecha 24 de Junio de 1784 se co-municó á la Real Academia de San Cárlos de Va-lencia, á la cual tocaba la retision de los planos ó diseños de obras públicas que se intentasen en los pueblos de su respectivo distrito. Advertida por el propio mi augusto Abuelo la inobservancia de los Estatutos de la Real Academia de San Fer -nando, se sirvió mandar en circular, quexpi- [lió la dicha primera Secretaria de Estado y del Despacho en 28 (le Febrero de 4787, que con ar-reglo al número 33 (le los indicados Estatutos, oingun Tribunal , Ciudad , Villa ni Cuerpo cele-siástico ó secular, concediese título de Arquitecto iii de Maestro de obras, ni nombrase para dirigir-as al que no hubiese sido examinado rigurosamen-e por la Academia de San Fernando ó la de San :árlos de Valencia: que los Arquilentos ó Maestros nayores de las capitales y Cabildos Eclesiásticos )rincipales del Reino fuesen precisamente Acadé-nicos de mérito de una de las dos expresadas, á luyo fin siempre que hubiese vacante, avisarían lichos Cuerpos á una de ellas del sueldo asigna-lo, y sugeto que determinaban elegir para apu- •ar si era tal Académico; y que subsistiese lo pre- ,enido en las anteriores Reales órdenes que que-lan referidas. Sin embargo de todas estas sobe- 36 B )LETIN ENCICLOPÉDICO ranas resoluciones, eran tantos los recursos que motivaba su inobservancia, que mi augusto Pa-dre tuvo por indispensable que el Consejo y Cá-uiara recordasen á los Ayuntamientos, Reverendos Obispos y Prelados regulares las órdenes circula-das para el puntual cumplimiento de lo dispuesto acerca de la previa presentacion á la Academia de los dibujos de obras públicas que se hiciesen , y así lo encargó á ambos Supremos Tribunales en Real órden de 23 de Julio de 1789, á cuya vir-tud , y por lo respectivo á las obras públicas pro-fanas, expidió el Consejo la circular correspon-cliente á las justicias en 30 de Agosto de aquel año. En el de 1793 se presentaron al Consejo el plano y condiciones que se habian formado para la reedi-licacion de un puente sobre el rio Gébalo, y conco se pasasen á informe de la Academia, y en su ; irtud pusiese cinco reparos al proyecto de la obra; fueron vanos los recursos que hizo el Arquitecto encargado de ella, refutando su dictámen, y exi-giendo expresase las razones en que fundaba sus reparos, ó desvaneciese las que aquel daba, cu-yas contestaciones dilataron la determinacion del asunto, hasta que en 9 de Marzo de 1798, consi-derándole el Consejo de interes público, elevó á mi augusto Padre la oportuna consulta, y por su Real resolucion á ella, que se comunicó al pro-pio Consejo en Real órden de 20 de Diciembre del mismo año de 1798, se sirvió prevenir el medio de concluir el expediente para que pudiese egecutar-se la obra del puente, y dispuso que para que en lo sucesivo se evitasen semejantes dilaciones y gas-tos, ocupar inútilmente al Consejo y á la Acade-mia, y un desaire á este recomendable Cuerpo científico por la insubordinacion de sus discípulos, se expidiese nueva circular para la observancia de las de 1777 y 779 ya referidas. Enterado el Consejo de esta Real órden, y de la que se le co-municó en 17 de Agosto de 4800, para que so-brecartase la circular de la Secretaria del Des-pacho de Estado de 4787, á fin de que nadie ale-gase ignorarla, con la declaracion de ser nulos los títulos de Arquitectos y de Maestros de obras ó Albañiles que desde la fecha de aquella hubiesen dado los Prelados, Cabildos, Ayuntamientos y Gremios , expidió la provision impresa de 5 de Enero de 1801 , con insercion de la indicada cir-cular de 1787 y del Estatuto en ella citado, y con las prevenciones conformes á todas las soberanas resoluciones que van referidas. Posteriormente y á virtud de Real órden de 11 de Enero de 4808, se expidió tambien circular por el Consejo en 29 del propio mes, haciendo extensivo á las obras pú-blicas sagradas y profanas que se intentasen de Pintura y Escultura, lo que estaba mandado para las de Arquitectura, respecto de la previa presen-t. acion de los dibujos ó diseños á las Reales Acade-mias de las Nobles Artes; y encargando á los Pre-lados y Autoridades eclesiásticas celasen por medio de las visitas que no se permitiesen en los templos efigies ó pinturas que por su deformidad, lejos de excitar, entibiasen la devocion (le los fieles. Á to -das estas disposicionesobrevino la guera ele independencia, y como por consecuencia de sus estragos en lòs templos y demas edificios públicos era de creer que se irian reedificando y reparan-do segun fuesen recuperándose los pueblos che la miseria á que aquella los redujo, se demostró la necesidad de circular nuevamente las Reales órde-nes anteriores, cuya inobservancia era general, no obstante el recomendado interes de la seguri-dad y ornato de las obras públicas y el del es-plendor y progresos de las Nobles Artes y honor de la Nacion; y habiéndomelo representado así la Real Academia de San Fernando, tuve á bien por mi Real órden de 3 de Agosto (le 1814 encargar al mi Consejo la nueva circulacion propuesta con las adiciones conducentes á lograr el exacto cum-plimienlo de cuanto estaba prevenido eh el par-ticular; en cuya virtud y de la Real resolucion que di á la consulta que me hizo en el asunto el propio mi Consejo, se expidió mi Real Cédula de 2 de Octubre de aquel año de 1814, en la cual, refiriendo el tenor de todas y cada una de las Rea-les determinaciones del ramo, se refundieron en tres artículos para su mas puntual observancia. Todavía continuaron faltando á ella, y en los abu-sos, la mayor parte de los pueblos del Reino, de los que reiteradamente fué dándome noticia la Real Academia de San Fernando; y para cortarlos do raiz y conseguir el cuniplimiento y egecucion de mi citada Real Cédula, mandé al mi Consejo que al efecto expidiese la circular correspondiente , como lo hizo con fecha 30 de Marzo de 4816. Así el asunto, en papel de 5 de Noviembre de 1826, me hizo presente la expresada Real Academia de San Fernando que liabia sido tan general la in-terpretacion siniestra dada á mi indicada Real Cé-dula de 1811, que en los doce años trascurridos tan solo una Ciudad habia con su anuencia provisto el destino de Maestro mayor de su Ayuntamiento, y un Cabildo Catedral dádolaparte del sugeto que habia elegido , pues limitando el sentido de la propia Real Cédula, se habia creído generalmen-te que para Maestros mayores de las Ciudades habian de elegirse precisamente Académicos de mérito de las Reales Academias y no Arquitectos de ellas, y que á pretexto del corto número (le aquellos Profesores, tomando la voz de Maestros de obras, y dando este dictado á los meros prác-ticos del pais, fueron antepuestos á los aproba-dos de Arquitectos: que si la Real Cédula ante- DE NOIII.T_S ARTES. 3"7 rior se expidió por resultas de los estragos de la guerra de la independencia, otras novedades pos-teriores reclamaban, su reproduccion , pues que el prurito innovador de la época ele la llamada Constitucion dió sobrado mérito á las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos, bajo el especioso pretexto de proteger la industria, para declarar y autorizar como libre sin el requisito (le exámen, el egercicio de las artes (le Agrimensura y Arqui-tectura: que por desgracia abundaban ahora estas mismas ideas, tanto, que se creia sola la obllga-cion (le reservar á los Arquitectos y Académicos las obras públicas costeadas por las Corporaciones á fin de que se hiciesen con magnificencia y dig-nidad, y no se advertia que cuando el Gobierno se propuso estas circunstancias despues ele creada la Academia, tenia ya fijada su atencion desde los tiempos mas remotos en la seguridad general y particular; y últimamente me manifestó la propia Real Academia que para establecer en el dia de un modo terminante y tal que cortase de una vez hasta la sombra de interpretaciones, lo que habia de observarse en la materia, habia celebrado acuerdo, y convenido en él en solicitar la expe-dicion de una nueva Real Cédula, que abrazando cuanto resultaba de mis soberanos Decretos, con-ciliase los intereses públicos con el mayor esplen-dor de las Nobles Artes, convenieñcia y fomento ele sus verdaderos profesores, y que á este fin me pro-ponia las reglas que estimaba del caso; y confor-mándome con ellas, he venido en mandar lo si-guiente: PRIMERO. Que en conformidad á mi Real Cédula de 2 de Octubre de 1814 se guarde y cumpla el estatuto 33 de la Academia de San Fernando, en su párra-fo tercero, sobre la aprobacion ele Arquitectos y Maestros de obras, continuando la prohibicion de que ningun Tribunal, Ciudad, Villa ni Cuerpo al-guno eclesiástico ó secular, conceda título de Ar-quitecto ni de Maestro de obras ó ele albañilería, siendo nulos y de ningun valor todos los que pu-diesen haberse dado desde su publicacion por los Prelados, Cabildos, Ayuntamientos y Gremios, debiendo ser consignados dichos títulos en las Es-cribanías ú Oficinas por donde fueron expedidos, segun previene la Real Provision de 5 de Enero de 1801. SEGUNDO. Que con arreglo á la misma Real Cédula, y á la Circular ele 28 de Febrero de 1787, no pueda ser nombrado para dirigir las obras de arquitectura de cualquier clase que sean, el que no se haya su-getado al riguroso exámen de la Academia ele San Fernando ó la de San Cárlos en el reino de Valen-cia, San Luis de Zaragoza y la Concepcion de Va-lladolid, creadas por Ini augusto Abuelo con pos-terioridad á la citada Circular. TERSCERO. Que los Arquitectos Maestros mayores de las Capitales y Cabildos eclesiásticos del Reino sean precisamente Académicos de mérito ó Arquitectos de San Fernando, ó (le San Cárlos si fuere en el reino de Valencia, y de San Luis de Zaragoza y Concepcion de Valladolid en sus respectivos dis-tritos; para lo cual siempre que haya vacante de este empleo, lo avisen á dichas Academias, con expresion del sueldo asignado y (le los sugetos dig-nos de desempeñarlos, que hayan determinado elegir antes de darles posesion, cuya eleccion será libre, aunque guardando la prerogativa á los Aca-démicos de mérito respecto de los Arquitectos, y á estos la que por sus facultades y mayor suficien-cia se adquirieron sobre los Maestros de obras au -torizados por las mismas con facultades restrictas. CUARTO. Que al recibo de esta mi soberana voluntad, los Ayuntamientos de las Capitales, las Intendencias de Provincia y Cabildos eclesiásticos del Reino, den cuenta á la Academia de San Fernando, ó á las que corresponden por su distrito, de los suge-tos que ocupan el empleo de Maestros mayores y sus dotaciones, con nota expresa de la graduacion y procedencia del título que los autoriza para egercer la profesion, á fin de recoger los que pa-dezcan el vicio de nulidad , y acordar lo mas opor-tuno al servicio del público y total cumplimiento de cuanto se halla prevenido acerca de este parti-cular. QUINTO. Que quedando siempre en su fuerza y vigor la órden circular de 25 de Noviembre de 1777, ex-pedida á todos los Reverendos Obispos y Prelados del Reino, por la que se previene se presente á una de las referidas Academias para su aprobacion el diseño de los retablos y demas obras de los Tem-plos, se guarde y cumpla la de 20 de Diciembre ele 1798 , expedida á todos los Ayuntamientos, Cuerpos, Magistrados y personas á quienes com-pitiese, con especial encargo de que antes de di-rigir al mi Consejo los proyectos , planes y dibu-jos de obras de Arquitectos, se presenten á la 38 BOLETIN ENCICLOPI:DICO Academia para su exámen y aprobacion ó enmien-da, en caso de necesitarla, con la explicacion conveniente por escrito de los dibujos en plantas, alzados y cortes de las fábricas, ó por informe facultativo de las mismas, para que examina-do todo atenta, breve y gratuitamente por la cotnision cle Arquitectura, advierta la misma Aca-demia el mérito ó errores que contuviesen, dándo-se de todo la certificacion correspondiente por el Secretario de la misma Academia. SEXTO. Que conforme á lo prevenido por los Sagrados Cánones , y en cumplimiento de la Real órden de 11 de Enero de 1808, se presenten á la Academia los diseños de pinturas ó Ele estátuas que hayan de fijarse ó colocarse en sitios públicos y Templos á expensas de los caudales tambien públicos , ó de comunidades ó de otros cuerpos , conto tambien se presentarán á la misma Academia los dibujos que hayan de grabarse de las efigies sagradas pa-ra exponer á la devocion pública , y los que pro-tendan retratar mi Real Persona, la de la Reina y domas Personas Reales, cual tengo prevenido por mi Real órden de 12 de Febrero de 1817, publica-da en la Gaceta de 26 de Abril del mismo año. SÉPTIMO. Últimamente es mi soberana voluntad que se exija la responsabilidad por falta de cumplimiento respective de cuanto va expresamente mandado, y que segun el tenor del párrafo sexto del citado estatuto 33 de la Academia de San Fernando, las multas en que incurren los contraventores, se exi-jan prontamente y sin la menor dilacion por cual-quiera de los Alcaldes de mi Casa y Corte , Te-nientes de Corregidor y demas Autoridades del Reino que para ello fuesen requeridos, sin formar autos ni proceso alguno, sino en fuerza solamente del exorto que para ello despachare el Nice-pro-tector; y exigidas estas multas, se entregarán íntegramente á la Academia , á cuyos usos las aplico. Remitidas las antecedentes prevenciones al mi Consejo por mi primer Secretario del Despacho en Real órden de 31 de Julio del año próximo pasa-do, las examinó , y con vista de lo que en su ra-zon expusieron mis Fiscales, acordó su cumpli-miento en 14 de Marzo del corriente, y en su vir-tud se expide esta mi Cédula: la cual os mando á todos y á cada uno Ele vos en vuestros lugares, distritos y jurisdicciones, veais, guardeis, cum-plais y egecuteis, y haga.is guardar, cumplir y egecutar en la parte que os corresponda, sin con-travenirla, permitir ni dar lugar á su contraven-cion en manera alguna. Y encargo á los muy Re-verendos Arzobispos, Reverendos Obispos, Cabil-dos clo las Saetas Iglesias, Prelados Regulares y ciernas Jueces Eclesiásticos de estos mis Reinos v Señoríos, contribuyan al cumplimiento y obser-vancia de lo que va mandado en lo que les cor provi-responda, dando para elo las órdenes y -dencias que tuvieren por oportunas: así es Ini voluntad; y que el traslado impreso de esta mi Cédula, firmado de D. Valentin de Pinilla, mi Escribano de Cámara mas antiguo y de Gobierno del mi Consejo, se le dé la misma té y crédito que á su original. Dada en Villafranca de Ebro á 21 de Abril de 1828. — YO EL REY. §eccion %rtística. PINTURA - RETRATOS. Consejos sobre este género de pintura, por M. Ilclaistre (* ). Cuando se hace un retrato deben tenerse pre-sentes cuatro cosas: la fisonomía, la actitud, el colorido y el troje Ele la persona que se representa. L Fisoivobtfa.—Se da este nombre al acorde que tienen entre sí y con las lemas partes del cuerpo las facciones del rostro. Este acorde constituye el carácter particular de cada indisicluo y hace que su vista nos hiera de modo que lo reconozcamos inmediatamente. La nariz , por su poca movilidad, es Ele las par-tes del rostro la que contribuye mas eficazmente á dar la semejanza á la fisonomía. Siguen los ojos y en especial la expresion (le la vista. Por lo que res-peta á la boca debe dibujarse sencillamente y re-producir su movimiento mas habitual, pues fuera un defecto hacer reir un retrato; siendo habitual-mente seria la persona que representa.... Debe evi-tarse igualmente el hacer pequeñas bocas por se-guir la moda ó por agradar á las personas que se retratan.... hIay otra circunstancia que se olvida frecuente-mente en un retrato y que ayuda poderosamente á su semejanza: tal es la indicacion de la estaturà de la persona.... ¿Cómo juzgamos Ele las dimensio-nes Ele un objeto? Coniparandolos con los cuerpos (*). Cours méthodique du dessein et de la peinture , Paris, 1812. Tom. 11 . púg. 312, DE NOBLES A11TES. 39 que los rodean. Y tocante á los retratos, no es el marco que los circuye el término de comparacion mas inmediato? Para figurar pues la elevacion ó pequeñez del talle, basta subir ó bajar en el cua -dro la cabeza del retrato. 11. ACTITUD. —Esta voz se deriva del italiano at-titud ine y expresa la posicion ele todo ser viviente y de cada uno ele sus miembros. La actitud debe ser adecuada á la edad, sexo, condicion é inclina-ciones de la persona que se representa. Hay ac-titudes de dos clases: de reposo y de movimiento; las primeras convienen á todas las edades, sexos y condiciones, las últimas son propias en general de la infancia y de la juventud; pero en las clases inferiores se las encuentra tambien en la edad ma -dura. Las actitudes ele movimiento no convienen en ningun caso á la edad avanzada, porque es la época en que el trabajo ha cesado y porque de dia en dia nos abandonan las fuerzas. Cualquiera que sea el género de actitud, si se quiere acercarse á la naturaleza es preciso huir siempre ele la afectacion y envaramiento: á las mu-geres sobre todo debe dárselas una postura gracio-sa, colocando su rostro ele frente á la luz, para disminuir las masas ele sombra y dar mayor realce á la frescura y brillo de sus carnes. III. COLORIDO. - El colorido de la cara, mas bien que como efecto del arte, ha de aparecer en el lienzo como la reflexion de la naturaleza. Esta parte del retrato de suyo tan importante y que á primera vista parece referirse exclusivamente á la pintura policroma ó ele varios colores, es tam-bien peculiar á la monocroma ó de un color solo , pues si con esta no pueden imitarse diversos tonos, es posible por lo menos atender á su valor relativo. Una persona morena, por ejemplo, tendrá una tinta mas subida necesariamente que la que sea rubia; y no será difícil expresar el viso de los ojos, el de las cejas y cabellos, como tambien el del bermellon de los labios y el del encarnado ele las mejillas. Para la imitacion perfecta del colorido son nece-sarias dos cosas: precision de tonos y habilidad para encontrar teclas las causas que pueden darles real-ce. Se consigue lo primero comparando los tonos que uno ha producido con los que nos da la natura-leza. Para dar realce á los tonòs es preciso ilumi-nar el original de molo que resalte la frescura ó el calor de sus carnes y disponer entorno suyo aquellos objetos cu yo color se refleje ventajosa-mente, ó antes bien que se refleje apenas; pues todo reflejo ademas de ser engañador, tiende á desnaturalizar el tono principal. En Un , se ha de arreglar un fondo que por la subordinacion de sus Untas aumente el efecto del retrato. 1V. TRAJE. - El vestido generalmente hablan-do debe ser sencillo; adornarlo demasiado seria hacer ultraje á la naturaleza. El modo habitual de cubrir la cabeza contribuye tambien poderosamen-te á la semejanza; por esto debe ponerse sumo cuidado en conservarlo cuando se haga un retrato. Un hombre calvo que para hacerse retratar se pu-siese una peluca sin intencion de llevarla en lo sucesivo; una muger que llevando constantemen-te gorro se presentase al retratista con la cabeza descubierta y peinada con el mayor esmero, se-rian enteramente desconocidos en el lienzo. Tocante al vestido se puede decir lo mismo; na-da mas absurdo que hacerse retratar con vestido nuevo, pues por una parte nadie ha de conocerlo, y por otra no ha de formar pliegue alguno en ra-zon á no haber sido llevado nunca, ofreciendo exactamente el aspecto de un vestido de madera labrado por el tornero. Las personas deben retratarse pues, con el traje en que se acostumbra verlas; si por este motivo se pierde algo de frescura, algo ele pren -sado, en cambio se obtiene mas verdad y la compensacion resulta á favor del arte. Tocante á este punto referiremos una anécdota, conta -da por Diderot. « Un jóven fué consultado por su familia acerca el modo como quería que se hiciese retratar su padre, cuyo oficio era el de cuchillero. —Ponedle, contestó, su vestido ele tra-bajo, su gorra de forja y su delantal; que se le vea en su banco con una lanceta u otro instrumen-to en la mano en actitud de probarlo ó de afilarlo y sobre todo no olvidarse de que lleve sus anteo-jos. — Estas disposiciones no fueron observadas; se le envió un hermoso retrato de su padre de cuerpo entero con una herniosa peluca, un ele-gante vestido, una rica media y una preciosa caja ele polvo en la mano. El jóven que en el carácter tenia gusto y apreciaba en él la verdad, dando las gracias á su familia, la escribió : —« Nada que val-ga la pena ha hecho el pintor ni vosotros; yo os habia pedido mi padre de cada dia y solo me ha-beis enviado mi padre ele los domingos. » Tenia ra-zon aquel jóven; es preciso que cada uno se halle vestido segun su condicion y conforme á sus hábi-tos; la precision del traje en un retrato ayuda frecuentemente á darlo á conocer. Lo que acabamos de decir tocante á la puntua -lidad en el traje se aplica indistintamente al dibu-jante, al pintor y al estatuario. En efecto, nada mas ridiculo que aquellos retratos de hombres modernos disfrazados ele griegos ó de romanos; que aquellos retratos de grandes príncipes calili-cados de eminentemente cristianos, trasformados en divinidades paganas. El Luis X1Y de la puerta ele San Martín en Paris no ofrece mas á primera vista que un Hércules con peluca; mientras que 40 BOLBTIN ENCICLOPÉDICO el Enrique IV de la Puerta Nueva de aquella vill: figura la imágen completa del Bearnés, como e Napoleon de la Plaza Vendome recuerda al ven-cedor de Marengo y ele Austerlitz, aquel en fin qui conduja tantas veces las armas francesas á la vic-toria. Así, pues, cuando un pintor ó un esculto. egecuta un retrato, sobre todo el de un personagi célebre por su talento, por su virtud ó por el ran -go que ocupa, debe acordarse siempre que trabaj< por el porvenir mas que por el presente y que des-de entonces es en cierto modo reponsable á la pos-teridad de los errores que en lo sucesivo puedh originar á consecuencia de los cambios por él adop-tados. No debe titubear nunca en imitar escrupu-losamente el traje, por ridículo que pudiese pare-cerle, pues este suele ser con frecuencia bastante extravagante, para dejar (le ofrecer ideas falsas á los extrangeros, sin que. se busquen todavía nue-vos medios para desnaturalizarlo; testigo de esto el uso de llevar botas adoptado por todos los Fran-ceses desde principios de este siglo, uso que indu-jo á decir al sabio profesor chiaao Kiang-tzé que to -dos eran cabalerizos. Donde nos halaríamos hoy dia si los Egipcios, los Griegos y los Romanos se hubiesen hecho representar en sus parceles, en sus estatuas ó en sus medallas con trajes de pura fantasia? No solo nos fuera imposible figurarlos ple un modo conveniente , sino que los datos histó-ricos no ofrecerían certidumbre alguna. No imite-mos el siglo de Luis XV en el cual las mugeres se hacian retratar á la manera de Dianas, Venus, Ce-res ó Porronas, al mismo tiempo que los hombres se representaban como Apolos ó Alejanctros, sin que en unas y otros se alterasen en nada los toca-dos frisados y crespados, con bucles empolvados al estilo de entonces. Digamos en suma que los retratos son particu-larmente los que ayudan á conocer el traje de los diferentes pueblos y ele las diversas épocas; los que permiten seguir los progresos de la civiliza-cion por la perfeccion del vestido. Un retrato es un monumento histórico, que de un extremo á otro debe ser elevado religiosamente con arreglo al ti-po que le conviene. El uso de las corazas entre los Francos prueba que se ha llegado al reinado de Pepin el Breve. El empleo de las armaduras com -pletas en Francia, anuncia que se ha entrado en el siglo undécimo, pues antes ele aquella época se empleaban tan solo las cotas de malla. En el siglo XIV el uso de las corazas se hace general y el uso de llevar braguetas recuerda el tiempo de Fran-cisco I. Fnt.re los antiguos Romanos se hallaban en tan grande honor los retratos, que al decir (le Pli-nio, se conservaban en armarios especiales los bustos de cera que representaban los antepasa- (los, con el fin de que cada pompa fúnebre pudie-se ser acompañada por todos los miembros de una misma familia, los cuales por este medio asistían á ella en realidad ó en imágen. V. Política artística respecto á los falsos ►NTr- LIGENTes. — Para que un retrato sea reputado por bueno, no hasta que artísticamente hablando reu-na todas las cualidades requeridas; es preciso ade-mas que el que lo ha hecho tenga la habilidad ele hacer resaltar su mérito. Desde luego aconsejare-mos que jamas se enseñe un bosquejo, si no es á los artistas que son nuestros amigos y á los verda -deros inteligentes, pues que solo delos pueden esperarse buenos consejos. Esta regla debería ob-servarse hasta que la obra estuviese enteramen-te acabada y barnizada, y diremos mas, hasta que se hallase colocada en su marco. Pero si como puede suceder se tuviese que de-rogar este principio por ciertas consideraciones particulares y el pintor se hallase en la absoluta necesidad ele enseñar su trabajo á personas extra-ñas á las nobles artes y al buen gusto, entonces fuera prudente no pedirlas su parecer, sobre todo si estuviese presente el modelo, en razon á que por exacto que sea un retrato, no puede jamas sostener con ventaja el paralelo con la naturale-za. Y conco debe preverse todo, si diese la casua-liclad que aquellas personas se adelantasen por sí mismas á emitir su opinion, debería apresurar-se el pintor á distraer con disimulo su atencion bá-cia otro objeto, ó bien no siendo esto posible, ase-gurarlas que sus observaciones son justas, pero que esto depende de no estar concluido el trabajo. De este modo, afectando mucha deferencia á sus juicios, el pintor evitará el tener que cambiar nada; ó si lo pedido fuese poca cosa, aparentando retocarlo en su presencia, quedará alhagado su :►mor propio , aumentando en su opinion la facilidad y el talento del artista. Para ver sobre este particu-ar cuanto conviene estar prevenido, estractare-nos del Vasari la siguiente anécdota: «Hallándose un cija el Papa en el taller de Mi- ;uel-Ángel y examinando una estatua de mármol tuc acababa de labrar este artista, sin tener en ;l arte ningun conocimiento, le dijo : «la nariz de ,sta estatua es demasiado grande.» Al oir semejan-e desatino, apresuróse el escultor á dar razon á u Santidad y fingiendo deseos de enmendar el de-celo en su presencia, tomó en una mano el mar-illo y en la otra el cincel con un poco ele polvo !e mármol que iba dejando caer á medida que pareutaba retocar la nariz defectuosa. En lin , »ando le pareció haber esparcido bastante poli o para inspirar confianza á sus espectadores,. vol-iéndose al papa, le elijo: «Adesso, Sanatíssiuco 'odre, che gliene pare ? » (Qué le parece ahora á uestra Santidad?) — « 0 signor D1icl:el-Antelo DE NOBLES ARTES. 41 .qli arete dato la vita. » (Oh señor Miguel-Ángel , le ha (lado Y. la vida ). Los muchos casos que podríamos citar por el estilo del que acabarnos de referir, demuestran cuan poco puede fiarse el artista del parecer de aquellos que nada conocen en las artes, hasta que punto debe simular someterse á los consejos que no se le dan por verdaderos inteligentes ó por verí-dicos prácticos; y cuan poco puede contar al pro-pio tiempo con el valor de los elogios que al acaso le sean dados por personas ignorantes en el arte. J. 0. y B. Seeclon de caminos y canales. BOLETIN DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS. En el número 4.° del h..° año de la pu-blicacion de este periódico correspondiente al 45 de Enero , pero impreso posteriormente á la distribucion del Prospecto de nuestro Boletin, se lee una advertencia de la redaccion, dirigida á explicar la marcha que se propone seguir la misma en sus trabajos periodísti-cos sucesivos. Si hemos de dar credito á las palabras de aquella advertencia, el Boletin de Caminos, Canales v Puertos va á salir del tris-te estado de abandono y abyeccion en que se encontraba, vá á ofrecer en sus colunas no solo abundantes materiales de instruccion, si que tambien numerosas pruebas ele que es digno de llevar el nombre de todo un Cuer-po facultativo. No queremos hacernos la ilu-siou de que el contenido de nuestro Prospecto y señaladamente el del n.° 4.° de nuestro $oletin hayan podido contribuir en una pe-queña parte á que los redactores del perió-dico oficial que nos ocupa, tomasen la resolu-cion que manifiestan en su expresada adver-tencia ; cualquiera que sea la causa que á ello les haya inducido , nosotros que antes que arquitectos somos españoles, nos hemos complacido en la lectura de aquellas líneas , tanto por contener bastantes ideas iguales ó parecidas á las que emitimos en nues-tro primer impreso , cuanto por creer que en lo sucesivo ocupará el Boletin de Caminos de España un lugar mas decoroso entre las pu-blicaciones de su especie que ven la luz pú-blica en los paises civilizados del globo. Hagamonos ahora cargo de algunas de las ideas que emiten los redactores del Boletin de Caminos en la citada advertencia , siquiera no sea mas que para tomar en nuestro perió-dico una especie de acta de sus futuros com-promisos , siquiera no tengan mas objeto nuestras palabras que advertir á dichos re-dactores que estamos dispuestos á pedirles cuenta del modo y forma como sabrán cum-plir lo que han prometido en el escrito á que nos referimos. Destinada la parte oficial del Boletin de Ca-minos, Canales y Puertos á «insertar estric-tamente las leyes , decretos , reglamentos , circulares y órdenes del gobierno , y de la Direccion , así como tambien la organiza-cion , servicio y movimiento de esta, del Cuerpo de ingenieros y de su Escuela espe-cial, » poco tendríamos que decir acerca de ella , si la experiencia no hubiese demostra -do ques la que ocupa mayor número de páginas del periódico. Creemos que hubiera sido mas conveniente , aunque con algun au-mento en el precio de suscripcion , que la parte oficial del Boletin se hubiese impreso en foliacion particular , destinando íntegras las 46 páginas de cada número á la parte pura-mente científica ó facultativa. No hacerlo así, será quedarse siempre muy cortos en la pu-blicacion de los conocimientos que pueden interesar á los ingenieros y á los empleados y constructores que de los mismos dependen. Por lo que respeta á la parte no oficial del Boletin, desde luego aprobamos la divi-sion en secciones conforme la tenemos noso-tros adoptada, porque en efecto es la mas á propósito para encontrar ordenadas las mate-rias que en publicaciones de esta clase se comprenden. 111ucho nos complace que en la seccion de obras publicas se inserten los trabajos de que habla la advertencia y sobre todo que se dé cabida en ella á las dilucidaciones ó discusiones mesuradas y provechosas que sobre los diferen-tes ramos de su profesion se establezcan entre los ingenieros; pero muchísimo mas nos bu-hiera agradado que despojandose en esta ma-teria del mezquino espíritu de Cuerpo los in-dividuos de la redaccion, hubiesen abierto sus colunas á los demás facultativos que mesura- (lamente y con beneficio de la nacion y quizás con provecho del mismo cuerpo de ingenie-ros , hubiesen creido conveniente promover y sostener algunas de aquellas discusiones. Tambien estamos conformes con las ideas que emiten los Redactores del Boletin de Ca-minos acerca. las secciones de industria y de ciencias ; si bien que en esta parte quisiéra- 6 4Z flOLETIN ENC1CLor ntro mos que los artículos que se publicasen tu-viesen una conexion mas íntima con la cien-cia del ingeniero que la que se nota en varios (le los escritos publicados por la Redaccion en una y otra de aquellas secciones. La seccion de variedades tiene muchos pun-tos de semejanza con la parte de nuestro Bole-tin que hemos distinguido con el mismo nom -bre; con esto es fácil conocer que debe merecer nuestro asentimiento. Diremos sin embargo , que los artículos sobre viajes é historia , si bien muy recomendables para la instruccion y solaz del literato , los encontramos poco á propósito para ocupar al ingeniero , siempre que no lleven por objeto la descripcion de al-guna obra de importancia ó la explicacion de algun descubrimiento no conocido entre no-sotros. La biografía de los ingenieros y hom -bres célebres en el estudio de las ciencias y de la industria, nos hubiera gustado mas si hubiese formado el objeto de una seccion par-ticular. La seccion de bibliografía tiene la misma tendencia que la de nuestro Boletin ; por esto tocante á ello nos conformamos completamen-te á las ideas de los Redactores ingenieros. Tambien nos gusta que en la crónica se dé no-ticia de TODOS LOS HECHOS relativos á las obras públicas y á los agentes que en ellas se ocu-pan , pues haciendolo así tal vez podrán irse corrigiendo algunos de los varios abusos que tanto en aquellas como en estos se irán le-yendo quizás en las columnas de nuestro pe-riódico. Ya es hora de que se ponga coto á estos abusos ; ya es hora de que los ingenie-ros de caminos, lo mismo que sus dependien-tes, den á conocer prácticamente que no es un sarcasmo la exhibicion del curso previo de moral para entrar en la Escuela especial del ramo. No es esto decir que no haya mu-chos hombres virtuosos y puros en el Cuerpo de Caminos ; pero basta que uno solo tenga elástica la conciencia, para desacreditar á los demás y poner un eterno borron á la institu-cion que lo ha acogido. Por lo que tocaá la seccion de anuncios la cree-mos hasta cierto punto superflua desde el mo-mento que se ha adoptado ya la de bibliografía. En efecto , dar á conocer á los ingenieros una obra por su simple título sin ponerles de mani -tiesto su mérito científico , es exponerles á malgastar el dinero y á perder el tiempo en su lectura, si la obra es mala, ó á privarles del estimulo que les hubiera movido á comprarla en caso de ser verdaderamente buena. Tales son las secciones que entran en el plan modificado por la nueva Redaccion del Boletin de Caminos; todas son interesantes y desempeñadas con perseverancia y buen celo, no solo han de hacer un bien inmenso á la mayoría de lectores á que están destinadas, sino que pueden contribuir poderosamente á rectificar la desfavorable opinion que se iba ya formando de los ingenieros encargados de este periódico. Por nuestra parte desistimos desde ahora del propósito que teníamos he-cho de censurar concienzudamente el conteni-do de los números correspondientes á los tres primeros años de la publicacion que nos ocu-pa; bástanos la especie de confesion que im-plícitamente encierra la advertencia y los ve-hementes deseos de enmienda que en ella se manifiestan, para correr un velo á lo pasado y atender tan solo á lo que vaya viniendo. Una excepcion haremos tan solo y será tocante al número en el que con fines poco caritativos se copia la diatriba de Betancourt contra los arquitectos de su época. La oficiosidad de la Redaccion del Boletin de Caminos tocante á este documento, bien merece una prueba de buen celo por parte de la Redaccion del Bole-tin de Nobles Artes; no faltará esta prueba. Terminaremos estas líneas observando á la Redaccion del Boletin oficial , que hemos ha-llado á faltar dos secciones en la explanacion de su pensamiento: una destinada exclusiva-mente á la Arquitectura civil, á las obras de sus Profesores y al Periódico publicado por varios de los mismos; y otra dedicada enteramente á los Ferro-carriles y Puentes colgantes tan en voga en nuestros dias. En la seccion de arquitectura civil hallarian los ingenieros un campo tan noble como vasto para probar con armas de buena ley la insuficiencia que suponen en los arquitectos; la seccion de ferro-carriles y puentes colgantes les serviria para dejar pro-bada la injusticia que se les hace tal vez, cuando la pública fama les supone sin apenas con conocimiento alguno en uno de los ramos en que con mas honor del Cuerpo y con me-nos gravámen de la Nacion podrian ser em -pleados. —J. 0. y B. HIJUELA DE G1IANOLLERS. Si bien por delicadeza debia al parecer retraer-me de entrar en nada que tuviese relacion con la carretera de tiich, ya porque no se atribuyese a oficiosidad mia, habiendo desempeñado el cargo de director de las carreteras de esta provincia que se costean con fondos especiales, ya por la circuns- DE POBLES ARTES. 43 tancia de haber sido el autor del proyecto por el Congost, que con ligeras modificaciones presenta-das por algunos Ingenieros del ramo ha aprobado la Direccion general de Caminos; ya en fin por ha-ber emprendido esta tarea uno de mis dignos com -pañeros de redacion; sin embargo, no he repa-rado en emitir mi simple parecer acerca del estado fatal de la hijuela de Granollers y trozos (le camino inmediatos que segun se asegura opinan los Inge-nieros civiles que deben abandonarse, para de-mostrar hasta la evidencia los notables perjuicios que se acarrean al público obrando con ligereza y sin la suficiencia necesaria, como se ha obrado en la parte facultativa de la hijuela y trozos de canino indicados. En 1.° Abril de 1842, al encargarme ele la direc-cion de los trabajos emprendidos ya en la carre-tera de Vich, que consistían en la conclusion de los tres trozos que median entre las inmediaciones. del Pueblo (le Mollet y de la Villa de Granollers, formando un total de 17.705 varasde Burgos, á mas de las 2.200 varas pasado el referido pueblo que con tanto acierto había dirigido en el año 1839 mi amigo y compañero, el académico de mérito D. Felix Rivas, tuve ocasion de prevenir las funestas consecuencias que debian seguirse con notable per-juicio del país, no solo por la pérdida de cuantiosos intereses, sino tambien por alguna desgracia, cuya exposicion no se ha podido remediar todavía en el mismo trozo ele la espresada hijuela. La poca detencion con que obraron los ingenie-ros de entonces, máxime al adoptar la linea actual de esta hijuela, es causa hoy dia, no solo de la pérdida de los 15.000 DUROS que sin el menor fruto se han invertido en aquel corto trecho de 2.548 varas para mejorarlo y repararlo, sino tam-bien de la inutilidad de los 5.000 Ds. en que se tostó por asiento (* ). De modo que este primer error habrá ocasionado la pérdida de 72.121 DU-ROS que montan los trozos que se proponen abandonar ahora los mismos ingenieros, en razon al pésimo estado de la anotada hijuela y dificulta-des que hallan para remediarlo. No es mi ánimo oponerme á lo que tienen pen-sado los citados ingenieros en la nueva via que ha (') Insignificante cantidad por cierto para aquel es-cabroso trecho, cuyos resultados han sido tan poco sa cau-tisfactorios á los esquilmados Asentistas, que han -sado pérdidas de consideracion á los tres ó cuatro que han intervenido en él , teniendo que abandonar la obra hecha y herramientas y aun dando algunas sumas de dinero para salir de obligacion tan pesada á que les condujo la confianza de la exactitud en el presupuesto, la falta (le perfiles y datos ciertos y la contradiccion en que envolvian al Asentista algunos capitulos de la con-tréta, conforme se lo manifesté repetidas veces á S. E. de reemplazar á los trozos que van á quedar abañ-donados; repruebo sí la falta de oportunidad con que al parecer se trata de engolfar á esta Provin-cia en nuevos gastos de consideracion, tratándose como se trata de buscar otra linea mas á propó-sito, segura y cómoda para ir á Barcelona que la actual. Afortunadamente ésto mismo propuse á S. E. la Diputacion en la memoria que tuve el honor de dirigirla en 6 de Setiembre de 4842, pues en ella esplícitamente reprobaba la línea seguida y describia la que en mi concepto debia haberse adoptado para no aventurarse entre otros, á los graves perjuicios que altora deplora ya la provin-cia al verse precisada á hacer un inesperado gas-to de tantísima consideracion; y todo, pues es la pura verdad, por no haberse estudiado y meditado el plan cual exigen las reglas del arte y como impe-riosamente lo reclamaba el empleo de los cauda-les que á los autores del proyecto se confiaron. Se trata nada menos , entre el coste de la que se proponen abandonar, y el de la nueva que ha de substituirla del gasto aproximadamente de unos 140,000 DUROS, mientras se quedan en pro-yecto otras interesantísimas vías de comunica-cion y otras recomendables mejoras de no poca importancia para el país, que en su consecuencia si no quedan frustradas para siempre, permane-cerán estacionadas por largo tiempo con disgusto general de los pueblos. — Miguel Garriga y Roca-. Scecfla_szs tang°ibataa. COMUNICADO DEL Sr. GAFAS. (*) Del sentido literal de este curioso docu-mento se deducen algunas consecuencias, que no podemos pasar por alto, sin faltar al deber que en el prospecto de nuestro perió-dico nos impusimos. 1.° Que para disminuir considerable-mente el valor del edificio que fué conven-to é iglesia de P.P. Trinitarios, se supuso que esta última se hallaba enteramente del e-riorada y que amenazaba ruina en su, mayor palle; este supuesto es completamente gra exceptua el coro de la misma, y-tuito, si se lo saben todos los que asistieron á las ¡un-ciones dadas en ella por el inimitable Mr. (*) Suplemento al Fomento del 29 de Marzo (le este año. 44 BOLETIN ENCICLOPtDICO Aüriol de Paris. Por nuestra parte podemos asegurar sin temor de ser desmentidos, que la obra derruida, á pesar de su edad, no cedia en nada á la solidez del nuevo edifi-cio. 2.' Que en la primera medicion del área ocupada por el edificio , los peritos ar-quitectos encontraron 2.322 palmos cua -drados menos que los últimos peritos que practicaron igual medicion. La diferencia es tan notable que no puede dejar de po-ner en un verdadero compromiso científico á los primeros medidores, si como se asegu-ra por el autor del comunicado que comen-tamos, no Iran sido combatidos geométri-camente los resultados ofrecidos por los últimos peritos. Por el honor de nuestra profesion deseamos que al aclarar este ne-gocio, se ponga de manifiesto que la dife-rencia obtenida en las dos mediciones, fué quizás motivada por las dificultades que pu-dieron ofrecer á los peritos que las practi-caron los escombros del antiguo edificio que ocupaban su localidad , ó por una mala inteligencia en la comprension de los terre-nos que debían ser valorados. 3. , El valor de 8 rs. 17 ms. que se-gun el comunicante se asignaron por palmo superficial al terreno de este edificio, hace subir su valor á 665.754 rs. vn. , no con-tando mas que con los 78.324• palmos cua -drados obtenidos por los primeros peritos. Pero "aquel valor por palmo es del todo des-preciable, como se dice muy bien en el co-municado, si se atiende á la localidad en que se encuentra el edificio derruido y al subido precio á que se hallaban los solares de Barcelona cuando se verificó aquella ven-ta. Se dirá que siendo una finca monacal nunca podia estimarse en tanto como si hu-biese pertenecido á una propiedad particu-lar; esto es una verdad, pero la rebaja ex-cede de mucho á lo que debia disminuir por razon de dicha circunstancia. Siendo de pro-piedad particular el edificio en cuestion , el palmo superficial de su terreno no hubiera bajado de 40 rs. vn. enn la época de la ven–'I ta, y enagenándole á pública subasta, no se hubiera licitado á menos de 24 rs. el mismo palmo en consideracion á su natu-raleza; y esto sin contar con el valor del edi- Cicio , que no hubiera sido menor de 40.000 rs. Por lo que puede decirse que valiendo la cosa vendida 1.919.776 rs. segun la medi -cion de los primeros peritos y 1.975.304 rs. conforme á la medicion de los últimos , la Nacion sacó por ella tan solo 665.734 rs. ; es decir apróximadamente el tercio del valor verdadero. Estos resultados no necesitan comentarios. Por el honor de los Sres. que han intervenido en este enredado negocio, deseabamos ver refutados los asertos de] comunicante; pero se ha guardado silencio, á pesar de los graves cargos que encierran : nuestros lectores se habrán anticipado como nosotros á dar el fallo que , habiendo jus-ticia , debe emitir el tribunal competente. J. 0.y li. COï1TLSTACION Á LAS PREGUNTAS INSERTAS EN EL N.° 1 .° DE ESTE BOLETIN, Pág. 46. ( ) PRIMERA rREGUNT:> >—El nuevo Teatro que se esta construyendo en Trinitarios es edificio Ptuvaao ó PÚBLICO? Contestacion. —Es EDIFICIO PUBLICO. Para probar la exactitud de nuestro aserto, de-jeinos hablar á los autores de arquitectura. BAILS en su Diccionario de Arquitectura civil, art. Edificio, pone: (*-) Teniamos ya impreso el primer pliego do este número cuando se nos ha acercado D. Mariano Llopart para manifestarnos en nombre de D. Joaquin Maria Gispert que no era exacto que este hubiese proferido las expresiones que contra el saber é idoneidad de los Arquitectos de Barcelona se le atribulan; añadiendo que si algo hahia dicho acerca nuestros compañeros de profesion, habia sido tan solo haciendo referencia á los dos 6 tres arquitectos con quienes habia tenido la des-gracia de tratar. No es del momento entrar en las re-zones que nos indujeron á dar crédito a lo que se ase-guraba haber dicho el Sr. Gispert de la clase de Profe-sores á que nos honramos de pertenecer ; diremos úni-camente, que no teniendo unas objeto el citar su nom -hre y el hacer alusion á su persona que legar á la n a-nifestacion que por encargo suyo nos ha hecho el Sr. Llopart, facultándonos ampliamente para publicarla, desde ahora nos damos por satisfechos y consideramos terminados los ataques legales que nos habiamos pro- DE NOBLES ARTES. la EDIFICIO PÚBLICO. El que se fabrica para uso de las personas de todas clases, como las iglesias, fuentes, TEATROS, hospitales, etc. VALzaNiA en sus Instituciones de arquitectura pág. 49 dice: Los edificios públicos profanos son aquellos cu-yo destino es ya la conveniencia y utilidad, ya la ostentacion, ya EL RECREO DEI. Púla.ICO. MILIZZIA en sus Principios de arquitectura civil, tom. I1, cal). IV pone los teatros en la sexta sub-division de los edilicios públicos. QUÀTRÉMÉRE DE QUINCY en su Diccionario histó-rico ele arquitectura, art. Betinlent dice: EDIFICIO PÚBLICO. Se llama así el que es de uso del público, como las casas consistoriales, las bol-puesto dirigirle, hasta dejar puesto en el lugar que se merece el honor de una profesion que creimos ultra-jada. Por lo que respeta á los arquitectos que lamenta el Sr. Gispert haber conocido en el negocio del Teatro en cuestion, nos limitaremos á decirle, que no solo á nues-tro modo de ver les hace una manifiesta injusticia, ha-blando de su capacidad en lo términos poco favorables con que lo hace, sino_ que consideramos bastante im-propio su lenguaje sobre el particular, tratándose de Profesores que no dudamos podrian probar en lucha artística todo lo aventurado de sus asertos. Pero si to-cante á este punto no estamos conformes con él, no su-cede otro tanto con respecto á lo que se dice del arqui-tecto D. José Oriol Mestres; pues es muy cierto que no es culpa del Sr. Gispert el haber encontrado un Profe-sor que faltando á lo que se debe á si propio y al honor de su profesion, haya contribuido con una exótica firma á que, sorprendiendo al Ayuntamiento, se le haya dado el permiso para edificar las fachadas del nuevo Teatro , que de otro modo no hubiera conseguido. Cerraremos esta nota suplicando al Sr. Gefe Superior Político nos dispense por esta vez la citacion de nom en nuestro Boletin , ya que se dirige hasta-bres propios cierto punto á satisfacer los deseos manifestados por su Señoría; rogando al propio tiempo al Sr. Gispert que nos proporcione ver la nueva fachada á medida que se vaya elevando, para amenizar nuestro periódico- con la descripcion minuciosa de las bellezas y defectos que nos haga ver en ella la mas detenida y concienzuda critica. Si nos priva de este gusto, si el tapar con tablas y esteras la nueva fachada ha tenido por principal objeto impedir á nuestra redaccion que pueda templada y ar-tisticamente hacer de la misma el correspondiente aná-lisis, le diremos desde ahora, que quedará momentá-neamente satisfecho su deseo; pero cuando el tiempo corra aquel velo de nueva estofa, sabremos resarcir-nos de la privacion inusitada en que se nos habrá teni-do, dejando evidenciado á la faz de toda España, que en materia de Nobles Artes lo mismo que en agricultura, hay plantas exóticas quo no logran arraigarse, desde el momento que se las separa de su terreno primitivo. J. Oriol y Bernadel.—A. Rovira y Trias sas, las bancas, los hospitales, los hospicios; etc. ¿Y para que poner mas ejemplos, cuando todos los autores definen los edificios públicos como Bails, Valzania y Quatremere de Quincy? Se dirá que el Teatro de Trinitarios no es edilicio público porque se construye con fondos particulares? Contestar por la afirmativa seria desconocer los autores de arquitectura de mas nota y la genuina significa-cion de las voces privado y publico. Nosotros cree-mos que lo que da el carácter de pública á una obra , no es precisamente que sea costeada por el público, esto es, echando mano de los fondos nacionales, proNinciales ó comunales, sino el que se halle destinada al uso del público, ya sea gratui-tamente, ya sea exigiendo una retribucion de an-temano fijada. Y sino- que se nos diga, si podria denominarse público un palacio, por ejemplo, que la Nacion hubiese costeado para uso de un ciuda-dano y en recompensa de inmensos servicios pres-tados por él á la patria; que se nos diga por la in-versa si se le ocurrirá á nadie considerar corno á obra privada un ferro-carril destinado á la tras-lacion de viageros y al transporte de las manufac-turas, mediante una retribucion señalada. El due-ño de un edificio privado puede admitir en él á las personas que le acomoden, puede cerrarlo ú abrir-lo cuando mejor le parezca, puede tenerlo arre-glaclo interiormente á medida de su gusto; podrán hacer otro tanto los dueños del nuevo Teatro, tan luego como hayan dado en él la funcion primera? Que se nos conteste si es posible. SEGUNDA PREGUNTA. —En cualquiera de estos su-puestos, está arreglado á las disposiciones del BAN-DO DE BUEN GOBIERNO? Contestacion. — Ni en uno ni en otro. Admitamos en primer lugar que el Teatro en cuestion sea un edificio particular. El art. 5.° del Bando de buen gobierno, revisadò y adicionado por el Ayuntamiento constitucional de 1842 , previe-ne lo siguiente : La altura total de los edificios, con inclusion de la baranda del terrado ó de la cubierta del tejado, no po-drá ser mayor de 97 palmos, sea la calle ó plaza de ma-yor ó menor anchura, sin que parte alguna del edificio ni otro objeto colocado sobre el mismo pueda exceder de dicha ele-sacian..... Sise faltase á lo prevenido, incurrirá en la multa de 100 rs. el dueño del edificio, con obliga-cion ademas de sugetarse á lo que se disponga y en la de 1000 rs. el director de la obra. La simple lectura de este articulo y la sola vista del nuevo Teatro demuestran evidentemente, que se ha infringido el Bando de buen gobierno, sin que por parte del Excmo. Ayuntamiento se haya tomado ninguna providencia. Supongamos ahora la realidad , es decir, que 4G BOLETIN ENCICLOPLDICO el nuevo Teatro es un edificio público. Tambien se ha infringido el bando en este supuesto, pues la fachada de la calle de S. Pablo no está confor-me con el dibujo presentado al Ayuntamiento y aprobado por este Cuerpo. Luego si se obra co-mo la justicia reclama, los artículos 1 • 0 y 30 deben tener á su tiempo la aplicacion oportuna. TERCERA PREGUNTA. — Estuvo en su derecho el Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad cuando apro-bó las fachadas (le aquel edificio por el mero hecho de ser certificadas como copia del original por un arquitecto? Contestacion. — No lo estuvo, porque solo po-dia admitir aquellas fachadas, cuando se hubiese probado en ellas que el original era hecho por persona autorizada. Aquí debemos tambien considerar la cuestion bajo el doble punto de vista de ser el edificio pri-vado ó público. Supongámosle privado; el articu-lo 12 del cap. II de la Ordenanza artística de la real Academia (le Nobles artes de San Fernando, aprobada por S. M. dice así: Son concedidas al arquitecto amplias facultades para poder medir, tasar, IDEAR y dirigir toda clase de obras públicas y particulares en lo civil é hidráulico, sin ex-cepcion ni limitacion alguna, en todos los dominios de S. M. , con arreglo á la plenitud de conocimientos que se refieren en el art. 1 El art. 10 del cap. III de la misma Ordenanza concede á los maestros de obras iguales faculta-des que á los arquitectos, pero con limitacion á toda clase de edificios comunes ó particulares. Ahora bien, en la circular (le 29 de Julio de 18441, pasada por la Excma. Diputacion provincial á los Ayuntamientos constitucionales (le la provincia, se recomienda á estos la observancia de la Real Ce-dula de 21 de Abril de 1828 que insertamos en la seccion legislativa de este número y por lo mis-mo les recuerda la prohibicion de no admitir nin -gun dibujo en solicitacion de permiso para edifi-car que no lleve la circunstancia de haber sido IDEADO por persona que antes se hubiese segetado al riguroso exámen de una de las Academias de nobles artes de Espaíia. Los dibujos de las facha-das en cuestion llevaban en su pié: «Es copia del original» sin indicar si el proyecto ó idea de aque-llos dibujos era de algun arquitecto ó maestro de obras, los únicos autorizados para hacerlos en el caso para nosotros negado de que el nuevo Tea-tro fuese un edificio privado; luego el Ayunta-miento no debla conceder el permiso de edificar sin cerciorarse antes del origen de los dibujos en cuestion, pues no haciéndolo de este modo se ex-ponia á permitir que fuese infringido como real-mente lo fué, el art. 12 de la Ordenanza artística que arriba hemos transcrito. Pero si á nuestro modo de ver no obró el Ayuntamiento en este asunto conforme á las reales órdenes vigentes, tal vez no será del todo por culpa suya. Aquella corporacion tiene un verdadero asesor en lo que atañe á edificios y este es su Maestro mayor (le obras. Ignoramos el parecer literal que emitiria este Profesor cuando informó sobre las fachadas del nuevo teatro de Trinitarios; pero creemos que se limitó á decir que «considerándolo cono á edi-ficio público debían ir aquellas á la aprobacion (le la Academia de S. Fernando , y que tomándolo como á edificio privado podia concederse el per-miso que se solicitaba. » ¿Es este lenguaje indeci-so el que debía haber empleado el informante? No hubiera sido mas honroso para él decir categóri-camente que debía negarse el permiso, porque tratándose de un edificio público no llevaban los dibujos la aprobacion de la Academia? Pero ad-mitamos la segunda hipótesis, arquitectónicamen-te hablando inadmisible, admitamos decimos, que el nuevo Teatro fuese un edificio privado; ¿ no de-bia haber exigido la presentacion del original pa-ra cerciorarse de la idoneidad del autor de aquel trabajo ? ¿Puede ni debe confundirse el Profesor que ha ideado una obra con el que ha de dirigir-la? Pero si el Maestro mayor de obras del Ay untá-tniento pudo cometer una falta no hablando en el lenguaje claro y resuelto que la importancia dei objeto demandaba , el Profesor que certificó los dibujos presentados la cometió á nuestro enten-cler mucho mas grave, porque sirvió de instru-mento para lograr lo que sin su extemporanea firma se hubiera negado. Que la certificacion hu-biese recaido sobre dibujos hechos por un profesor aprobado, lejos de haber sido una mengua para el firmante, hubiera probado al contrario una lau-dable deferencia hácia uno de sus compañeros; pero valerse á sabiendas de un ardid que se dirigia á sorprender el Ayuntamiento , no solo es vergon-zoso en sí mismo, sino que es indecoroso para el que puso la firma, y poco satisfactorio para los que llevan su título. Porque una de dos; ó el fir-inante tiene saber suficiente para hacer unos cti-bujos de teas mérito que los presentados ó no lo tiene: en el primer caso prostituye su firma apro-bando un trabajo que él lo hubiera ¡lecho mejor; en el segundo caso esta firma no tiene mas signi -ficado que la percepcion de un mezquino sala-rio (*r ) á costas de su reputacion artística. Consideremos por último como á edificio públi- (*) La gruesa suma de 2Q rs. diarios. fQuú miseria! DE NOBLES ARTES. fi co el Teatro que nos ocupa. ¿ Se han llenado los requisitos que para este caso se detallan en las reales disposiciones de 25 de Noviembre de 1777 y 23 de Julio de 1789 ? Porque no se han mandado á la Academia de S. Fernando los dibujos que tan-to se encomian por los que no son conocedores en Nobles Artes? ¿ Porqué no lo ha aconsejado así el arquitecto certificador, ya que se hace lenguas de un estilo de arquitectura que pocos años atrás ca-lificaba de bárbaro y de gusto estragado ó cosa se-mejante en una memoria leida ante una sociedad naciente? Habrá apostasías tarnbien en Nobles Arles? CUARTA PREGUNTA. — Qué objeto llevaria la for-macion del presupuesto (te esta fachada, suponien-dola TODA DE méenioL , cuando la vemos subir en su mayor parte de simple ladrillo, es decir, mas po-bre que la del edificio mas modesto (le los que de nueva planta se construyen en Barcelona ? Contestacion. —Ignoramos los datos que tendria el preguntante para decir que debla ser toda de mármol la fachada principal del nuevo Teatro ; por nuestra parte podemos asegurar que nos sor-prendió sobre manera aquella pregunta, pues des-de que empezó á hablarse de este edificio, se nos significó que no se trataba mas que de especula-cion y que por consiguiente se desterraría de él todo lo que fuese magnificencia ó lujo. Tal vez se creería que los precios de mármoles pedidos por el Sr. Comisionado del Liceo eran con el objeto de emplear este material en la fachada referida; en tal caso se habria padecido equivocacion, pues nos consta que los mármoles indicados se desti-naban tan solo á la formacion de la primera gra 0. y B. -dería interior del edilicio. — J. INCENDIOS. Cuando en una poblacion culta como Barcelona se discurren todos los medios de embellecimiento para ponerla al nivel de las mas civilizadas; cuan-do movidos por el impulso que agita en este siglo á todos los grandes pueblos que á cual mas celoso de las glorias de su patria desea ocupar el lugar mas distinguido; cuando por fin la industria en nuestra Ciudad y sus alrededores torna tal desar -rolo que son infinitos los establecimientos fa-briles é industriales que contiene y en los que ci-fran su fortuna un sin-número de familias; muy extraño se hace el que no se haya pensado en or compañía de bomberos-zapadores, pa--ganizar una ra acudir á apagar los incendios y evitar sus pro-gresos, siempre que fuese necesario. Y no se diga que la falta (le medios sea un obstáculo que impi-da el establecimiento de tan útil institucion, pues que á nuestro modo de ver muy poco seria el sa-crilcio que tendria que hacer el Excmo. Avunla-miento para procurarse los instrumentos y útiles de que tal vez carezca ; pero aun cuando esto no fuese posible , no por ello debe dejarse desaperci-bida semejante idea, pues está al alcance de todos que en igualdad de circunstancias, seria mucho mayor el bien que podria prometerse (le una ins-titucion organizada cual corresponde, que no del sistema de confusion y desórden que reinan en aquellos casos. No faltan elementos en esta Ciudad para lograr el indicado objeto; invítese á los Arquitectos y Maestros de obras por la Academia de San Fer -nando y no dudamos que todose apresurarán gustosos á ofrecer sus servicios para contribuir ti un fin tan laudable. Animados por nuestra parte (le los mejores sen-timientos á favor de todo lo que tienda al bien ge-neral, nos ofrecemos por de pronto á no ser los úl-timos en contribuir con nuestros cortos alcances al memorado objeto, esperando que nuestras miras serán secundadas por nuestros comprofesores, si conto es de suponer, mereciesen estas leves in-dicaciones la correspondiente acogida de nuestro Ayuntamiento. José Ráfuls. Seccion bibliogr€áf ea. CURSO METÓDICO DEL DIBUJO Y DE LA PINTURA, Con un atlas de 31 láminas , por Luis Delaistre, miembro (le la Sociedad libre de las Bellas Artes. ( Paris, Carillan- Goeury, 1812). El Curso metódico está dividido en tres partes: la 1.a se ocupa de la geometría, arquitectura y perspectiva li-near; la 2. a trata de la anatomía del hombre, proporcio-nes del cuerpo humano, expresion de las pasiones, fisonomía y ponderacion ó ciencia del equilibrio de los cuerpos ; la 3. a tiene por objeto los retratos, el paisage, la anat.- mía vegetal y veterinaria, la composicion del asunto, la perspectiva aérea y la química de los colores. El buen órden y sencillez en la exposicion de las ma-terias; la exactitud en las definiciones y la buena elec-cion de los conceptos; la bermanacion de los principios teóricos con los resultados prácticos obtenidos por una larga experiencia; la pureza y correccion de las lámi-nas con que Mr. Delaistro aclara sus explicaciones; ta-les son en nuestro sentir las circunstancias que reco -miendan la preciosa obra deste acreditado artista. %Tarieda(Jee. REAL ÓRDEN SOBRE CONCESION DEL TÍTULO DE ARQUITEC-To. —A consecuencia de una solicitud dirigida á S. 11l. por los alumnos de la Escuela especial de arquitectura de la real Academia de nobles artes de S. Fernando, previo el informe de esta academia y considerando ser justo respetar derechos adquiridos, conciliándolos sin em-bargo con lo que exige la conveniencia pública y el lus- 48 BOLETIN ENCICLOPÉDICO trede tan importante profesion, S. M. se ha servido dis-poner por real órden de 23 de Marzo último, que se con-coda el improrogable plazo de seis meses para solicitar el exámen del modo y forma usados hasta de Octubre de 181s y presentar la obra de pensado que haya de servir para la censura del ejercicio de dicho exámen ; • que los aspirantes al título de arquitecto acrediten te-ner 25 años y presenten certificacion de la academia donde hubieren estudiado; que quede facultada la ex-presada Academia para expedir los títulos de arquitec-tos á todos los que hayan sido aprobados hasta el dia como tales, á los que tengan incoados sus expedientes de exámen y á los comprendidos en las disposiciones anteriores , etc. REGALOS ñ DOS ARTISTAS. —Los distinguidos artistas D. Vicente Lopez, primer pintor de cámara y D. Ber-nardo su hijo, acaban de recibir de S. 111. una nueva prueba de su real aprecio. La Reina ha regalado al pri-mero un magnifico reloj de oro, y al segundo unos botones ele brillantes para el pecho. A)IALGA LA DE DOS ESCUELAS.—Se nos escribe de la Cor-te, pero lo creemos un sueño, que se trabaja en Madrid para refundir en una sola Escuela, la de Arquitectura de la real Academia de nobles artes de S. Fernando y la especial de Caminos, Canales y Puertos, formando por consiguiente un solo cuerpo con los alumnos apro-bados de ambas escuelas. Difcultosísima nos parece esta amalgama; poro como podría reportar grandes ventajas á la Nacion y á los mismos alumnos citados, partiendo en ella de ciertas bases que explanaremos tal vez, si la noticia que damos hoy á nuestros suscritores adquiriese mas visos de probabilidad en adelante; he-mos querido llamar ya desde ahora la atencion sobre este punto, seguros de hacer un bien á nuestros compro-fesores y en especial á los que tienen su título de una de las Academias de nobles artes de las provincias. EXPOSICIONES DE LOS ARQUITECTOS EN DEMANDA DE 505 DERECHOS ADQUIRIDOS. —Las exposiciones dirigidas á S. M. por los arquitectos de Valencia, Zaragoza y Mur-cia Iran sido muy bien acogidas por el Sr. Ministro de la Gobernacion de la Península, quien las lla pasado á la real Academia de nobles artes de S. Fernando para • que dé el correspondiente informe y poder en su vista fijar de una vez las atribuciones de los Arquitectos y de los Inçenieros de caminos, canales y puertos. Impor-tantísimo es el servicio que puede prestar la citada real Academia á la causa que defienden los exponentes y por esto no podemos menos que esperar que tomará esta cuestion vital con todo el celo é interes que su im-portancia reclama. CANAL DE NAVEGACION Y RIEGO DESDE LAS INMEDIACIONES DE CAHPREDON AL LLANO DE BARCELONA. —Concedida por el Gobierno la facultad do formar los planos de este gi-gantesco proyecto, tenemos entendido que no se piensa en hacer ningun uso de ella y que se ha abandonado por consiguiente la idea. CA3tINo DE HIERRO DE TARRAGONA Á FALSET 6 11IonA DE EDno PASANDO Pon REUS. —El gobierno ha concedido la construccion de este camino y su explotacion bajo un pliego de condiciones parecido á los de las domas con-cesiones de este género. De Tarragona á Reus es muy • fácil este proyecto; para mas adelante ofrecerá dificul-tades sin duda , que si pueden ser allanadas por el In-geniero, no lo serán con tanta sencillez por el Econo-mista. PUDLICACION INTERESANTE. — Un millon de hechos; nle-morandum universal de ciencias, artes y letras, traducido del francés, corregido y adicionado por los Sres. Aca-démicos y Prc,fesores en• la Universad literaria de Bar-celona: D. Agustin Yañez, D. Ramon Martl de Eixald, D. Ra-mon Ferrer y Garcés, D. Juan Adell , D. José Oriol y Ber-nadet, D. Manuel Xihi y Fontanals, D. Laureano Figue-rola, D. Juan Cortada. Al leer al frente del prospecto de esta publicacion unos nombres tan ventajosamente conocidos en la re-pública de las letras y de las ciencias, cremes excusa-dos todos los encomios que podriamos tributarla; (lo cuyo mérito nos ocuparemos sin embargo tan luego co-mo haya visto la luz pública su primera entrega. Entre tanto la recomendamos á nuestros suscritores. ANÉCDOTAS SODRE EL NUEVO TEATRO DE TRINITARIOS. - Preguntando un inteligente á un profano cual sería el uso de las ocho capilliticas que se veian en la fachada principal de aquel edificio, ron el tono de la inspira-cion contestó inmediatamente : «servirán para colocar los cuatro evangelistas y sus secretarios. » —(eNo les parece á V.V. mejor ahora esta fachada, preguntaba un paseante de la Rambla, que antes de quedar oculta por ese biombo de madera? Ciertamen-te, contestó otro, porque á esta fachada le sucede lo que (e las mugeres feas, que nunca son tan hermosas como cuando llevan tirado su velo. —Porque se tapa con tablas la fachada principal de Trinitarios, demandaba cierto curioso? —Porque los florentinos son muy propensos á resfriados, respondió un médico-cirujano. — Los arquitectos de Barcelona se empeñan en cen-surar la nueva fachada , decia un peon caminero, y es porque se han olvidado que les está inhibido meterse en puentes y domas obras de nuestro rano. Que la cen-surasen los ingenieros de caminos, canales y puertos, fuera pasable; ¿pero los arquitectos, hablar de puentes y tajamares? —Un jóven asomó sus narices á la rendija que sepa-raba dos de aquellas tablas y al momento oyó una voz bronca que le preguntaba: - ¿ Qué mira V.?—La lin-terna mágica?—Si se aguarda V. un poco, llegará el maquinista y verá tambien la fantasmagoría. —Un peon del nuevo teatro preguntaba á otro cual de los dos que se hallaban al lado de una mesa era el verdadero director de la obra: no sé decirlo , contestó este; pero puedo asegurar que el que habla como noso-tros es el notario, pues ole consta que ha dado fe' á los dibujos de su prójimo. — Preguntado un esterero si sabia el uso che las este-ras con que se tapaba el segundo cuerpo de la nueva fa-chada, contestó con mucha flema : es muy óbvio; ser-virán para evitar que los ardores del sol derritan los cascos á los dos directores y á su notario..... IMP. DE LA AGENCIA GENERAL DE BARCELONA Á CARGO DE D. JOAQUIN SARDAÑON5. Calle del Hospital, núm. 20. -- /846_ |
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