Año I . SABADO 16 DE ABRIL DE 1892 N úm. i2.
LA ACADHMIA CALASANCIA
úRGANO DE LA ACADEMfA CALASANCIA DE LAS ESCUELAS PÍAS
DE BARCELONA
SECCION OFICIAL
SESIÓN ORD INARIA CELEBRADA POR l A ACADEMIA CAlASANCIA El DOMI!IGO 3 DE ABRil
Abrió::;e la RC'si6n por el P. Director con el rczo del T'eni, Sa·ncte SJliritus,
ocupaudo iurueuiutamente la presidencia D. Narciso Pla y Deniel.
El iufl'ascrito leyó el acta de la sesión ordinaria anterior que sin
discnsiòn y por uunnimidud quedó aprobada.
El Pt·Psidr>nte puso eu conocimiento de la Academia, que por la
Juntn Dirt·ctiva. de ucuertlo con el P. Director, habfau sido ttomhrados
Actttlérn iem; Supemn merarios los S res. D. Fernando de Olnlde, D. J O:ié
Sala, D .• Jorg-c de Satr·ú:.;teg-ui, D Eusebio Lopez, D. Luis .llasrier11,
D. Eurique Llo,et y Freixa, D. Ricardo ::Uarin Llobet, D. Pio Sa.nruarti,
}). Eduar1lo Suüe t· y D. Salvador Salat.
Au unció usimismo ala Academia que la Junta Directi,·a, tic acuertlo
con el P. Dit'<•c.tor, hal;ht acordada la provisión d~ 12 vacuutcs cle Acatlémicos
dc Numet·o, y en conformidad a lo que dispone el articulo 27
del Rt•g·lutneuto, recortl6 à los Sres. Académicos que las propuestus de·
bíau 11er prescPt!Hht=' eu el térmiuo im prorroga ble de 8 dius; leyentlo
acto s<'g'uído el itJfruscrito los articules 28 y 29 del Rcg·lamento relativos
a la nllltlCI'Il J' forntn en que debfan veri:ficarse las propue~tns.
Reeortló nsíruismo el Sr. Presideute a los Sres. Acadómicos el deber
r('g·Innwutnrio de Mdstir a la comunión g·enet·al de Jtleres Santo y
funcioue~ rel ig·io!<aS tle S emana Santa, que se celebraran eu Iu íg·lcsia
de las Esr.neiAH Pius, tlctlicando breves frases a encateccr la asisteucia. a dichos nctOïl.
A l propio tiempo, puso rn conocimiento de la Academin, que debiendo
or·g·auiznrsc la Junta Directiva en conformiuad al Reglamento
recieutelllente uproi.Hldo, se habfa acordado por el P. Director celebrar
el próximo domíugo, a las 10 de la mañana, sesión extraordi·
naria para In elr>cción de los individuos que de ben compoiH:r la nu eva
Juutn Dit't'Cti\'a,
Concetlicla la pnlabra al Sr Bertran hizo observar seria convenien te
que la PrPsideucia, 6 mas bien el P. Director, preseutase uun candi<!
aturu a fiu de que los Acauémicos hiciesen con mas acierto el ejercicio
de su voto.
362 LA AOADlllMIA OALASANOlA
Coote¡;tóle el Sr. Presidente que si bien encontraba muy laudable
la propo:;ició n del Sr. Bertran, no podia complacerle por cq_ntr~ria a lo
coosignaclo en el Reglamento, pues los actos de la Academür, dijo, tenian
que ¡;er aj U!'tados estrictamente a Lo que el mismo prescri he.
Jnmediatamente el Sr. Marsi!. hizo uso de la pa.labra, para dl•fender
la segunda de sus conclusiones concebida en los siguientes términos:
•La nocióu liberal del Estado docente se balla planteada en el terreno
de los bechos y aún de la legislación en España, pero no en el terreno
del DPrecho constitucional vigente . »
Fijaudo~;e principa.lmente en los derechos de la Iglesiu y en los de
los padres de familia, demostró que se hallaban vulnerndos por la legislación
y por la practica vigente, a.l paso que se hallaban si no de un
modo compteto, bastau te respetados y garantitlos en la Con~titución.
l!:n cua u to a los derechos de la Iglesia, ñjóse en primer Iu gar·, en el
det·echo :lP fundar establecimientos libres de enseñanza,el culli se halla
restrinf,:irlo por la vigente compilación de Instrucción pública y por
los R. U.:· R. O. vigeut .. s en la matP.ria, puesto que a los estndios hechos
<'11 los sf'lniuarios no se les da valor académico, sin que se sujeten
los alurnuo-: f1 los programaS y a la aprobación de fiu de CUI'SO de )OS
profesort'~ oficinlf'~; manifestó que también se balla poco menos que
auulocio t'I dererho que tiene laiglesia de inspección sobre la enseñan·
za, asi oficial como privada, puesto que el art. 295 de la ley d<' Ju~truc·
ción plllolicn de 1857, en la parte que recot,ocía el'lplicitamente estc derecho,
fué llJUtiludo al ~er esta ley inclufda en la vigente compilación
legi:;lati>n de Instrncción pública, no reconociendo yu el dE'recho de los
RR. Olti~pos pH ra in¡;peccionar la enseñanza pri'\"ada; y eu la practica ni
siquif'rn t·n ln enseñanza oficial se amparaba éste de ln Ig1t•siè1¡ y que
en punto al derecho aún mé..s fundamental, si cnbe, que tit>ne la Ig-lesia
en una tHICi6n católicn, de que no se enseñe en las escuelas doctrina
alguna ¡wrtenecieu te a otriJ cul to 6 secta, venia seriuroen te dolat! o por
el permi:-o <·oncedido por la legislación y la protecci6n en In p:-actica
dispensada a las escuelas pertenecieotes a otros cultos y principalmeute
a la~ escuelas laicas.
Para rot1ocer si en el terreno constituciotlal se hnllan gara11 tir! os
los rlert'chus de la Iglesia en esa cuestióu de la enseilamm, añadió el
conferenciau te, debemos fijarnos mas bien que en el art. 12 de Iu Cons·
titución que é. euseñanza sc refiere, en el art. 11 de la misma, que es
fuudnnwut¡tl eu cuantas materias dicen relación a la Ye:o~ con la Ig·lesia
y el E::;tHdo. E:,; ese artic·ulo una sfntesis, 6 mejor unayux.taposirión, de
los dos principio~> cuntradictorios, que se disputaban el campo del derecho
con:-titucioual al formarse el código de 1876; y de nM que en
s us parru fus se nota una verdadera contradicción; porque si Rl'gún el
1,or pannfo la religión catòlica apostòlica y romaua l:lS la del Estado, y
la nacióu Sli' obliga ú mantener el culto y sns ministros; lo cuat cons·
tituye Iu més tE'rminnnte profesión de fe catòlica, no se concibe que
Ull Bl'ltuclo qne hnce tal profesión venga después a permitir, romo en el
2.0 pnrrafo dt> diclto articulo se Iee, que nadie seré. molestado en t<'rritono
<'Spaüol por sus opiuiones relig·iosas ni por el ejercicio de su cul·
to, sah·o t'I rc::prto dE'bido a la moral cristiana, viniendo con ello a
igualar ante el Estado a }(IS súbditos de la religión verdadera, con los
súlJtlitos uo ~ó l o dt• aquellas sectas que por su arraigo en el territorio
buhierE' ;:;itlo aca¡:o indispensable tolerar, sino aún las de todas las religioucs,
con tal empero que se guarde el respeto debido a la moral
LA ACADEMlA CALASANOIA 363
cristiana. El parrafo a.• del propio articulo vuelve sé.lo en parte en
favor d e lo que el pr i mero establece, no permitiendo otra.s cer€monias
ni manifc staciones púulicas que las de la Religióo del Estado.
Abora bien: interpretando lealmente este articulo y armonizandolo
con el vi gen te Concorda to; si bien tendríamos por de~gracia que todavia
no res ui tan completamen te garantidos los derecbos de la Iglesia,
como en una nación catolica corresponde, tendriamos en cambio completamente
reconor.idos y garantidos la mayor parte de ellos, y drsde
luego y de un modo completo el derecho de inspecci Sn en loda cla.se
de et~CUPias públicas y privadas, asifueren dirigidas por católicos como
por no católicos.
Ocupadn por el P. Director la Presidencia, empezó el Sr. Pla y Denie]
manifestando que en nombre de la Academia agradecia la felicitación
que el Sr. Mars& había dirigido a los A.cadémicos, por haber consign~
Hlo en el Reglamento recientemente aprobado, que una purte de
las SPSÍOllE'S privadas Se dedicara a la diSCUSÏÓn de temas cientiflcos.
AgTttdeciò asimismo el Sr. Pla y Deuiel, con sentidas frases, la ft'licitación
que rJ St·. Mn.rsa I e lta llia dirig-ido por los resultados acaclém ico s
obteuitlos eu la Universidacl Central; y entrando de lleno a contestar a la diRet·tación del Sr. Marsa, manifestó que le pareda que hahin.
confunclido dos ideas radicalmente dietintas, y que a ello atribuia la
confn~ión que le hnbía part>cido notar en la disertación que el Sr. Mar·
sa habi11 pronuncifulo, esto PS, que habia. olvidado distinguir el conceptu
de librrtnd de enseñanza del concepto de enseñanza libre.
Ohjetò tl~imismo que en lug·ar de haber hecho tan to bincnpie en el
art. 11 ci e la Constitución, era preferible que, se hubiera fijudo eu el
art. 12, que es el que principalmente se refiere {lla materin por el seüor
Marsa del'nt·t·ollada.
Rcctificuron nue>amente y con alguna estensión, los Sres. Marsa
y Pla y Deniel, insistiendo eu creer cada uno de ellos mas oportunas
las rt>l'p ecti>as denominaciones de libe·rtad de ense11an~a y ensn1anza
lib;·e por parh• drl Sr. Pla y Ueniel, y de lilurrtad pro(esi01ial, liòertad
acadtJmica y liòertad doctrinal por parte del Sr. Mar:-<à. Y terminó el
Sr. Pla nHtnift•:staudo, que como quiera que de lo que se habfa dicbo en
las rectificuciones, resulta ba que la única diferencia de apreciación que
entre lul'l dol'! ell.istfa, era pura cuestión de palabras, no creia debiesc
insisHr en el lo, complaci6ndose en reconocer la urillautez cou que el
Sr. lll~tr¡;a habin, tlcsarrollado su tema, felicitandosc dc que hoy como
siempre può iese estar en tau importantes cuestiones, de perfecto a cuerdo
con el que es nno de sus mas queridos compañeros, y felicitando il.
la vez a In Acndemia por haber tenido en las sesiones privadas tu.n
digno innug·ura1lor de las disertaciones cientificas.
El P. Di1·ector dedicó, lo mismo que el Sr. Presidente, breves frases
a encareccr la asistencia a las funciones de Semana Santa, ag-radecienclo
la proposición hec ha por el Sr. Bertran, para que presentara
tma caudidntnrn, que dijo no podia aceptar por motivos de delicadeza.
terminnndo la sesióu a las 12 en punto con las preces de Reg·lamento.
Barcelona 4 de Abril de 1892.
El secretsrlo sccldcntal,
AGUSTÍN MESTRE.
S64 LA ACADElMIA CALA8ANOIA
ACTA DE LA SESIÓN EXTRADRDINARIA CELEBRADA EL DIA 10 DEL CORRIENTE.
Bajo la presidencia del señor Pla y Deniel, reunióse la .d.cademia
Calasnur.ia en sesión extraordinaria, el dia apuutado, para proceuer a la
elección de la nue'a Junta Directiva.
Leidn y por unanimidad aprobada el acta de la se,;ión anterior, se
di6 cueuta cle haber la Junta Directiva nombrada ACfHlémicos rle Número
a los SPñores D. José A. Sala, D. Fernando.cle Olalde, D. José M.•
de Olulde, D. Jorge de Satrústegui, D. Eusebio dt> López, D. l\ütriano
Tomàs, D. José Oller, D. Luis Masriera, D. J11ime Trabal , D. Francisco
Martí y Becb, D. José Roig Ventosa y D. Luil'l .Marsnns.
Ilabiéndo:;e procedida a la elección de cargos de la Junta Directiva
et1 ronformidad a las prescripciones reglamentnrins, se obtu,•o el
siguiente resultada:
Pifesidente, D. Narciso Pla y D eniel. . . . . .
Viccpresidente, D. Rafael Marsa y Draper. . . .
8ccretario, D. José ~p de Olalde. . . . . . .
Viccsecrcta?·io, D. Santiago Comas. . . . . . .
Contrtdor-.Admor, O. Luís Cabot de Negrevernis. .
Bió 'iolccario-.Arclti'Oero, D. Juan Burgada Julia
(r•u 2 a YOhtCÍÓD). . • . • • • • . . •
Vocales ¡ D. José ~uig de Asprer. . . . . . .
I D. Arcad10 de Arquer. . . . . . . .
por 52 votos
ll 42 ,.
,. 36 ))
,. 31 ,
'6 30 ,.
1\ 42
)) 35
I) 32
)
D
Aprobndn por el P. Director la anterior Junta Directiva y hechas
las prece:> Je CO:>tumbre Se levantó la se~ÍÓll 1 a las 12 y cuarto.
Barcelona 10 abril 1892.
El Socrotnrlo,
.T. BeRGADA JULI!.
ACADEl\IIA CALAS.d.NCIA DE L AS ESCUELAS PÍAS DE BARCELONA
Estn Academia celebrara, D. M. sesión pública extraot•dinarin f'l dia
24 de er:te mes, à lns 5 de la tardf', para imponer la meualla a los Señore~
Acnliémicos de Número. El progrnma de esta sesión sera repartitlo
a11ticipadamente a los sefiores Acatlémicos.
nnc:x:::: :::::::::
Barcelona 11 de abril de 1892.
El l"rosldonto,
NAROISO PLA y DENIEL.
REVISTA DE LA QUINCENA
La mayor parte de las noticias qne a las empresas periodisticas
comuuican las age ncias telegnHicas, se refieren a atentados
LA ACADE!\1IA OALASANCIA 365
contra In vida y propiedad por media de materias ex.plosivas. Los
petardislas dinamiteros se agitan convutsivamente en todas las
naciones: aquí eslaHa un petardo, alia se logra apagar la mecha
de otro que iba ;1 estallar; en este punto se anuncia la desaparición
misteriosa de una gran cantidad de dinamita; en tal otro
reciben los propietarios de fincas urbanas avisos anónimos de
qlle volar;•n sus casas ci la hora mas impensada. En realidad, los
anarquislas han declarada guerra abierta al orden social, y se
han propuesto no dejar punto de revoso ú los gobiernos y ú Jas
clases acomocJadas, amenazando convertir la culta Europa en un
inmenso campo de ruinas y escombros. Y tal maña se dan y tal
perLinacia muestran en la realización de sns planes destmclores
é incellcliarios, qne los gobiernos tratan seriamenle de concordar
una acciún común y vigorosa, para defeucler el orden social y
asegnrur In vida y las hacíendas de los ciudadunos contra los
itistintos homichlas y clesorganizadores de esos salvajes educados
ú los pechos de la cultura moderna, mucho m~ts feroces y
mús sangninarios y mús embrntecidos que las hordas de Atila,
el~:~ G•msericu, de Gengis y de Tamerlan.
Los nwdios de represión a que intentan apelar los Gobiernos,
no podr;'m evilar la catàstrofe verdaderamente apocalíptica ú c1ue
estamus aboca1los. El anarquismo es la última evoluci(ln cle la
revoluciòn iniciada con la famosa Declaración de los derechos del
ho,l1b7'e y el el ciudmlano, es la consecuencia natural y lógica de los
pducipios adoptados por los corifeos de la civilización moderna:
nlientras no se desechen esos principios racionalistas, posilivistas
y materialistas; mientras se siga adelante con el empeño de
secnlarizar la vida política y social; mientras no se ceje en la ta rea
de <lt>scrbttanizar à las masas, matando en ellas el sentimiento
religiuso, borratldO de su mente la idea de una vida futura y rayeuclo
de !'.U conciencia la fe en Dios; mientras se trabaje por
organizar sin relación à Dios la familia, el Estada, la sociedad
con lodos sus vínculos naLurales; siempre ira en desarrollo crecienle
ol anarqnismo, como protesta salvaje, sí, muy salvaje,
brutal y rnuy brutal, pero protesta lógica, del pobre aleo contra
las ri ases acomuuadas, del desheredado por la suerte, por la fatalidad,
por la as lucia y víolencia de los hombres, contra los monopolizadores
de los bienes social es. Mientras las ideas no tuerzan
s u curso, los hechos cl'iminales del anarquismo depondran contra
las tendencias ateas y secularizadoras de la civilización moderna.
* * "'
Aunque aquí en España hemos de lamentat· los recientes
atentactos de los anarquistas de Madrid y de Bilbao, es todavia
mucho m~'ls angustiosa la situación creada por el anarquismo ¡\
la Nación francesa. En Francia menudean las explosiones dina-
'
366 LA AC.ADEMIA CALASANCIA ----------------------
miteras, qne en España, a Dios gracias, basta el presente han
poòido conjurarse, y ademas, al otro lado cle los flirineos se ha
organiz:ulv una tremencla coospiración contra el cuito catúlico.
Los alborotos promovidos por los anarquistas en los templos
catòlicos de Paris, fueron los preliminares de una serie el e esc~mdalos
c¡ue s~ van repitiendo en las ciudades mas populosas de la
vecina República. La complicidacl del Gobierno rep11blieano en
esas manifestaciones tumultuosas promovidas por los anarquistas
es:\ todas lnces manifiesta, pnes, sobre no tomar precauciún
alguna para imped1rlas, en ninguna parte se lla buscada, enanto
mertos castigada, a los promotores del esc~ndalo, y do quiet· se
ha procediclo al cierre de l0s templos, corno si los catúlicos fue ran
los verdnderos culpables. De becho los fieles franceses son
puestos ruera de la Jey, pues al paso que ésta permite, y Jas
antoridndes amparan, toda clase de reuniones, aún las qno van
dirigitlas contra los fundameotos mismos del onlen social, se
hallatJ los católicosinhibidos de ejercer su cullo en Pl interior de
los templos, n consecuencia de no verse amparados en el ejereicio
de ese derecho, por las au tori dades consti tu ida~.
Y como si ese abandono cle los católicos a las iras demagúgicas
no fuera suficienle para satísfat·er las exigeucias dl'! SP<'larismo
oficial, compl.ícese el Gobierno en irnp01wr multaR¡, los
Sres. Prela.dos que, en uso de un derecho illdisputable, van ú
Homa para asuntos de sasagrado ministerio. Bu:-;e ya ol>servado,
qne ú pesar de ciertos alar1les de rigorismo lwciJo::-; por el Gobierno
de la nepública contra los anarquistas, la realidatl es muy
distinta de las apariencias, pues mientras se guardan ú los enemigos
del orden social las mayore;:; collsiJeraciunel', sc lrata con
una se\'ericlad durisima a lo:; que púhlicamente prufe:san sus sentimic:
ntos cristianes y sus conYicciunes católrc.as. Nadie 110ede
poner en duda que, puesto el Gobiemo republicana en la cont.
ingenciu de favorecer a los anarquislas t'I ú los caVllicus, se pronunciada
en favor de aqnéllos1 prefiriendo la de~lrucciún de Ja
socieclad ú la cristiani.zación de Ja misma. Esu aletsmo ofidal y
sistumúlico de Ja Hepública francesa es un hecho reconocitlo por
la inmcnsa mayoria de los franceses; y con toliu, la casi LoLalicl:icl
1lc las <'lecciones parciales que se vau veriOcantlo, resultan favorables
<'t los mantenedores y adictos de esa siLuf\Ción franvanwnt.e
anticristiana. ¿No es esto una prueba irrefragable de que el caLolicismo
estú muerto en la mayoría de los franceses? t>orque es
imposible que un católico conveneido favorezca con su voto la
elec·rión de quien sabe ba de contl'ibuir al afiattzarniento de un
C:obierno francamente hostil a Ja l glesia.
En épocas de revolución violenta, y mienlras duraba la exaltación
de las pasiones políticas y a~tireligiosas, algo parecido à
lo que boy ocurre en Francia, se había ya visto en c::-:.a Naciún, y
aún nosotros hemos presenciada en la católica España ejemplos
LA AOADEMIA OALASANCIA S67
poco menos escandalosos y execrables. Pero la persecución de
los catúlicos franceses adquiere hoy un grado sumo de gravedad,
por tener Jugar en circunstancias normales, y cuancto la unión
de todos los franceses ante el enemiga común es imperiosameute
exigida por el patriotismo, y poco después que el Papa ha publicado
un documento notabilisimo, altamente favorable a la consolidacíón
de la República francesa, y directamente encaminada
a la paciflcaciún de los espíritus, ardientemeute pedida y deseaàa
por todos los partitlos. De cada dia nos conveucemos mús y mas
de que In fracrnasonería es la directora suprema y soberana de
la pulitica en ·Francia imperau te, y que si tanto empeño muestra
en itu pedir la inteligencia entre la Repúb1ica francesa y la Tglesta,
es para obligar al Vaticano a capitular antela Dinastía entronizada
en noma. Es evidente la tactica puesta en juego para no
exacerbat· las relaciones entre el Papa y el Gobierno italiana, y
para mantener tirantes las relaciones entre Francia y la Santa
Se de.
* * *
Según el Memorial Diplomdtico, Ull estadista austriaco, que se
oculta modestameute tras el anónimo, asegura que Austria y
Alemania, persuadidas de que ban de vencer algún dia a Husia,
han estipulatlo un acuerdo para repartirse los despojos del imperia
dl'l Korte. Alemania se quedaria con el territorio comprendido
entre el Vistlda y Varsovia, que sería ioeorporado à Prusia.
Anslna se anexionaria la pequeña Rusia y las provincias meridionales
hasta el litoral del ~lar ~egro. A Rumania se le ba prometido
la .13esarabia à cambio de su concurso, pero Aus tria t1ene
el ¡¡ropt'lsilo de escamotear a los rumanos esta presa. Según el
diplomatico en cuestión, a pesar del convenia se teme que el
reparto de Jas provincias ru:=;as cUera Jugar a desavenencias entre
A u::,tria y Alemania. Ahora la dificullad consiste en arrebatar la
piel al oso del Norte, pues sabido es que Rusia puede movilizar
uu ejércilo de tres millones de hombres y que ademús cuenta
cou Ja ailanza de Francia, convertida boy en Ull campamento militar,
y co11 el concurso de otras naciones.
* * •
Un proceso ruidoso ha tenido Jugar, y al fiu un deseulace satisfadorio,
en la Capital del reina lusitana. Sabido es que el perÏI'>
rlico O Secolo, órgano mayor de las sectas masónicas portuguesa~,
inició una asqnerosa campaña de difamación contra las
san tas ::-eligiosas del colegio Das Trinas, y que en esa innoble tarea
se vió famHicamente secundada por la prensa liberal y racionalbta
de Portugal y de España. Todas Jas asquerosidades
inveuladas por O Secolo eran al punto reproducidas y comenta-
366 LA àCADEMlA CALASANOIA
das pot· los periódicos libra-pensadores de tudo el mnndo. La
pren~a catúlica tomó muy a pecho el esclarecimiento de la verdad,
y pu~o de tnanifiesto las viles arterias con que se lanzaba el
fango de ia difamación sobre la limpia y candorosa fren te de una
,·írgen con::;agrada al Señor. Todos los hombres imparciales
com prenclieron que las aserciones del O S'colo )' de los Periúdicos
ejusclem {uT{uris eran descaradamente cnlnmniosas. Con
loclo, la murada de aquellas santas vírgenes fué invadida por los
agentes de la auloridad, y una de las religiosas traslatlaLlu ú la
càrcel pública como rea presunta de un crimen ndando. Dios,
al fin, ha 1lecl10 que la inocencia brille como la luz 1neridiana,
para tJUe Lodos puedan ''er el caso que merecen los viles tlelractores
de las personas consagradas a flios. La religiosa encarcelada,
ch>spués de taulo escandalu y aspaviento de las secLa~, ha
oiJLenidu del Tribunal sentenciador un veredicto de inoc~ncia,
que alcanza l.alllbién ú todas las re\igiosus del conve1tto Drt.s Tl·inas;
y una desgraciada mujer, Hamada Silva Oliveira, ha sida
proccsada por dicho Tribunal por indicios y sospechas wheulentes
de falsaria puesta al sm·vicio de las secta~. Las últ1ma~ tuticias
son de que la Silva Oliveira ha confesa.tu haiJer sidu eomprada
para calntllniar ú las pobres religiosas. En eslo han venitlo
à parar todas lat: ba:mras pornogrMicas acumuladas pur la
prensa impia para escarnecer a la lglesia. Con toda, tus Diarios
libre-pensadures que contribnyeron a dintlgar la infamante calumnia,
cnllan como muertos ahora y se uhstietH:'It de la justa
reparación deLida a la honra de las munjas de Das Tl'ill rt.s.
U;o.; AC.\tnhuco.
LA RES U RRECCIÓN DEL SEÑOR
El hecho de haher Jesncri.sto triunfado del sepulcro1 rPsucitanclo,
como lo teuia profetízauo, tres <.lias despul>s de sn •:rucifixión,
a¡mrece reYeslido con tales caracteres de eerl.eza llislt'lrica,
que la crítica mús suspicaz y qui:;quillosa no ha\laría asiclero para
esparcir en torno suyo la mas ligera so1nbru de du da. Ya el A guita
cle Uipona, azolando con las alas de su genio la erguida fren te de
los \laniL¡neos, 1es hizo doblar la ceniz au te la evidencia lltsV>rica
de estos heehos: 1.° Cristo fué crucificada en la cumhre del Gúlgola
a la \'is la de todo el pueblo yerosolimilano: 2. 0 Di as de~pués
de esa crueifixiún, a pesar de las precauciones tomadas por los
príncipes de los j lldíos y los Sum os Sacerdotes, hallt'lse V'lCio el
:-5epulcro en que fué colocado el cadúver del Crucificada, y Jesús,
por espacio de cuarenta dias, se dejó ver y hal>ló y com ió y trató
LA AOADEMJA C.ALASANOIA
de varias maneras a sus Apòstoles, à sus arnigos, ú sus discipulos,
que de ello dieron fe con el derramamiento de su ~angre.
De los cuales dos hechos históricos, ueducía lúgicamentR San
A gustin, la verdad històrica de la resurrección de Jesuct•islo. De
ella ha prese11tado también demostraciones irrebatibles el autor
de la famosa obra El Evangelio en Tríunfo, superúntlose ú si mismo
en la maestria con t1Ue ha disertauo sobre suceso tan real como
procligioso, tan incomprensible como rigorosamente c;omprobado.
A esas fuentes remilo a los curiosos lectores que deseen apagar
sn sed de averiguaciones históricas, que ahora no vienen al
caso, por no ser ese el terrena en que son combatidas nnestras
creencias.
Ni es tampoco mi animo escribir un artículo apologélico. No
van tan albi mis aspiraciones: me limito a consignar algun as observaciones
que me s ugiere la consideración del hecllo gloriosisimo
que Ja lglesia hoy conrnemora, y del cual, a fuet· dc buen
crislia11o, he hecho alguna vez el punto de mi rnedilación cotidiana.
AhillCando sobl'e él mi atención, no se me ofrecc como
remate y coronamiento de Ja obra realizada en el mundo por el
Verbo Encarnada, sino mas bien corno el principio y punto de
partida de los planes divinos relativos a la salvación del género
ltumano. Cuando < :risto resucitó, só lo en tesis general qtwdaba
la descendencia de Adfm reconciliada con el Eterno; pera 110
existia la Iglesia, ni el hombre podía ponerse en camino de sus
eternos destinos. La lglesia baLia sido merecida por el sacritirío
del Cah·ario, pero no e:,;taba aún fundada, porquf' habia rle ser
consecuennia y premio de la vida y ffiLlerte de Jesús. El cua! no
se propuso salvar por Si misrno. y de una manera inmediata al
hombre, sino que qniso redimiria, salvaria y sanlificarlo por media
de la lglesia, que debía realizar en la tierra la obra de la redenciún
y de la salvación del género humano. Por esto, mientras
Jesús evangl'lizaba ú los pueblos, aounciú como futura el e::;tablecimiento
de su Iglesia sobre la pieclra fuodamental de Pedra,
augtlrúndule la perpetuidad contra las maquinaciones de sus
euemigos: ccTú erl~s Pertro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia,
y contra ella no prevalecenin las puertas del inüerno.>> i\! as despnés
cle Stl HeGnrrección, y antes de su Ascensión gloriosa a los
cielos, instiluye de llecho ~t Pedro jefe de SLl l glesia, diciénclulc
en lengnaje categòrica imperativa: «Apacienta mis cordPros, apacir.
ul.n mis ovejas.» Y a todos los Apóstoles rennidos les inviste
de la mi~'iún evangelizadora y santificadora diciéncloles: «Corno
mi Padre me envic'J, usi Yo os envio a vosotros . 1<1, prerlicad mi
Evangelio ;"1 touas las criaturas, bautizúndolas en nombre del Padre
y del I [ijo y del Es pi ritu San to: el que se bautizare se salvara;
el que nú, se conllenan\: A los que perdonareis los pecados, l~s
seran perdonados; a los que se los retuviereis, les seran reten~dos.
Yo estaré con vosotros todos los dias basta el fin de los st-
..
370 LA AOADEMU OALASANOIA
glos. Se me ha dado todo poder en el cielo y en la tierra: id, pues,
y en~eñac.l a todas las gentes a practicar lo que Yo os he mandado.
Por ahora, permaneced aún en Jernsalén hasta que os envie
el Espiritu Santo, quien os enseñara todas las cosas, d<1ndoos
testimonio de Mi, para que después lo deis vosotros.•
La Iglesia es el fruto del arbol cle la Cruz: la redención fué
merecida por el Crucificado, pero debía ser aplicada por la lglesia,
en la cual debía vivir Cristo resucitado, con una vi<la qne
debia hacerse extensiva a todos los redimidos. El Verbo Divino
se hizo Hombre para merecer la redención y salvación de los
humnnos; Cristo se hlzo Iglesia, para aplicar a los bombres los
méritos acumularlos por el Redentor. A la encarnución del Verbo
Divino sucellió la cristianización de la lglesia. Esta es ú Cristo lo
que Cristo es a Dios. El Verbo se resignó e\ vivir vida humana para
ghH'ificar al Padre Eter na y salvar al hombre; y Jesucrislo se resignó
a vivir la vida de la Tglesia para que el hombre gloril1cara
al Eterna Padre y lograra sus eternos destinos. Jesucristo era el
Verl.Jo tle Dios viviendo como hombre: la Iglesia es Jmmnislo
vivienrlo en la humaoidad. Como era imposible Reparar en Jesucrislo
al nios del Hombre, pat·que el Di os y el IIombre constilnin.n
una sola Persona, así también es imposible ~;n la hnmaniciad cristiana
separar a Cristo y a la Iglesia, porqne C:rislo y la Iglesia
viven u11a mi::3ma vida. Cristo pasible era el Dios-homhre: Cristo
resucitaclo es el Dios-lglesia. La vida mortal de Jesús, aquella vida
oscura, toda entera consagrada a la gloria de Dios y al bien del
bombre; aquella vida cuya aparición fué anunciada por los can tos
angélicos y los astros rutilantes, y cuyo postrer suspiro fué aeompañado
llei eclipse del Sol y de las convulsiones del U ni verso, se
trasform6, sufriendo en el sepulcro una metamórfosis inexplwable,
en la vida iomortal de Jesús resucitado qne se comunicó a
Sll Madre Vírgen, a Ja ;\lagdalena, a los apústoles y discipulos,
formando en el Cemículo el núcleo y germen de esa lglesiu que
debía extenderse por to do el U ui verso y atra vesar tollos los sigi
os. Aqud mismo Espiritu vivificador que, annnciado por Gabriel,
descendió sobre la Virgen de Nazaret, y diú vida a Cristo;
ese mismo Espíritu, prometido por el Reclentor, bajt'l en forma
de globos de fuego sobre los congregatlos en el Ceru\culo, y <lió
vida ú la Iglesia; y esta vida, a la vez divina y humana, comunicada
ú la nacienLe Iglesia, era esencialmente igual a aquella vitla,
tamhién divina y humana, depositaLla, 34 años untes, en el regazo
virginal de l\1aria.
Pot· es to dijo muy JJieo San Pablo, escribiendo a los roman os,
que .Tt•sucristo «resucitú para nnestra santificaciún;» y escribiendo
a los corintios les asegurr) que era vana é inútil su fe, si Jesucristo
no resucitó. Y aún es mas significativa a<ruello que .ctijo a
los mismos romanos: «C:risto muriú y reHucitó para dominnr ~obre
los vivos y los muertos.» Y sol.Jre todo eso estan aquellos ver-
LA ACADEliiA CALASA1'1ClA 371
sículos del cap. VI de la indicada carta a los fieles de Roma que
dicen asi: «Hemos siuo sepultados con Cristo eu muerte por el
B,tntismo; para que como < :risto resucitó de entre los muertos
por la gloria del Padre, así también nosotros andemos en novedad
de Yida. Porque si hemos siclo plantados con él a semejanza de
sn muerte, lo seremos también ú la de su resnrrecciún. Snl>lelldo
esto, que uuestro viejo bombre ha sido con El crucirira<lo, para
que el cuerpo del pecacto sea deslmído y no sirvamos mús al¡>e·
cado. Y si eslamos muertos con Cristo, creemos que juntamente
con C:risto vi virem os; sabien do que res nc i tando C:risto de en lre
los muertos, ya no muere, ya no mas la muerte SL' enseñoreara
de Ét; porque el morir por el pecada, lo hizo una vez; mas dl vivir
ahora, dve para Dios.n
De dontle claramente se deduc9, que la vida de Cristo resucitado
es ta que se comunica, por media de la Iglesia, ú lo~ fieles
incOI·porados à Cristo rnecliante el Bautismo. Tendria, pot' Jo tanto,
una nocit)n erTónea de la Iglesia cristiana, el que sólo viera
en ella una sociedacl organizada según el plan daclo por JL'sncristo,
y encargada de consen·ar el depúsito doctrinal recibirlo de
los Apústoles y destinada ademús a la vigilancia de la rn01·at e\·angélica
y Ja aplicación de las practicas sacramentales. Tocto e~.o es
la lglesia, pera es mncbo mas que todo eso. Una frase cJue va en
boca ue todos los creyentes define a maravilla la est!ncia de la
Igles1a cristiana: es el ;·einado social de Jesucristo. Es Jesucristo
vivieudo en medio de la humanidad redimida, actuanclo sohre
ella, vivificandola; es un cuerpo viva, pero cuya vida es la participaeión
de la vida de Cristo, cuy::l cabeza es el mismo Crislo,
cuyo alieulo brota del pecho de Cristo, cnyu corazúu late al im- •
pulso de los lalido:-; del Corazón de Cristo. Antes de que Cl'istu
resucitara, aunque merecida ya, no existia la lglesia; ésla fué
to111ando r.uerpo enando Cristo resucilado empezú a comtmicnr
con sus Apc'lstoles y discipulos, y les re\'istió de su poder para
bautizar y en:;eñar y perdonar los pecados y les comunicú el
E:;pirilu ~anlo. Dlll·ante aquellos cuarenta dias sub:;iguit.'nles ú la
Hcsurreccit'Jil, quecló la Iglesia fundada y organizada: despttés de
la Ascensión de Jest'ls ú los cielos empezó t'I pmpaganw y dilalarse,
dirigida¡ impulsaua y animada é informada por Cnslo
qne en ella existe, y es su pensamiento, su corazón, su ai11H1, su
vida.
l~:sos modern os rncionalistas cristianos que quieren desen tenderse
de la lglesia, qued.lndose con la moral y In personalidad
hisl!·JI'lca de Jest'ls, son los meoos racionales de los advers~trios de
la lglesia. Fuent de ésta, el hombre no puede llegarsl:' basta Cristo.
Ni siquiera tendrimnos de Cristo noticia alguna si la Iglesia no
nos la bubiera comunicada. ¿.\pelamos al Evangelio'? Pues ~I
Evangelio es obra de la Iglesia: ella lo redactó, ella lo ha trasmttido:
el que al Evangelio acude, al testimonio de la Iglesia se
872 LA AOADEMIA CALASANOfA
atiene. Cuando Cristo es taba en el sepulcro, nada se habia escrita
acerca de su vida, de s us hechos, de sus enseñanzas, de sn::; \nst
ituciones. Nada quedaba de la obra de Cristo, sina el amor que
le profesaban su Madre, las hlarías, los Apústoles y discipulos escogidos.
Pera ni és tos ni aquellas piadosas mujeres espet a ban la
Hesur r ecciún. Calificaron de visionaria a la Magdalena cuando
les dijo que había vista al )faestro resucitado. Aun cu~tntlu San
Pedra y San Juan vieron vacio el sepulcro y esparcidos por allí
las mortajas y el sudario, no por eso confesaron la ltesuneeción
de Je:::;ús. Este, después de haberse manifestado varias veces,
tuvo que increpar la incredulidad de los discipulos y apústoles.
¿Dónde estaba el fruto de la Redención? ¿Dúnde la propaganda
de Jesús se llacía ostensible? Sólo nnos CLlantos hombr es rreían
en ét, y aún éstos estabau escondidos proptel' metum judeorum,
por miedo à los judíos. Que busque e l racionulismo lo que la
humanidall ha recogiclo de su Lrato con Jesús, y si prescind0 de
la Jglesia no ballara ni memoria del mism0. La l glcsia, esct ibicn·
do lo:.; l~vangellos y los actos de los Apústoles y l as Epbtolas,
d\righlas ú Jas primitivas cristiandades, es la única qne llOS ha
bablado de Cristo, de su viua, de su moral, de su docLI'ina, de ::;us
instituciones. Y nos ha dicbo lo que Cristo, que en ella vi.ve, le ha
dictaclo . Alejarse de la Iglesia, es renunciar a Crislo, qne súlo
por meuio de su lglesia, quiere comunicar con la humanidad.
Quien ama a Cristo, ama ú la lglesia; quien persigne à la Iglesía,
persigue a Crislo.
J. JUDERO.
LOS DINAMITEROS
Cada dia nos anuocian los papeles algún nnevo atentarlo de
los anarqubtas contra la propiedad ú la vida de los 1\amados
burglleses. Y que la serie de crimenes lla de ir prnlongt\ndose,
indit;alo lo frecuente de los robos de dinamita, llevaclos a cabo
por rnanos desconocidas, en los depúsitos al parncer tnl~jor vigilaclos.
El atPntado del fr ancès Delvoche y del portngnes Ferreira,
que à poeo mas cuesta la vida a centenares do personas en
el Congreso español, y que tan bondamente preocupó la atencióll
pública, l1a dada ocasioo para que la policia haya descubiert,;
planes horribles de destrucció u y In<ttanza f¡ aguados por
los nnarc¡nistas, averiguando a la vez, que éslos forman una vasta
federación internacional, perfectamente orgauizuda para el
crimt~n, mediante el empleo de matenas explosivas. Y como los
recienltJS y frecuentes atentados contra la propiedad y la vida,
no so11 sino preludios de los que para t. 0 de Mayo preparan los
LA AOADEMIA CALASANOI A 878
anarquislas, de ahi el recelo con que universalme n te es esperada
ese dia fatídica, escogido para dar expansión a las comprimidas
pasiones anti-sociales y demoledoras. Aun bien que los gabiernos,
amenazados de cerca por los salvajes de la moderna cultura,
hayan resuelto perseguir sin tregua ni descanso à esos
ab01·tos de la humanidad, a los cuales se les ex¡Jatria de las naciones
mús expuestas a sus odios destructores, cuando no se les
pone a buen recaudo como còmplices de crímenes nefandos y
execrables. i\Juchos de los jefes y directores de esas gavillas de
malbechores han caid o ya en poder de las autoridades, y de
creer ns, dado que se han adquirida importantes datos revela~
dores de los proyectos y de los elementos anarquistas, que antes
de 1.0 de Mayo <1uedarún reducidos poco menos que a la impotencia.
Cie r LamenLe que no es nuevo en la historia el que hombres
criminales se organicen para r ealizar el mal en grandes proporciones.
Cicerón y Salnstio nos cuentan que Catilina se puso al
fren te de algnnos millares de perdidos, los cuales se habían juramentudo
para incendiar a H.oma y acabar as1 con Ja vida y hacien
cfa de los principales ciucladanos. Un siglu mas tarde, Nerón
con tò con n úrnero suficiente de çómplices para redncir a can izas
la principal parLe de la Capital del mundo, y achacar luego
ese crimen monstruosa a los cristianos, inaugurando por ese
procetlimien Lo la Era de los múrtires. Yun Periódico católico de
Madrid recuerda ú este propósito el baile de mascaras que pro.
dujo In locura de Carlos VI de Francia, el incendio del teatro del
btwn Hdiro, reinando Felipe IV de España, y sobre todo la fa mosa
conjuración de la póluora, en Inglaterra, achacada injustamente
ú los jesnílas, y que no fué sino una maniobra cri~linal
para IH rseguir ú los católicos. Y desde la conspiración catllinaria
de Homa hasta que los nihilistas rusos aparecieron en nues~
tros clins para prediear el anarquismo, varios son los crímenes
en gruncte escala purpetradus por asociaciones de homhres desalmarlo~.
Se valieron del incendio y despnés de Ja pólvora, porque
no conoclan la dinamita y demas explosivos modernos.
Pe ro en tr·e esos granel es crímenes históricos y los erímenes
del conlemporitneo anarquismo, existe una diferencia profunda,
radical. J\quéllos eran un accidente en la sociedad por los mismos
atacada: llleJor dich o, uo eran un ataque directa al orden
social, si no Uit proced 1miento para satisfacer odios rancorosos,
pasiouus bastardas, apetitos bajos y vulgares. Aquellos criminales
no eran producto espontúneo de las ideas reinantes y de lo.s
senlimientos que preponcleraban; ypor esto, esos hijos del cn~
men, no furmaban parle de la sociedad de su tiempo; sabían .que
de ser conocidos sus in ten tos, serian perseguirlos y extenn I~D:dos,
por mús que su concierto sólo a un caso partí ·u lar se dmgiera,
y en el resto de la vi da se condujeran como los demas
374 LA ACADEMIA OALASANIJIA
ciudadanos. Mas los modernos dinamiteros son hijos de la sociedad
e n que \'i ven y contra la cual conspiran; tienPn domicilio
social donde, al amparo de las leyes, y con anuencia de las au·
toritlarles , se reunen para preparar y madurar sns planes de destrucció
u; tienen órgauos eu la prensa que <.lifunden sus illeas
tlisoh·entes y patrocinan sus proyectos re,·olucionarios y homicidas;
furman agrupaciones que se proponen realiznr los programas
anarqnistas mas radical~s y ferozmcnte Hubversivos,
obedeciendo ciegamente la voz de jefes que son de tollos eonocíl.
lm; y tle muchos altamente considerados. Y lo qne so bru lodo
eso es, en la bandera del moderna anarqnismo se h>.en aquellas
pulabras que la civilizadón moderna lla prohijado como Pmhlema
de todas sus aspiraciones: igualdrul, Nbel'tad, {raternidad; en
nombn~ de ln igualdad combaten las jerat·qulas sociules y el
<.l.I:Jrecllo de propiedad; en nombre de la libertftcl com halen las
leyes y las institncioues tradicional es y les vinc u los de sociedad;
en nombre tle la fraternidad combaten tocla antoridacl, todo poder
públíco, i<lentificando la autoriclac1 con la tirania, el poder
con el clespoli~mo. Toman como punto de partida el ¡}1/ctn social
de Ronsseau, admitido por todos los lilkrales de buena cPpa, y
se prnpouen rcalizar ese ideal tan pon•lerado y ta11 aplnntlicto,
creyemlo, no sin huena h'1gica, que para 111-gar ú eslablPCt>rlo,
precba hacer tabla rasa de todo lo existenle. Los llin<tmilt•ros
sólo sc di feren cian de los socialistas y rle to dos los partidos radicales
en el procedirnientu a que dan prefcreneia: coincirl ~· n ,,n
los principios y en las aspiraciones; si no que mientras stll'ialistas
y raolicales se lleciden por la evoluciún y el oporlunismo,
fiando al tiempo gran parte del éxito, los anarquislas y dinamiteros
se pronunciau por la revolueión y por la lucha actual, proponiéndose
gozar luego al punto de los bienes à qne se les reconoce
derecho natural é imprescriptible.
Ese hechu de la ex.istencia legal y consentida del anarqnismo
es curaderistic.:o de la civilizaciún moderna: la libt!rlad omnímoda
tle asociaciún y de emisión del pensamienlo, llebíu Ltaturalmenle
couducir ú las últirnas consectH~ncias envueltns en los
principios r evoluciooarios. La sociedad moclerna, no quiere renunciar
(t ninguna de los prinoipios pl'oductor·es cie la n.t>vol Ltcic',n
de 1789, y por esto reeonoce la existencia legal del amtrc1nismo,
que vive organizado, que celebra sus 1uectings, que tiene sns
Periódicos, que abre sos casinos, que publica sus programas. y
amenaza con el puñal, con el veneno, con el incendio y co1t los
petarllos. Los nihilistas rusos, siempre tuvi.eron que agilarse en
las sumbras y en elma.s ímpenetrable secreto; los int.:endiarios
de Calilinn,· conspiraron en anlros tenebrosos, fuera clcl alcance
de la~ rniradas de sus conciudadanos; pero los anarquislas modernos
lrabajan ú la lnz del sol, y las auturidades saben donde y
cnan<.l.o se reunen para fraguar sus planes, el nombre de sns je-
LA ACADEMIA CALASANClA
fes es de notoriedad pública, y son considerados como un partido
de los muchos que se proponen actuar sobre la socieclad
contempor·,nea Xo parece sino que ésta se deja llevar de instintos
suicidas. Alimenta en su seno la vibora que amenaza roer
sus entraña~. Pone en manos del asesino el puñal qne ha de
bundirse en su propio pecho. Bacina los materiales para la hoguent
que ha de reducir ú cenizas su propia morada. ¿Sen\ incurable.
esa ceguera que sufren los prohombres de la ci\·ilización
moderna1 Y hemos de continuar llamando civilización ú un estado
soc:ial que lleva en sí mismo el germen de su propia deslrucción?
El estrépito de los petardos de dinamita. de Paris ha. tenido la. virtud
de despertar é. algunos entendimientos que estaban dormidos, y aaf Le
Temps, periódico republicana y protestants, se ha creido en el deber de
escribir lo siguiente:
«SJ nada importa tanto en et!tos mementos como la prisión de los autores
de los atentados cometidos, oonviene 110 limitares, sin embt~rgo, é.
los heohoe materiales, sino elevarse a lu causas de que aquéllos son natural
efecto.
:.La. principal de estas causas se encuentra en la tolerancia, 6 major, en
la excesiva libertad de que gozan, desde hace algunos alios entre nosotros,
las predicaciones anarquistas, susllamamientos é. la violencia, toda.
esta propaganda del orimen que se ha hecho diariamente, abiertamente,
de p~>la.bra y por eecrito.
:.Se ha repetido demasiado que no ha.y delito en la. palabra, que todo
puede ser predicada, todo, basta el asesinato, hasta la guerra civil. Este
es un error.
a'rodos los psicólogos, todos los psicologistas, dicen que el germen del
crimen, esté. en la idea ó en la imagen mísma. del crimen, porque asta eu
la naturaleza. de la idea el tender instintivamente y siempre i\. realizarse.
La. idea que se expresa por la pala.bra recibe ya. en la pala.bra un principio
de ejecución pública.
»Si se permite la predicación diaria. de la destruco16n de las proptedades
y de los propiatarios por la dinamita., si esta es una opinión q ne puede
prufeso.r cua.lquiera, ¿cómo podré. impedirse que hombres corroropidos por
estos cliRc.¡rsos y estas manifestaciones traten de ponerlo.s en prActica. y
pasen de las palo.bras a los hechos?»
El Times de Lonòres ba iniciada una campaña, en la cnal s~
ve set.:urHiaclo por una buena parte de la prensa emopea, con
ohjeto de lngra1· de los Gobiernos qne consideren frrera cle la ley
a los anarquistas, como son considerados fuera de ella los pira ~
tas y los que se cledrcan fl la trata de negros. El Rolo annncio de
esa rampaña pg la mavor cle las vergüenzas de la dvilizacic'ln
moderna, por·que supone que las leyes consienten el anarC]uismo.
Lo procerlente seria invitar à las Asambleas legic;lat.ivas ú modifiear
lo~ cúdigos vigentes, de modo qr1e los anarquista!:', a!
igunl de los homiridas y de los incendiarios, querltlran de hecho
fuera de la ley. La existencia del anarquismo demuestra que el
376 LA ACADEMJA CALASANCIA
------------~--~
espíritu rle libertad que informa las mo(lemas Conslituciones es
exagerado, porqne es ocasionado a la destrucci,·,n del orden social,
y por ende, lo justo y racional seria restringir ese espiritu liberal
hasta el punto necesario para que las Oonstituuiones de los
pueblos garantizasen el orden social contra toda clase de atentados.
Si los anarquistas estan dentro de las leyes COIIstitucionales,
y son no peligro constante para la sociedad, la equiuacl pide
y reclama, no qoe sean, como pretende el Times, conshlerados
como fnera dc la ley, sino restringir las leyes de manPra c¡ue los
anarquistas querlen fuera de ellas, y entonces con toda jn~ticia
podr ún ser jnzgados y penados. Esa solicilnda ficciún de la ley,
er. argnrnento fuertlsimo contra la eficucia de las modern as <:onstituciones
para asegurar el o rclen social y promover el bien oomún
y aflanzar la pública tranquilidad.
J . A DRIL.
CA..R.T.A.S
AL JOVEN OONRADO SOBRE POLÍTIC.\ OATOLICA
II.
l\Ji querido Conrado: P uesto caso qne lenemos convenirlo el
dar ú la estatnpa nuestra corresponde11cin, te alabo sinct:ramcnte
la clelicatleza con que, huyendo de sondear la situactón cató·
li ca de uuestros vartidos políticos, bllscas en los ejem plos de la
naci(ln vecina la comprobación de tus ascrtos. Tuda precauciún
resulla insuficiente al penetrar por los brcñosos zarz, des de la
política catòlica, y si la necesidad de pisar sobre firmn 110 se impnsiera,
mejor seria no meterse en honuuras é ir viviendo ú la fe
del earbonero. Mas como la política se nos meto puertas atientro,
cuanclo no vamos ú buscaria fuera cle casn, preuis'> es qne
nos orientemos acerca de la dirección qLw nos aconseja, si no
queretUos pauecer lamentables extravíos. lntentemos, por lo
tan to, si llegamos a e n tendernos en lo que tan ui vi didos y maltrecllos
nos lleva ú to do s.
«Lo que en Francía ocurre, me dices, muy tt las claras me
advierte ser punto menos q ue imposible concertar la ncdún católica
en el campo de la politica milit.ante. QLlO dPsdc años
atràs lmscan los católicos franceses, con mejo 1· volnntatl que
acierto, concordar sus esfuerzos polllicos para sacudir el yngo
ominosa que les ha impuesto lalmpiedad revolLtcionaria, sin que
hayan dada resultada las amonestaciones de los Prelaclos, las
del C.:ar<lenal-Secretario del Papa y las del mismo Ponlífice Romano.
A pesar de la última Encíclica de León XIU, andan aún
LA ACADEMIA CALASANCIA 3i7
boy a la greñ·~ los diversos grupos católicos, como si el Papa
hubiera hablado dt> las nubes de antaño. Sólo aquellos pocos
católicos c¡u~ e:-.taban de verdad adheridos a la forma republicana,
han pue~to soiJre su cabeza la última Encíclica Pontificia; los
parttdarius dui cunde de Paris la han recibido con rostro aviuagraclo,
y ¡"tltimamente han declarado en la Correspondrmce Nationale
que no por 1-: lla d¡•be modificarse la situación de lus partí dos;
y los anliguos legititnistas, después de haber estado algún
tiempo a la esp,·claliva, empiezan a encaminars~~ hacia la Rt•pública,
peru movitlo~; principalmente por sn hoslilidacl (l los OrJeans.
Nt :-.e eu t ienden ni llevau camino de entenclerse. Y es lo tne
revela que en polttica no hay principios ciertos, y que toclo en
ella es opinable, y que sera milagro que lleguemos a enlentlern
os. Si realmente exisliera una política cató li ea, el Papa Ja habr!
a expue::;to, y los católicos franceses la h ubieran prohijado.
» Ya me comprondes que no me r efiero (lesos principios
univenmles eh' caracler político-religioso, qne son aceptados pOL'
todos los católicos, y ulgnnos de los cuales se hallan consignado~
en la Encic·ltca, ú saber: no debe confundirse con la religión
la polilica, la Iglesia no prescribe la aceplación de Ulla forma
parlkular de gubierno, toda autoridad viene de Dios, Dios es el
aulor y Padre 1le la sode<lad civil, y olros por el estilo: me refiero
fi los prinripios cie conducta, cuya aplicaciún pneda zanjar
las dt\'isiones qnt> esterilizan los esfuerzos Lle los catúlicos. nien
es verdad qne León XIII enseña, aconseja y prescribe que los
cat\',licos fra111:eses deben colocarse lealmente den tro de la 1 :onstituciún
repnulieana, y declararse francamente republicanos, ú
cosa muy parecicla, y unidos dentro del orden. cunstilucioual,
trabajar s in dt>scanso por cristianizar las leyes cladas en 110111bre
de la Hept"tblica, y no cesar basta que queden al>olidas cuantas
leyes enntt·arHtS ú la lglesia han promulgaclo los legisladores
repnl>Jicnnos. Clar'> est:1 que haciéndoln así los católicos fntJtceses,
y con:-;t.Jtuyendo la mayoría de la uación, habían de llegar à
crh-:tianizar la '''gislaciòn francesa; pero qué quieres que te diga
·? Esto equivale à desantorizar y reprobar la cansa cle la Monarquia,
y snbiclo e!,; qu~ la I glesia deja en libertacl t\ los catc"¡Jicos
para qtw patrncfnen la forma cle gobiemo que mejor les ncomotle.
¿Qué me tlices ú esto'? Yo te confieso ingénuamonte que
no ~é <I qué atPnerme.J>
¿Pnes no has de saberlo, querido C:onrado? A l<l misrnn Encíclica
de Le "lll X III debPs atener te, que ya estú al lí Locado ese
punto de Ln ílificnltad, y con claridacl expuesta y recomcnòada
la ve r dacl<~ra y úni,~u doctr ina cristiana, aplicable a la sitnación
de los catúlicos franceses y de cuantos se ballen eu condil'iones
anúlogas :'l las ·le aquéllos. Sin que haya siclo parte la consideración
de que favorecía ú la República con detrimento dc la Monarquia;
al establecer León XITI como regla segura, y a Ja vez
3ï8 LA ACADEXlA 0ALA8ANCIA
obligatoria, la admisión de la Constitución republicana de Francia,
no ha hecho sino aplicar la doctr ina tradtcional de la Jglesia
a las circunslancias actuales de los catòlieos frat,ceses. La aplicación
de la misma doctrina a la situación de España, daria po r
r esultada favorecer a la Monarquia en detrimellto de los ideales
republicanos. Lo cua! sólo puede indicarte CJllt! el punto de vista
adoptada por León XIII esta sobre las f01·mas acddentales de
gobierno, y que es extraño de todo en taLlo a los intereses de los
partidos.
Creo que me bastara, para desvanecer tus reparos, reconlarle
las enseñanzas de la Enciclica pertinent¿s al punto que discutímos.
Observa León XIII que «en el onlen especulativa de las
ideas, los catúlicos, como todo ciudadano, tienPn plena libertad
en la preferencia de una ú otra fo r ma de Gobierno, en virLud
precisamente de que n inguna de esas fonnal'l sociales se apone
por sí rnisma ú la sana razón ni a las mi'1 xi ma-; de la Doctrina
cristiana.» Mas cuanrlo una forma determinada de Gobiemo, y
basta un ortlen particular de trasmisión de l11!:' poderes collslituídos,
han qnedado establecidos en virtud de un conjunto de
cir¡;uu~tancias histúricas 6 nacionales, <<todos los individuos estim
obligallos ,·, aceptar estos gobiernos, y a no con8pirar para
destruir ó cambiar sn forma.,> Y añade León XIa que ese dt'ber
es obligatorio «at'Jn en los tiempos mismus en que los depo~ilarios
flel poder abnsan contra la Iglesia;» y en apoyo de l'Ste
aserto cita textos de las Epistolas de S. Pedm y de S. Pablu. Y
para que nadie enLienda r1ue ese respeLo y obt•tliencia son debidos
súlo à los pocleres que actúan en vi r lud de leyes fundarneutales,
como algun os partí dos católicos sosliuue11, aiiade el Pupa,
lo siguiente:
«¿Y cómo vienen a produoirse estos oambios poUticos de que hablamos1
Suceden a veces violentas crisis, y en ooaaiones sa.ngrieutas, en medio éle
las cuales los Gobie rnos preexistentes desaparecen de hecho, y entonoes
domina la anarquia, y el orden público es bien pronto trastornado basta
en aus fundamentos. Desde aquel punto una necesidad social se impone a
l a nación, que é. todo trance necesita proveer a aquélla. ¿Cómo habia de
oarecer de dereoho para ello, y mé.s aún del deber de deftmderse contra un
estado de oosas q\le la turba tan profundamente y de r establecer la pas
pública en la tranquilidad del or den?
:oA.hora bien¡ esta neoesidad social justifica la creación y la existencia
de Gobiernos nuevos, sea cualquiera la forma que adopten, puesto que en
la hipótesis sobre la ena! estamos discurriendo, esto11 nuevos Gobiernos
son necesariamente exigidos por el orden públioo, siendo el orden públioo
de todo punto imposible sin Gobierno. Siguese de aqui, que en semejantes
circunstancias, toda la novedad se limita é. la forma política de lo~ poderes
civiles 6 é. au modo de tranamisión, mas no afecta de ningún modo al
poder considerado en si mismo . Esta continúa aiendo inmnte.ble y digno de
r espeto, porque coneiderado en au naturaleza, esta con~tituido y ee impone
para. proveer a.l bien común, objeto aupremo que da origen a la sociedad
LA ACADEMIA CALASANCIA 879
humana.. En otros términos: en toda. hipótesis, el poder oivil, oonsiderado
como tal, es de Dios y siempre de Dios. Porque no hay poder sino de
Dios.
11Por consiguiente, ouando los nuevos Gobiernos que representau este
inmutable poder estan constituídos, aceptarlos no es sola.mente pE.Irmitido,
sino rl'clamo.do y aún impuesto por la necesidad del bien social, que los ha
creado y los mantiene.
•Tilnto mas, cuanto qoe la insurrección enciende el odio entre los oiudadanos,
provoon las guerras civiles y puede a.rrojar é. la nación al caos
de lo. anarqnio.. Y esta gran deber de respeto y de dependenoia perseveraré.,
mientras las necesidades del bien oomún lo exija.n; porque esta bien
en la sociedad t>B, deapués de Dios, la ley primera. y última.
»P::.r donde se explica¡ na.tura.lmente, la prudencia. y sabiduria. de la
Igleaia en el mant.enimiento de sus relaciones con los numerosos Gabiernos
que se han aucedido en Franoia. en menos de un siglo, y produ01endo
siempt·e sacudida.s violentas y profundas. Tal actitud es la mó.s segura. y
la líneo. de conducta mas saludable para todos los franceses en sua relacione!'
oiviles con Ja República, que es el Gobierno actual de su nación.
Lejos de ellos esos disentimientos politicos que los dividen¡ todos aus esfuerzos
deben enderezo.rse a conservar 6 restaurar la grandeza moral de
su patria.•
Me parece qué el pensamiento de León Xlii esta bien aclarado.
S•' lo la pm·>i··,n política puede desconocerlo. Qnien S~"pa
leer, y stn prevenciún alguna consulte la Encíclica, ball:m't en
ella que lus catc'>lieos tienen el deber de coneiencia de aratar y
respdar y ob~:>decer <í los poderes constituítlos en su nación, y
regirse con:-;lttucionalmente, y no conspirar contra la forma de
Goblerno estahlecida; y que para que rija ese deber, hasla que
lo~ poderes couslitnídos representen y realicen el ordeu social,
sin que sea prPciso que les baya llamado al snpremo Gohierno
una ley rundnnwntal, ó un derecbo tradicional, c'1 nn ptehiscito,
ba!:;tandu, por el contrario, que los sucesos bayan determinado
su et•enrnbramiento. Etitablecido y fuucionando regnlarmente un
GolJil•rno, no e:-; licito, à juício de León XII!, tl·atar de dt•JTibarlo,
ni ntín ;\ lH'c•lt•xto de que no ampara los inteteses cat.1dicos,
meno:-; aún tí pr~:~lexto rle que es preciso amparar los derechos
de ésla 6 rlu aqndla familia.
Yçt ves con r.nr\nta razón te dije antes que la Enclclica señala
y deterntina et terrena en que los católicos debemos situarnos,
para combulir tm escuadrón cerrado ú los enemigos de nuesLras
creenr~ias: delwmos reconocer el orden constitucional, y desde
allí trahajat· ert f¡¡ vor de la Tglesia. Es to es lo q~e enseña e.l Papa,
Y acerca de sn p~:~nsamieuto no caben dndas 01 subterfngtos: los
momírqnicos de l'rancia, como los tradicionalistas cle ~¡.;paña,
podrú n admilir ~·~ desechar es te principio prr1ctico de conducta político-
relig~n?a; pero no pueden negar, ni siquiera dutlar, r¡u~ se
balla eXlJhCJlalltente enseñado y preceptuada por el Pont1.fice
Rllmano. Si tal tJriucipio es contrario a su programa de ac•aón,
380 LA AOADE:MlA CALASANOIA
y es incompatible con la existencia de su partida, es cosa qLl.e
debeo aclm·ar alla ante la Santa Sede; pero à nosotros no nos es
li cito desconocer que nos lo incu lca é impone el Vicaria de
Cr isto, a quien debumos obediencia ciega en estas materias de
conducta política-religiosa.
Tu afmo . amigo y s. s. q . t. m. b. o. s.
Bat·celona 1.1 de Abril de 1892.
EL AVE MARÍA
LEYEND,A RISTÓRIOA
I
Era el año 1491: los Reyes Católicos sitiaban a Granada, Ja
poètica y riquísitnn Capital del reino de Boabdil, que media
entonces, según dicen los bistoriad01 es, tres legnas de circunferencia:
fuertes mnrallas defendidas por '1.030 torres la rodeaban
cual férreo cinturún, contando den tro de sus muros basta :!00,000
babitantes, segt'tn unus, y 400,000, según otros.
Pero sin duda alguna lo mas encantador de Granada era s u
riquisima vega que d Genil fecunda; compuni<lllla huertas ft·oudosísimas
y abundanLes en toda clase tle protlncciones y jardines
preciosos, matizaclus de continuo cou flores 1uil que embalsn maban
el ambienLe con su purísimo perfume; y comu forma11du el
marco de cuadro tan encantador, la próxima sierra, en la que
reflejaodose el sol en las blanquisimas nievl's que le sirven de
corona, prolonga pot· algún tiempo la luz.nacarada del crepúsculo;
convirtiendo todo eslo la preciosa ciudad de la Albambra y el
Generalife en lugar fantàstica, suficiente para exaltar la ardiente
imaginaciún de los hijos del desierto.
II
Un hermoso día de otoño sostuvieron los ?trabes y l os cl'islianos
u na algaratln, cosa que sucedia con gran l'recuencia: en medio
de la pelea, cuanclo confundidos todos, nadie se cuidaha mfls
que de bumillar al enemiga, una imageu de Cdslo crucifh:adu se
perdió ú quedú olvidada en el campo, sin que ningt1no ~e apercibiese
de la ralla basta llegar los cristiauos a su campameuto.
¿Qué seria del Crucifijo? pensaran. ¿Acasu habría sido (Jisoteado
y destrozado por los caballos? ¿Estaria tal vez inlacto en medio
del polvo? ¿Se habrían apoderada de él lus musulmanes?
Difícil era asugurarl o; y para saberlo de cie r to urdenóla reina
doña Isabel una saliUa inmediatameftte.
LA AOADEMlA CALASANOIA 881
Mas cual no seria el sentimiento de los cristianos al observar
que, apoderados de éllos hijos del desierto, lo prufanaban de un
modo hornblP, como lanzando un reto al valor y piedad de los
españoles.
Desde aquel momento, todos sintieron un deseo ardiente de
lavar Ja mancha que en el nombre cristiana habían echado los
arabes; pera ¿cómo? Hé aquí la dificoltad. Era preciso entrar en
Granada y escarmentar a los infieles. ¿,De qué manera verificarlo?
III
Estamos en el pabellón real del campamento de Sanla Fe: la
Reina Calc'llica ha convocada a los principales de su ejét·cito,
para excogitar el medio de vindicar el agravio inferida al buen
nombre de los cristianos. Es preciso entrar en Granada, decían
toclos, y en me(lio de sus calles lavar publica y solemnemente el
borrón que, profanando el Crucifijo, se ha echado sobre nosolro8;
pero las cliflcull.ades con que se tropiezan son inmensas.
t,Quién es capaz de crnzar por la vega, atravesar el río, salvar
las murallas, y <.!espués de penetrar en la ciudad, librar nn comhale
sangrienlo en medio de las calles con los guardias, y asi
que se aperciban con todo el ejército musulman? Jm¡Josil>le, tuvieron
qne de<~tr: ni el :\!arqués tle Cacliz, ni el conde de Teutlilla,
ni Fra11ciscu 1\amírez de Madrid debian intentaria, pues privada
el ejerdto cri~t iano de su acertadísima dirección, era muy difícil
conseguir el fill última que se proponían, esto es, conquistar en
breve Ja precio~a Granttda; de los demas difícil era que hubiese
quien osara atreverse; para bazañas semejantes era preciso un
héroe. ¿Y habría acaso alguna entre los sitiadores de Granada?
IV
Triste y pensativa es taba rnientras es to se decfa Fernan Pérez
del Pulgar; alguun idea gran do y generosa se agila en s u cerebro.
¡,Seré capnz, sedecia, de vindicar la honra de los españoles~¿Cúmo
penetrar en Granada~ Solo, era una lemeridad, y no era faci! que
nadie lc acompañase. Sin embargo sentia herido su corazón y
mancillado s u honor, debia o t.reverse; mas no, no es posible, pensaba,
y a pesar de todo no se atrevia ú abandouar completamente
la generosa idea que hahía concebido.
Esto meditaba Fernàn Pérez del Pulgar, cnando aparece por
la puerla de su lienda un paje, que le hizo salir de su reconcentración,
entregítndole una carta. Abrela inmediatameute y Iee:
«Si no le p01"Las como héroe, lavando la mancba que profanando
el Crucifijo, nos han becho los moros, no esperes alcanzar la
mano de mi hija.» Levantase enseguida y se presenta en el Gansejo
de la Reina con los principales generales, y allí promete
LA ACADEMIA OALASANOIA
solemnemente enseñar a los arabes que no impunemente se ins
ulta a un león, annrtne parezca imposible que se defienda; y e l
pueblo español león es iovl:}ncible, cuya historia inmaculada n o
se ha pretendido ouoca sin gran escarmiento empañar en lo mas
mínima.
No dejú de extrañar a Ja reunión la generosa resolución de
Pulgar; pera era joven, valiente, agil y esforzado: el fuego del
amor de Dius y el celo de su gloria arclia en su generosa corazón,
su amor ¡\ Beatriz le impulsaba a ella, y m •vida el bombre
por tales rE'SOl'tes, es héroe aún sin quererlo; quince mñs al ver
su resolució11 se comprometen ê\ seguirle, clecidiendo todos partir
aquella misma noche à Granada. para enseñar a los arabes
que España esta destinada pur Dios para ser la cuna del heroísmo.
v
Era media noche; in\·ocado el auxilio rli\'ino y despedida de
Beatriz, espera Fernúu Pérez del Pulgar Ja llegada de s u s compañeros
para dirigirse ú Granada. No tardaran éstos en presentarse,
y despnés de orar fervorosamente ú Dios v ú su Santa Madre
y rogarles se Llignasen favorecerles en aquella hazaña, que por su
gloria van à acometer, se dirigen a la ciudad de Ben-Alhamar.
Atraviesan la campiña; un silencio sepulcral reinaba en toda
ella, solamPnte interrumpido por el mlll'mullo de las fuenles, el
manso coner del Genil y los pasos de nuest.ros héroes; parecía
q ue la naturaleza esLútica, deseaba admirar aquel prodigio de
valor, y basta la Luna, oculta íl veces por Llanca nubeciUa, ostentaba
sus bermosos discos ae plata, avida de contemplar e l es~
pectaculo que en breve iba a present.arse aule su vista.
Muy pronto llegarun nuestros héroes al rio, que tr aspasaron,
saltan las mura llas y penetrau en la citu.lml. i Momento terrible!
una ronda de guardias se apercib~ de ¡;u pre~encia, trabase una
lucha sangrienta, caen los arabales hajo el pnñal de los españoles,
y Fernàn Pérez del Pul gar ciH va en la 1merta de la mezquita
mayor un cartel en que se leia en gruesos caracteres: Aue
María.
EL TRIUNFO DE LA CRUZ
Al tin Lnzbel, que en el aYerno oscuro
Encadenada, con furor bramara,
Voló a Ja luz; y de las almas dueño
Por la ancha tierra lívido vagaba.
Ya erguía la cerviz, ya sonreta,
LA ACAD1!1MIA CALASANOfA
Ya furibunda en den·edor míraba,
Ya con el pie batia el campo mudo,
Ya corajoso alzabase entre llamas.
«Quién como yo?» decía: ~Si el Tonante
Con encendida diestra, en hora aciaga,
Arrolló mi altivez, tiemble en su trono;
Que hora feroz mi numen se levanta.
))Quién es del orbe el domallor sañuclo?
¿Quién del horrendo Tartaro el monarca?
¿Quién turba fiero la región serena?
¿Y quién en formas mil al hombre espanta?
»De voraz huitre, si me place, tomo
La breve cola y Las tendidas alas;
Y libre remunt{mclome, sorprendo
Al descuidada Príncipe en su alcazar.
» Y si ostentanne q1üero rauclo noto,
Hiendo los senos de la nube parda;
Y allí bramo, allí trueno, alli me agito
Y enciendo las horrísonas borrascas.
»En vano el llombre, en su temor, me ruega;
En vano be~a con temblor mis aras,
Y flèbil hi~re con segur medrosa
Al mamótl choto y trepadora cabra;
•En vauo implora mi favor; mis iras
¿,Acaso con las lagrimas se apagan?
Las negras furias, qne mi planta besan,
Estrago y muerte y destrucción derram an.
»Volad, hijas del orco; mi hondo lago
De víclimas llencbid despedazadas;
Que vea el hijo de Jehovah mis fuegos,
Y allí que gima, que solloce y arda.»
Así rugiú Luzbel; y de improviso,
Viendo brilla/' ln. C1·uz en la Montaña,
Deslumbradu cayó; cayó y rabiosa
Hunde su (rente en las eternas llamas.
PONTÍFICE.
¿Qué voces, qné rugido
Se escueha eu Llerredor? El horizonte
TurLado se oscurece;
Vacila el cedro erguido;
Y tiembla, y se estremece,
Y luunea el arduo monte.
Pueblo, no temas, uó; que en vano brama,
En sed ardieudo de ht1manal es trago,
Luzbel en su hondo lago;
383
38! LA ACADEKI.A CALASANCIA
Vomita, en vano, fulgu r ante llama.
La Cruz lo derribó; cayó vencido
Con tan fragoso estr uendo,
Que atónito, al oir el son horrendo,
Turbóse el orbe todo estre mecido.
Ea, n o temas pues; alza la frente,
Y en sonora garganta
Ledo y gozoso canta:
Canta tus glorias ciertas;
Que lanzarlo el dragón al lago ardiente,
F'rancas se ven. y abiertas
De par en par las celestiales puer tas.
P UEB LO.
Si A dan ven tnroso
Con ledo semblante
Voló a la brillante
Celeste Sión;
También yo gozoso
A lzar podré el vnelu;
Subir podré al cielo
.Jli eterna mansiúu.
CORO.
Y ronco, entre sombras
Qne brame y se irrite,
Qne rnja y se agite,
Que silbe el drag-ón.
VrcTORIO Gr;:-.;1-:n Esc.
t
A LA INOL VIDAB L E MEMORI A
de Ntro . P. Prov. el M. R. P. RAMON RIERA
ELEGÍ A
Y al nn ello es verdad! Vuela la mucrl~
Su guadaña fatal fiera blaodiendu,
LA AOADEllllA CALASANOIA ------·-----------
Y siep:a la ilusión que apenas nace,
Y troncha el mas robusta pensamiento,
Y rompe la amistau, mata el cariño,
Y arranca la afecci··,n, corta el consuelo,
Y en sus manos magulla la esperaoza
Que el misero mortal guarda en su seno.
¡1\ nadie ha perdonado su guadaña!
¡Todos al fitt su pasto ser debemos!
Pero ¡triste, que ahora, Padre amado,
Te tueó recibir el golpe nero .... !
¿Por qué te viuo ú herir la dura Parca'?
¿Por qué te vino ú hem·'? ¿Por qué en tu cuello
Descarp;ó, caro Padre, e1 rudo golpe
Que tu luwclió del sepnlcro en el silencio?
t,l'ur qué te vino a herir'? &Por qué del mundo
No SP.gú la cizaña que en el suelo
A rrai~a en be el tallo el e. flor pura
Y la al10ga qniz.'1s? ¡Houclo misterio
Qne al lwmbt·e L'Omprender no lla sido clado!
A doremoa la mano del Etemo.
Todo mortal cntnplir debe el destino
(Jue le plugo al Señor: es un decreto.
Tú lo cumpli::-te ya: de tu partida
Marc··, el punlo la brl1jula del tÏI.!tnpo,
Y escuchando de l>ios la voz amiga,
Qne le llamaba al goce tle tu preulio
En la mansiún de luz y de ventura,
Trucaste al,•gre el tuundo por el cielo ....
Y no~ dejn:--te ¡ay! la Duche trisle,
Que aeurnpaflú la muerte hasta tu lecho,
Do svgara cruel tu cara vida
Y tns ujos t.:egara eon Sll alienLo.
])e uue~Lro curaz,·m rolJó la <.licba
Y la paz que PI Sei10r mamla ú los buenos.
1~1 dia que signió <.i. lê\ negra nocbe
Amargur·as llevú Llentro su seno,
Y la lnz qtw este sul en vano claba
Por nosoLros turnúse opaco velo.
«Num;lro l'aure muriL1»-decir oia,
Asi, en vnz tnislt•riosa, cnaudo el sueño
Con las linitJblas lúnguido se esconde
Y los roslt·os se ofret·en macileutos.
«Nuestro Padre murió~-se murmuraba,
Y oua l'tgrima euvuelLa en triste duelo
La voz humeuecia entre los lal>io:;
Y la ilusiún ahugaba uentro el pecho ...
¿Y es verdad? ¿y es verdad'? mi fantasia
886 LA ACADEMIA CALASANOIA
Un instante dudó ¡ay! ¡es tan r.ierto
Que el sér a quien amamos con ternura
No s ujeto a la muerte le creemosl
¡Oh! sí; mo riste ya; y en tu sudario
Te pude contemplar inmóvil, yerto,
Tranquilo y snsegado, como el justo
Que duerme del Edén el dulce sueño.
¡Qué tristeza, mi Dios, qué desventura,
Qué señales de luto en el Colegio,
Cuyas santas paredes retrataban
Tu cara imagen con color funereo7 Y repitiendo aún con eco vago
De tus tiernos suspiros el postrerol
Y yo lo per cibí dentro del alma
Y mis ojos lloraron un momento:
Un momento tan sólo, Padre mio;
Después los levanlé hacia lo eterno,
Y acloré deL Señor la dulce mano
Y recé por tu al ma un Padre nuestro.
Ya nu existesl ... jamas, jam;\s tus ojos
A abrirse tornanín claros, risueños,
Para ver de tus hijos la alegria,
Cuantlo entre saerificios a tu eje mplo,
De l grande Calasanz las hnellas santas
Que señalan del cielo el clerrotero,
Segnian junto a Ti: ¡ay! ¡ya no existes!
¡Ya no surgen latidos de tu pecho!
I nfelicel... .. mas nó: Purlre òicboso,
Dejaste las miserias y desvelos
De este munrto traïdor, en donrle el homlJre
De pnros y elevndos pensamientos,
Luchando sin eesar, cumple el destino
Que al crearlo mortalle diera el cielo.
Dichoso, Padre, Tti, que all(• en la gloria
Estús de nuestro Dios elrostro vienc.lo,
Sin temer de esta vida procelosa
Las olas que se agitan con despecho
Entre sombras de lutos y quebrantos
Y entre sordos rugictos de los vientos.
Si; goce en el Ecléo tu alma hermosa
De inlachable virtucl el dulce premio,
En tanto que en la lierra en una tomba
Descansa en paz to venerando cuerpo.
¡Ay triste! ¡un ataúd dentro de un niello
Nos dejaste tan só1o por recuerdo!
¡Ah! nó, nó: tus virtudes, Padre amado,
Vivín\n para siempre en nuestro pecbo7
I
LA AOADEMIA OALASANOIA 387
Y tu vida mortal de sacrificios J
Seni para uosotros bello ejemplo.
Duerme en paz, duerme en paz dentro la tnmba
Cu~·a Josa cobija el angel bueno,
Que al que tuvo cual Tú una vida santa,
Cual solitaria tórtola gimiendo,
Por la patria de amor, Dios le concede
Tranquilo, dulce, envidiable sueño .....
1Ahl vosotros, amigos, que sabiais
!::iu vida de temura )' de desvelos,
Cuando penseis en èl, rezad conmigo
Por su eLeruo uescanso un Padre nuestt·o .
R. O. E.
Bat·ce lona O de abril de 1892.
Los confi ic t os de juri sdicción en España
DIIWURl:lO DOCTORAL DEL AOADÉ:tiiCO D. JosÉ Pum DE ASPRER (Fragmento)
(Continuació n.)
L"s recur~os de fnerza, con la tt>nclencia qne muestran hoy
dia, Lieuen su orige11 hislórico en la Naciún vecma, apareciendo
por vez pr11nera en nua Pragmàtica de Carlos VII de Francia,
cuyo conleuidu fuè lotuado,de lus Canones del Conc:íliL\bulo de
Basilea. En gspm1t no fuerou conocidos sino hasta mucho tiempo
tlt>spué~, ¡liles 1l1 t<H1 lle la època de Cari os III, cuyo rei nado
tau rune:-;to fué para lt ~merte dt}l Catolicismo en nuestra pa tria.
Esr.ú ruera del plan q1te nos llemos trazauo, y seria aclemas tarea
snmame11le nrdua, grailnar con fijeza los fnndamentos en 1¡ue
algtutoK juriscunsulLos han apoyado los recursos de fnerza, y
nos cuncretaremos ;, la exposicíóu de algunas consideraciones
con qne abo~a e11 sn favor el cèlebre Covarrubias, ó r gano y expusil.
or de los aeérrimus regalistas, ministros de C;ír l os I II , condes
li'!oridahlauca y Campumanes, que en e l pasado siglo escl'i·
h ió una vol uminosa obra con el t itulo de aMaximas sobre los
?'~CW'SOS clc /'ttei'!W y vr-otección_ .»_ Pret.eude 1Pgilimar ~ste tt·atadtsla
los n·cursos de fu1Jrza, dtctendo que tJes tan prop10 del Sobe·
t·arw cle{,•Hder !I profe[!el' d sus vasa llos ... . . y tan esencial y necesatia
estrt ?'agalla tí s u gobierno, que no puede abdicat la, ni desprencletse
de elln, s in re;¿unciat u.na pm· te cle su independencia, dividit el
impetio, !I faltar ú w primem obligación, pm·gue J)ios estableció
únicamenle los reyes con el (in de que los pueblos gozasen bajo su
mando y prolección de una vida quietct y sosegrtda en toda pie~acl
y castidad.» Y est(t Covarrubias tan persuadida de esta doctnua,
388 LA ACADEMIA CALABANOtA
que pone como lema de su libra las siguientes palabras de una
ley de Ja Novisima Recopilación: 1el1·emedio de la fuerza es el
mas importante y necesario que pttede haber para el bien y quietud,
i btten gobierno de estos 'teinos, sin el cual toda la ?'epüblica se turbar!
cl, y se seguirían grandes esca11dalos é inconuenientcs.» Los corifeos
del regalismo esplican la jurisdicción de la Iglesia por
concesión a ella hecha por los Emperadores y el Poder real, y
añaden que no hay cosa que mas perturbe la tra11quilidad pública
y el buen orden que las violencias y fuerzas. «En vista de esto,
prosigue Covarrubias, ¡,quién dttcla1'a qtte el prfncipe no ¡a¿ede desprenderse
cle la 'regalía de proteger (' los op~·imidos 1/ castigat· a los
oprcso'res, ·regaUa ·~·ecibida del1oclopoderoso con el imperzo y r¡tte es
el brillante mús preciosa de la Col'ona?» Bien clar o se ve que estos
argnmentos llevan impresa el sella del reinaclo de Cúrlus III,
época en la cuallos políticos no se cletuvieron en el carnino c.le
elevar el poder del rey al mayor absolutismo; pues, <\ pn•lexlo
de la real protección, y de la contingencia e.n que rst;\n los tribunales
de incurrir en alguna falta, dedujeron que los monarcas
poclian entender en todas las causas que quisieran, como si la
incorru ptibilidacl y la infa tibilida el residieran en los eargos ministeri
ales; y de la proclamaci(,n dn principios de esta indole resultó
que desde el reinado de Carlos III, la Corona mandú en lo gubernalivo
y en lo judicial arhitrariamenle, y se ocasionó que Ja
revolución coartase sus derechos y extinguiese el ! :onsejo de
Caslilla que con tan poco acierlo habia aconsejaclo tales resoluciones.
No vamos a paner aquí frfnte a la argumenlaeiún solïstica
empleada por los partidarios de los recur!;OS de fuerza, las
razones con que otros jurisconsultos, defenson~s tle la jurisdicción
eclesiflstica, la combaten. Bústanos, para dest.ruirle, insistir
en que la lglesia es una soci eu ad perfecta é intlt-perHiien t.e, y que,
por tanlo, tiene y debe tener siernpre los lres poderes, el judicial
uno de ellos, c¡ue, según la historia atestigua, en lodos los tiempos,
ya en el de los Apóstoles, ha ejercido de llecho la Iglesia.
Ningún derecho tiene el Estado para inmiscuirse en las l'unciones
de un poder independiente; y de aquí que constiluyan una
usurpación cometida por el Estada en los derechos de In lglesia
los llamados recur sos de fnerza 6 apelaciones por abuso. Y hasta
este mismo nombre de etpelaciones por etbuso es bien significativa
para corroborarlo. Entiéndese por apelación el recurso de
un Jnez inferior para ante un Juez superior à fin de que revoque
la sentencia dada. Ahora bíen; ¿cómo es posible concehir la Legítimidad
de los recursos de fuerza, siendo asi que el Eslarlo y la
lglesia, gozando de independencia completa, no constiluyenjerarqu!
a y no guardan, por tanta, relaciones de superioriuad é inferioridad?
Los recltrsos de fuerza son diferentes, y objeto de muy distinta
consideración en la legislación española, de los recursos de
LA ACADEMIA CALASANCJA 389
protección, y al objf"'to de evitar confusión, es convenif'nle esbozar
la uaturaleza de éstos. Al discutii·se en el año ·1850 la ley orgúnica
del Consejo de Estada, varias son las opiniones que sobre
la mis ma se emitieron. Rodríguez Vaamonde y Arrazola. decían
que recursos de fuerza y protección son una misma cosa; entendían
que las iueas de protección y fuerza son correlalivas y sinónimas,
habbindose de fuerza con relación al que la cansa y al
que la sufre, y de protección con relación al que la dispensa y à
aquel ñ quien se concede. Tejada opinaba que ambos re<:mrsos
son cosas cliferentes, y bacia estribar la dil'crencia en que los de
fuerza revisten caracler de ptivado y versan sobre cuestiones
de derecho civil ó derecho privada eclesit'lstico, rnientras que los
de protecci()n ofrecen can1cter gubernativo y se relieren ;'1 las
regalias de la Col'ona; mas tal distinción es inexacta y originada
ú confunclir estos últimos recursos con la retención de bulas
en virlucl del Regium exequatur ó Pase regia. Tampoco es exacta
la ópiniún que Llun sentado Ortiz Zúñiga y Laserna, quienes hallan
la diferl~ncia entre ambas clases de recursos en proniOVt'rse,
los de t'uerza en Jn jnrisclicción contenciosa, y los de protección
en materia de la volunlaria; lo cual no es exacto dado que hay
en In eeles1àslico nsnnlos de jurisdicción voluntaria que pueden
dar lngar à recursos de fnerza. El verdadera origen de los recursos
tle protección se encuentra en el dereclzo protectoí'io del concilio
de Trento. Este concilio ecuménico, que dictú reglas a Cin
de señalar con preci~ión la competencia de cada Juez ó Tribunal
de la jurisclicciún eclesiftstica, colocandose bajo el amparo els Jas
poteRtades lemporales, exhortó a todOS lOS príncipes para que
hicieran r~spetar sus decisiones; y el monarca español Felipe li,
responuiendo {I dicha exbortación se constituyó en protecto,. del
concilio Tridentina, cuyos canones publicó como ley del reino.
En fnerza de esa protecciún dispensada por los reyes de España,
en el caso de que los jueces 6 tribunales eclesiasticos, conocienclo
dt~ asU11tO perteneciente a la esfera de su jurísdicci611 propia,
dictasen resoluciones con infracción de los sagrados canones
y especialmente de los del Concilio de Trento, poclta interponerse
recurso ante el monarca. Tal es el origen de los recursos
de protecciòn, aplicables en tres casos: en los contlictos
surgidos entre tribunales eclesiasticos del mismo grada de jerarquia,
por pretencler todos conocer de determinada negocio; en
los surgidos por invadit' los tribunales superiores la órbita de
atribucioues de los inferiores, y en el caso de baber incurddo en
extralimitación los superiores Regulares al practicar la visita.
Sobre estos recursos, que resuelve hoy dia en España el rey, ha
de ser oído el Consejo de Estado, mientras que los de fuerza en
conocer estan conflados a la jurisdicción OL'dinaria, corno ya
hemos visto. A si también lo indica el articulo 45 de la ley orgànica
del Consejo de Estado de 17 de Agosto de 1860, que, entre
390 LA AOAOElUA OALASANOIA
las malerias sobre las que ha de ser necesariamente oit.l<1 tlicbo
Consejo en pleno, enumera en tercer lugar «tod s los asnntos
concemientes al real patl'onato de España é Indias y los recursos de
protección y fucrza, d escepción de los consignados en la lcy de Enjuiciamienlo
ciuil como p1·opios de los tribullales.»
Al llacer la critica de los recursos de fuerza ú apelacione!'\ por
abuso, que en !'\ituación tan humiUante colocau al Porh~r julltcial
ecles1ústico, debemos llacer notar indispen~ablemeute qne llan
sidu ue un modo constante objeto de protesta y collllenación por
parle de la Jgles1a católica. Ya el Concilio de ,\ nlioquia fulminó
excomu11il>n contra cualcrniera persona que reeurrieHe conlra la
Aulorhlatl eclesiàstica aute la secular. Sixto lV, tlll la Dnla fn
cwna, uo súlo la fulmina asimismo contra touas las ¡wrsonas, osí
laicas como eclest~lstícas, q11e interpongan remu·~os nnte la::; jnrisdiceiones
seculares contra las disr!Osiciotws del Pod1'l' ecksiastico,
sina ttue ademas la extiende à los tribunnln~ qnn conozuan
de los mismos y ú las penwnas que preSLl~llll.u su
consettlimieuto y aún emitiendo sn coosejo, Ct1<\d yuven f1 su
interpusiciún. El Concilio de Trento, en la St>sic'lll XXV, t:apitulu
III, De te{onnatione, prohibió a cualquíer mngi:-tratlo sel'ular
poner iu1pedimento ~~ Juez eclesiasticu para qtle c·x0ollllllgue, 6
mamlar que revoque la excomunión fulminada :'t prdc·xtu eh: que
no se han ulJservado las disposiciones del CuJJcilin, 1"''~:::; el eunueímiento
de este alJuso pertenece, no a los sei'Uhlrt•:; sinn :'1 lus
eclesiú::;licus, y analemaltza las facultades COtiCedtCias por las leyes
ú los tribunale::; ordinarios, que alcaneett <'I mundar al .Tnez
eclesit'lstic:o que levante las censuras que hubtera impne::;Lo.
Leún Xll prutc·sló igualmente de estos n~cnr:--os, dkieuclo en
una earta de 4 dc· junio de 1824 ú Luis XVIII. •S.• lmt,, de c~ln·ir
nueuas llngns ell el s¿no de la Jglesia, pon.ienclo en v gor !ns t'f!ttu·sos
de fuer::.a desconocidos lle la venet"able antigJïedcul, (w~11le dt• r'lm·n08
tlest)tr.le~tes !f'Jejaciones contirmas contra el clun, y tlSIII'JWción
rnani(iesta tle los derechos mds sagrados de la Iy/r>.-;irr.'q J·:~tún, por
llu, condenadas las proposiciones 41 y ::>4 d1JI S!Jflrtb/1.<: f(ll•' r·espeetivnlll::
mte <lict>n: <<Competn a la polestn.d ciuil el !le¡·r:cltn de
apelaciún por abnso;» «Los ·r·eyes y pr&ncipes no ¡.;o/tPHt.'ltle st' c.dmeH
iltJ la juf'isdicción cle la Iglesia, sino que en lrt. 1'1'/Wlttción cle las
cuesUones de juriscücci6n son superiores n la f gll•sirt .»
Tal e¡; el ~isLt.•ma de los recursos de l'tterta ~-"li cnnncPr, Loclnvia
~~3guido por la vigenle legislaciún españoln, rt>spc>rltl ú l.>s
coufiictoH ~nscitaclos al Poder judicial ech~:,;iú:-.lko pnr el secular,
que Lll'lJe ser cundeuado pur la recta razón y pnr l.ndu Cl'Jl!ritu
de juHlicia, qLw ha merecido los anatema~ eh•. la J,..:-le:--in, y anacrónicu,
aclenHíE, como proveniente de tiempos L'li que dtltllinaba
un ab~ululismo sill raya, largo tiemvo lta desapan·d<lo du rtnestra
hislr1ria, sin duda para uo volver jamús. Eu Franeia é llalia
se ha seguido uu criterio gubernameutal que, silJieu perjudidal
LA ACADEMIA CALABANCIA 391 -----------------------
asimismo a la Jglesia, permítele, no obstante, ciertas consideraciones
que no pueden tener lugar con el sistema español. En
nuestra Nación 5e sigue el criterio del Derecho estricta, y por
mas que al discut1r'se ~n el año '1859la Leyorganica del Consejo
de Eslado, se trató cie confiar a este cuerpo consultiva el conocímienlo
de tales recursos, obedeciendo a la tradición legal, encargóse
a la jurisdicción OI'dinaria, reservandose só lo como atri·
buc1ón de dicho Consejo los recursos de protección.
El sistema actualtnente seguido es doblemente vicioso, pues
adolece de dos capitales defectos, a saber: consiste el primero
en que, siendo el l-'ncargado de resolver el conflicto la jurisdicción
ordinaria, se erige en juez a una Autoridad c1ne no es superior
a la eclesiast1ca; y el seguodo en que este Jnez es precisamente
una cle la:-; ¡1artes en la cootienda. Si en Espaüa como en
!talin y Francia, fuera el Gobierno quien, previa aucliencta del
Consejo de E::-;lado, resolviese el conflicto, verdad es qne continuaria
juzgantlo {l la Iglesia un Poder que no le es superior, pero
a lo menos el jnez de la contienda no seria ya una de lns parles,
como suce1le lloy dia con los tribunales ordinarios. Resulta, pues,
injusta nueslra legislación.
Mas, en lo que Hlañe a los recursos de queja que se conceden a los trihunalt:s e<:les1asticos, cuando vean in vadida s u esfera de
acción, es tloncle todavia se nota de un modo m1ís palpable la
dislinta com;ideracit"Jn con que el legislador español trata a las
jurisdieciones ecle~iastica y ordinaria. Los recursos de fuorza en
conocer estan tratadOí:> con amplitud en la Ley; en cambio a los
rt:!cnrsos de c¡neja sólo les dedica disposiciones suellas, breves,
dictadas como rle pasada y fuera de lugar. Pero lo que elS mii.s
acn~edor a dt>~favnrilble censnra, es el espíritu de Jas pre~cripciones
conteniclas en Jas Jeyes procesales civil y criminal. Como
hemos vislo, St'gún elias, caando los jueces ó tribunales eclesiústicos
vean in\'adicla su jurisdicción y atribuciones por parle
de los jm·ces (I trihunnles de la jurisdicción ordinaria, si óstos
no se inhihieson d1'::;¡JL1és de requericlos, podran los eclt•siúslicos
recurrir ul inmecl1alo superior jerarquico de lus de la jurisdicción
ordinat io., quit~n n•solven1 sin recurso ulterior. Estimamos injusta
que sean lus Audiencias y el Tribunal Supremo los encargauos
de resolver los n-'cursos de fuerza en conocer, promovitloH respectiv;~
mente contret los jueces 6 tribunales snft·agúneos y metropolitnnos,
y contra el Tribunal de la Ruta de la Nunciatura y
demús trihunal~s eelesiasticos superiores de la corte; pero lo es
mucho mils lo prrsrrito para los recursos de queja. En éslos, se
erige en juez de la ('OIIfiencla al inmediato superior jen1rc¡uico
del qttt• ha ocasinnarlo la que-ja; de lo que resulta que cnando el
que motive Ja quej 1 SPa un Juez municipal, el encargaclo cle resolver
~I confli•:lo sera un Juez de primera instancia ò d~ instrucdún.
De suette, que puede ballarse confiada A un stmple
892 LA ACADEUJA OA.LASANOlA
Jnez, y sio ape1ación y recurso alguna, la resoluci~'m de un conflicto
jurisdicrional, cuestión muchas veces di!idlisima, y qne
entraila siempre suma gravedad, y esto ofrece poca~ garantíns ú
la lglesia. El legislador debie.ra haber guardadl> con la jurisdirciún
et:lesiústica las mismas consideracíones que a Ja onlinaria;
as1 lo uxigen los priucipios de jnstida, y a e\ll)S se falla si se
conc:eden ú una jurisclicción ventajas que uecesariameule han de
cunsll tu ír perj ui ci os para Ja otra.
Tampoeo se aviene la 1egislaciún en Espnña vigente sobre
esta matena con el ¡Jrecepto de la Co11:stilueión qun proclama
que la religiún dt:>l l~stado es la catòlica; ¡tot'llU~' I'L'altnl'llle 11o es
lógieo que on una Nacióu catòlica exi:stan ttlSliltwwues que llayan
siüo condellHtlas pur la Iglesia, como los recurso::; de t'uPrza.
Cunstiluye nna verdadera tirania lo que orclet1a t1uesLru Deroello,
porque ohl1ga à observar lo qLte puede eslur l'li p11g11a con la
COtiCiemau. lirúnico es, en efecto, obligar ¡'¡ un Jue?. eclt!si1tslko a entregar uuos autos de cuyo conocimiento Sl'U cotlli)('Lenle segútt
Uerecho canúuico, sometiéntlole si nu ú la satH.'í•.ln tll'l Cúdigo
penal; co1nu li rú nieu es también que los j Ut'C(~::; set..:ulures ubt a nuo
en el cttttlplimieuto de la Ley se atraigau lo~ anal.emas dc• la
lglesia. T<lies prescripciones no podríau ju:-.L fkarse un nna :\aciútl
que proft'.sara la libertad de cul tos, porqtll! la lirat da jarn 'ts
puede an1parar:-oe bajo el nombre de la lil>erlad; peru lltankuPrla::;
en tttl I·:stadu que prufese la re]igiún caL61icèl, us Utttl gravisitua
CU11lradiceic·111 legal, es el calmo dt> los ah:.unlus.
Pero, !SÍ llubiera tudavia un mús allú del al>sunln, cre••rínmos
que sus liuliles traspasa una disposiciún conte~tiua en la Le\' dc
~ltjuida111iettlo civil. Kos referimos a la de s1t articulo 1 18, el
cu:tl exprt>sa qtw una tle las declaracion.:s del ;~ulo tlit:ladu por
el Tl'ibunal qne n·suelva el confticto, ¡mede 8er la de que ~l.luez
c'1 Trilnuwl eelesiúslieu llace fuerza en cunucer, cou la unien de
fjitc levanle lrts ce11suras si las hubiese im¡meslv. No at.:t:rl a ttws :1
dnruos Ctu:lJJla cie enàl fuera eL pensamie11Lo dt•llegislatlor, al decidir:-:;
e t't conceder ú ll>S tril.mnales de la juris<.ltcdún urdinaria
esa facullatl de dur úrdenes para haeer llwanlar ceJIStlra:::; eanómrns,
peru nos atn::wmus ú dutlar que el lllistno ltlp;blador, al
<.liclnr lnl rrsulnciún, creyern eu la eficacia de Iu misma.
Estos son, ú grandes rasgos Lrazados, los ,·il'ios que entJ't1iïa
el Det·eehu españul respecto a una maler1a lnn i1nporLa11lu corno
Ja rt'sulul'iúu de las contiendas surgidas cnlre los Potlt•res jwliciah
·s ~ecular y eclesiústico, y que trascie11de al ordeu du lus relacione::>
entre la Iglesia y el Estada, cumo asi lo reconoce tJuestru
Dt>recho, pues no otro alcance tiene el precepto <.le la Ley de
Enjniciamiento civil, que ordena que de los aulos en que se declare
que la jurísdicción eclesiàstica hace fuerzu en cooucer,
debe darse cuenla al Gobierno.
(Concluiró..)